Ilmo. Sr. Secretario
Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones
ILMO. SR.:
Don Víctor Domingo Prieto, con D.N.I. nº
51.617.701-C, en nombre y representación de la Asociación de Internautas, con C.I.F. nº
G-82.182.494, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número nacional
164.343 y domicilio a efectos de notificaciones en la C/ General Moscardó, 27, esc. izda.
601, 28020 Madrid, en su calidad de Presidente y representante legal de la misma,
en uso de las facultades reconocidas en los artículos 29 y 50 de la Constitución
Española, ante la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones comparece y como mejor
proceda en Derecho,
EXPONE:
PRIMERO.- Frente al
proceso cuasi-liberalizador en materia de comunicaciones telefónicas que se ha venido
desarrollando en España a lo largo de los últimos años - cuasi-liberalizador porque es
un hecho indiscutible que los servicios de llamadas provinciales, interprovinciales e
internacionales que prestan todas la operadoras, excepción hecha de Telefónica, se
presta en régimen indirecto, lo que conlleva que ésta mantenga una posición dominante
respecto a los demás operadoras y que controle la calidad y la introducción de las
nuevas tecnologías en este campo - nos encontramos con que en el ámbito local todavía
subsiste un monopolio absoluto por parte de Telefónica.
Esta situación monopolística deriva en un
constante abuso de posición por parte de Telefónica y en un claro perjuicio, tanto para
los proveedores de acceso a Internet como, muy especialmente, para los consumidores y
usuarios de las comunicaciones telefónicas y telemáticas, extremos que pasamos a
desarrollar en los exponendos que siguen.
SEGUNDO.- Respecto a
los proveedores, si bien es cierto que pueden fijar en régimen de libre competencia los
precios y tarifas ofertados por el acceso a Internet, alojamiento de páginas web, correo
electrónico, etc., no lo es menos que nada pueden hacer respecto a las tarifas por la
conexión en sí, a la calidad de la misma, ni a la aplicación de las tecnologías más
avanzadas, pues la conexión se realiza a través de una llamada local, siendo Telefónica
la que controla en última instancia todos estos aspectos.
Con la irrupción de las compañías de
servicios telefónicos en el mercado del acceso a Internet, se está produciendo un
fenómeno de concentración de la competencia: Los pequeños proveedores están siendo
literalmente "tragados" por estas macrosociedades, ya que mientras los ingresos
de aquéllos proceden principalmente de las cuotas de acceso y servicios anejos, éstas
obtienen la mayoría de sus ingresos de los servicios telefónicos de acceso indirecto, lo
que les permite ofertar unos precios más atractivos para el consumidor, hecho que bien
podemos admitir como inherente a un sistema de libre mercado y competencia. Pero no
podemos olvidar que toda libertad tiene sus límites.
TERCERO.- Así, nos
encontramos con que sorpresivamente y de un día para otro las grandes compañías han
empezado a ofertar acceso a Internet sin pago por parte del usuario de cuota de conexión
alguna, oferta que plantea, entre otros, los siguientes interrogantes:
1.- Financiación de la gratuidad:
La Asociación de Internautas tiene el convencimiento de que la financiación del acceso
gratuito proviene de las llamadas telefónicas, bien directamente en el caso de
Telefónica a través de las llamadas locales (si bien el servicio lo ofrecen a través de
una empresa interpuesta, Teleline, totalmente participada por aquélla), bien
indirectamente, gracias a la cuota de interconexión, en el caso de las otras operadoras.
Respecto a Telefónica, resulta paradójico
que se lamente de que con las 4`52 pesetas/minuto que cobra por la llamada local en hora
punta no cubre los costes del servicio y, sin embargo, se permite el lujo de regalar el
acceso a Internet.
Respecto al resto de operadoras, financian
los costes de la línea y del acceso con tan sólo las 1`6 pesetas/minuto que reciben de
la cuota de interconexión.
2.- Calidad de los servicios:
El intento de estas operadoras de copar el mercado y acabar con los pequeños proveedores
de acceso a Internet deja en sus manos la introducción y aplicación de la tecnología
más avanzada.
CUARTO.- Los
consumidores y usuarios son los que sufren la mayoría de los perjuicios derivados de esta
situación, así:
1.- Aunque se anuncie acceso
a Internet gratuito, esto no es verdad del todo, lo único gratuito es la cuota de
conexión con el proveedor, pero una vez conectado hay que pagar la llamada telefónica
local. Las campañas publicitarias de las compañías omiten este detalle o sólo lo
recuerdan en la letra pequeña, causando confusión entre los usuarios.
2.- El hecho de que sea
posible financiar los costes de la línea y el acceso gratuito con lo que perciben las
operadoras de la cuota de interconexión (1`6 ptas./min.), mientras que Telefónica cobra
la llamada local en hora punta a 452 ptas./min., es la demostración evidente de lo
que viene afirmando desde hace tiempo la Asociación de Internautas: las llamadas locales
no representan, en realidad, un coste significativo para las compañías, por lo que no
hay excusas para retrasar por más tiempo el establecimiento de la tarifa plana.
3.- Además, al producirse
una situación de oligopolio en el sector de proveedores de acceso a Internet y al ofertar
las grandes compañías una cuota de conexión cero, como quiera que las mismas controlan
la tecnología y calidad del servicio, éstas obtendrán un mayor beneficio cuanto peor
sea la calidad de los servicios, pues si éstos son de baja calidad se obliga a los
usuarios a estar más tiempo conectados, aumentando de esta forma los ingresos en concepto
de coste de llamada y de interconexión.
QUINTO.- Los hechos
descritos pueden ser constitutivos de diversas infracciones de la Ley de Defensa de la
Competencia y de la Ley de Competencia Desleal, así como de la legislación de
ordenación de las telecomunicaciones.
En virtud de lo expuesto, la
Asociación de Internautas
SOLICITA :
Que, teniendo por presentado este escrito,
junto con los documentos que se acompañan, lo admita e inicie las siguientes actuaciones:
1.- Instar a los organismos
públicos correspondientes y/o a Telefónica para que se realice una auditoría
independiente con el fin de determinar cuál es el coste real de la llamada telefónica
local.
2.- Investigación de la
forma de financiación por parte de las grandes compañías de telefonía de los mal
llamados servicios gratuitos de conexión a Internet, determinando qué parte de la
cantidad que el usuario abona en concepto de llamada local y qué parte de la cuota de
interconexión cubre los gastos de la línea telefónica y cuánto se destina a financiar
el acceso gratuito a Internet.
3.- Realización de un
seguimiento y control de la calidad de los servicios ofertados.
4.- Inicio de un
procedimiento tendente a producir una rebaja sustancial de las tarifas fijadas en la
"Oferta de Interconexión de Referencia" que, si de verdad fueran orientadas a
cubrir el coste, deberían ofrecerse en régimen de tarifa plana; así como un reajuste de
las tarifas de las llamadas locales en el mismo sentido.
5.- Denunciar ante los
servicios de inspección de las telecomunicaciones del Ministerio de Fomento los hechos
expuestos que pudieran ser contrarios a la legislación de ordenación de las
telecomunicaciones.
6.- Dirigir a los órganos
de defensa de la competencia petición razonada de iniciación de un procedimiento
sancionador contra las grandes operadoras que están ofreciendo conexión gratuita a
Internet.
7.- Creación de una
comisión, dependiente de la CMT, integrada por las compañías del sector y los usuarios
de los servicios telemáticos para el seguimiento y vigilancia de los asuntos expuestos o,
cuando menos, creación de una oficina, representativa de los usuarios, específica para
tal fin.
OTROSÍ DIGO: En virtud de lo
establecido en el artículo 20 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
SOLICITA: Que en caso de que la CMT no
se estime competente para iniciar alguna de las actuaciones solicitadas remita las
actuaciones al respecto al órgano que considere competente.
Por ser de Justicia que pide en Madrid, a 14
de julio de 1.999
ASOCIACIÓN DE INTERNAUTAS
Don Víctor Domingo Prieto
Presidente |