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La CMT ratifica la multa de 5.024 euros al Ayuntamiento de Atarfe por una infracción "muy grave"


El consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa Proyecto Atarfe, con lo que mantiene la multa de 5.024 euros que le impuso en su día por cometer una infracción administrativa muy grave al haber iniciado actividades de explotación de una red pública y de prestación de un servicio de comunicaciones electrónicas sin presentar la preceptiva notificación ante el regulador.




El Ayuntamiento de Atarfe (Granada), accionista único de la compañía, fue denunciado por la empresa TV Atarfe por incumplir la normativa vigente. Posteriormente, se sumó a la denuncia la Asociación Nacional de Operadores de Telecomunicaciones y Servicios de Internet (Aotec). Los denunciantes acusaban al Ayuntamiento de Atarfe de prestar servicio de acceso a Internet a través de una red inalámbrica con tecnología Wi-Fi de forma gratuita y sin atenerse a la normativa vigente.

El consejo de la CMT abrió expediente sancionador a Proyecto Atarfe por estos hechos a mediados de abril, y posteriormente le impuso una sanción económica de 5.024 euros, en una resolución fechada el 30 de septiembre. La compañía dependiente del Ayuntamiento de Atarfe presentó un recurso potestativo de reposición en noviembre.

En su escrito, Proyecto Atarfe alegó que "no existía explotación de la red porque la misma no estaba totalmente creada, sino que sólo se había iniciado la instalación de los elementos necesarios que condujeran a tener creada una red de comunicación". Asimismo, expuso que "si la red no estaba creada difícilmente se podrían prestar servicios de comunicaciones a través de ella".

Para la CMT, en cambio, está probado que la red estaba instalada el 28 de febrero de 2004, mientras que la notificación exigida por la Ley General de Telecomunicaciones se presentó el 12 de marzo. Además, el regulador estima que "la explotación de una red no requiere que la misma esté totalmente instalada y operativa" y que las pruebas y ensayos que Proyecto Atarfe reconoció realizar "corresponderían a la fase de inicio de la prestación del servicio".

En su resolución, la CMT destaca especialmente la repercusión social que tiene una infracción de las normas por parte de una entidad participada al 100 por cien por una administración pública, como es el caso.

Reproducido de Libertad Digital

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