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¿Retirada o táctica para negociar?

Google anuncia el cierre de Google News: ¿Retirada o táctica para negociar?


Google anuncia  el cierre de su servicio de noticias en España a partir del próximo 16 de diciembre, según ha informado el responsable de ese servicio, Richard Gringas, en un comunicado publicado en un blog de la compañía. El motivo del cierre es la nueva ley de Propiedad Intelectual, que obliga a los agregadores de noticias a pagar una tasa a los editores de la información algo que para la empresa norteamericana es "insostenible".




LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez - Esta medida solo afecta a ese servicio según han confirmado fuentes de la empresa en España. Las noticias seguirán apareciendo en las búsquedas realizadas a través del buscador, aunque ninguna noticia generada en España aparecerá en ninguna de las más de 70 ediciones de Google News que existen en el mundo. La nueva ley de propiedad intelectual entra en vigor el próximo 1 de enero de 2015 y Google ha anunciado que cerrará Google News España el 16 de diciembre.  Desde Lawyerpress hemos intentando aportar luz con las opiniones de  Paula Ortiz, directora jurídica y de relaciones institucionales de IABSPAIN,  de Borja Adsuara, Profesor, Abogado y Consultor en Estrategia Digital. Socio ENATIC ; Ofelia Tejerina, Directora Jurídica  de la Asociación de Internautas; Paz Martín, Directora de Derecho Digital de Herrero & Asociados; Helena Suárez, socia del despacho  Suárez de la Dehesa y Sönke Lund, socio y abogado especializado en Propiedad Intelectual del despacho alemán Monereo Meyer Marinel-lo Abogados   . Al cierre de este reportaje el portal InfoAliment.com anuncia también su cierre para el próximo 24 de diciembre antela citada reforma de la LPI que le obligaría a pagar a los más de cien medios a los que tiene indexados.

Desde el Ministerio de Educación y Ciencia pocas cosas han cambiado pese al impacto de la noticia. A través de un escueto comunicado de prensa se señalaba que se continúa con el desarrollo reglamentario de la denominada "Tasa Google". También se insistía en que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aporta base jurídica para la negociación entre las partes -agregadores de contenidos y editores de prensa, periodistas y fotógrafos y que la decisión de Google de eliminar el servicio que presta en España a través de Google News, responde a una decisión empresarial.

El efecto Google parece que tendrá un efecto dominó y a las pocas horas del anuncio del futuro cierre de Google News hemos sabido que el portal InfoAliment.com dejará de ofrecer sus servicios gratuitos el próximo 24 de Diciembre. Este es el mensaje que se puede leer en su web y puede considerarse como otra víctima de la nueva reforma parcial de la LPI, Ley de Propiedad Intelectual,  tramitada recientemente en el Parlamento. el portal, con casi catorce años de existencia, anuncia que clausura su servicio gratuito de enlaces a noticias relacionadas con el Sector de la Alimentación, Distribución de Alimentos etc.

En concreto, aseguran que cierran su Web, que presumía de disponer de más de 250.000 noticias enlazadas desde 2002, al no poder "hacer frente a las exigencias marcadas por el Gobierno en la nueva Ley de Propiedad Intelectual". InfoAliment.com, según asegura en una nota difundida este jueves, que para poder realizar estos enlaces a las noticias, tenía el permiso y autorización de más de cien medios de comunicación, tanto en español como en inglés.

Decisión esperada

Para Paula Ortiz, directora jurídica y de relaciones institucionales de IABSPAIN, patronal de la publicidad digital, Google ya anunció que podría cerrar Google News si el canon por cita seguía adelante. Es la primera de muchas consecuencias de la recién aprobada Ley de Propiedad Intelectual, una ley polémica con una redacción sujeta a múltiples interpretaciones jurídicas.

A su juicio, En lo que respecta al canon por cita, promovido por algunos editores y recogido en el artículo 32.2, es una medida ambigua que presenta deficiencias materiales, inseguridad jurídica y falta de idoneidad. Carece de una definición clara del objeto (la puesta a disposición del público de fragmentos no significativos de contenidos ya divulgados); de los sujetos obligados (servicios electrónicos de agregación de contenidos, concepto que no está definido) y de los titulares de los derechos (publicaciones periódicas o en sitios Web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento, donde entra todo).

Además el derecho a percibir esa compensación es un derecho irrenunciable (aun habiendo editores grandes y pequeños en desacuerdo y limitando su derecho a no cobrar y difundirlo libremente) y existen además medidas técnicas que se podrían haber llevado a cabo para no ser indexados aquellos que no lo desearan. La actual redacción es un café para todos que  se aplica a aquellos que copian contenidos y a aquellos que tienen modelos de negocio viables y que contribuyen a difundir contenidos. Y deberíamos haber encontrado una solución que equilibrara la protección de los derechos de autor sobre sus creaciones con modelos de negocio que contribuyen a la difusión legal de los mismos.

En definitiva,  Ortiz cree  que es una medida con la que perdemos todos: los usuarios, porque de alguna manera se limita nuestra capacidad de información, los medios, que pierden visibilidad y tráfico (estaremos pendientes de las cifras), y las empresas y modelos de negocio afectados que están obligados a abonar esa compensación y que quizás también tengan que cerrar, lo que puede tener como consecuencia menos capacidad de innovación y competitividad. En general nos alejamos, quizás de un modo peligroso, de cómo se está regulando internet en países de nuestro entorno, y que esperemos podamos enmendar en el trámite de información pública del reglamento de desarrollo de la ley.

¿Una decisión inevitable?

En opinión de Borja Adsuara, Profesor, Abogado y Consultor en Estrategia Digital, miembro de ENATIC, el cierre de Google News en España era una decisión previsible (algunos dirían que "cantada"), pero, desde el punto de vista jurídico, era una decisión "evitable", porque era y es "evitable" la aplicación de la propia Ley.

Ya hemos dicho -en este mismo medio y en otros- que la llamada "tasa Google" o "canon AEDE" no es por enlazar contenidos, ni siquiera por incluir fragmentos de contenidos ajenos dentro de uno propio (derecho de cita).

La "tasa Google" o "canon AEDE" sólo se aplica a la agregación de fragmentos de contenidos informativos en un índice, cuando este servicio se realiza por un prestador de servicios con ánimo de lucro, no por los usuarios.

A Google le hubiera bastado cambiar la forma de presentación de los resultados y no utilizar ningún fragmento de los contenidos de los medios, sino tan sólo un titular neutro como "texto ancla" y un enlace desde éste a los diferentes medios.

¿Por qué no ha querido seguir esta vía o cualquier otra que circunvalara la LPI? Seguramente porque no estaba dispuesta a modificar su producto en España y porque no quería sentar un precedente para otros países.

Por ello, ha tomado la decisión de cerrar el servicio de Google News en España (que, creo, se convierte así en el único país, junto a China, en el que no funciona), aunque seguirá, eso sí, indexando las noticias en el buscador.

Pero no es una decisión jurídica, sino estratégica-empresarial. Esperando que, como ocurrió en Alemania, sean los propios medios los que le pidan restablecer este servicio. Y, para algunos la pregunta no es si ocurrirá, sino cuánto tardarán.

Ataque directo a su estructura de empresa

Desde la Asociación de Internautas, Ofelia Tejerina, su directora jurídica considera que Google está considerando que la tasa aprobada por la LPI es un ataque directo a su estructura de empresa, y por eso plantea este tipo de "soluciones". Es razonable que piense su "Google News" como un "favor" a los medios, pues la realidad es que con este servicio lo que está haciendo es direccionar a sus propios usuarios hacia esos medios de comunicación, que vienen a exigirle el pago de una compensación. Les está aportando lectores, y no puede dejar de tenerse en cuenta que en un mercado competitivo como el nuestro, lo normal es que fuesen los medios los que pagasen a Google por aparecer en esos resultados de búsqueda de los internautas.

Pero en España somos optimistas de raza, y aun viendo lo que ya ocurrió en Alemania, nos hemos lanzado a la piscina con la LPI. Es cierto que si se quiere interpretar la norma tal y como se ha aprobado, coherentemente con la jurisprudencia habida hasta el momento, en la que se define lo que es y no es "comunicación pública" (que pueda generar un derecho a compensación para los editores), lo que hace Google News no configura ese supuesto de hecho legítimo para el cobro del llamado "Canon AEDE", por lo que la compañía podría seguir prestando el servicio de noticias libremente.

Pero esto todavía es sólo la opinión de algunos juristas. Nada garantiza aún un resultado judicial favorable para Google en caso de que los "deudores" quisieran iniciar acciones legales en su contra para reclamarle ese dinero, basándonos en la actual redacción de la Ley.

 En opinión de Tejerina  puede deducirse que la decisión que ha tomado Google, es más bien una decisión empresarial por la inseguridad jurídica que plantea la redacción de la LPI, y que simplemente no quiere arriesgarse a pleitos y/o decisiones arbitrarias y a sus imprevisibles consecuencias. Aun teniendo razón, nada le asegura que se la vayan a dar, ni el tiempo que va a tardar, ni si ello le provocará perjuicios económicos, etc.

 Por eso creo que, ante un servicio que probablemente no le reporte demasiados beneficios, la decisión de Google ha considerado mucho más "eficiente" ha sido la de cerrar el servicio que mantenerlo. Pero que nadie se pregunte si conlleva una medida de "presión", porque la respuesta es evidente.

Decisión lógica tomada por Google

Paz Martín es la Directora de Derecho Digital en la firma Herrero & Asociados. Desde su punto de vista el anuncio del cierre de Google News señala que los "daños colaterales" de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual han comenzado a producirse cuando todavía ni siquiera ha entrado en vigor. La decisión de Google News es bastante lógica: un servicio por el que no cobran, ahora les cuesta dinero y por ello, con la cabeza fría deciden abandonar un mercado que se les ha hecho hostil.

Martín recueda que la  tasa Google o el llamado canon AEDE no gustó desde el primer momento que se planteó, pero ante la disyuntiva de que su cobro fuera algo irrenunciable, el legislador optó por esta solución y el agregador (y el propio medio) no tiene opciones de elegir si incluye a un medio u otro en función de lo que haya de pagar. Existían otras soluciones de consenso pero se optó por la más radical.

Las consecuencias de este primer abandono pueden ser diversas: la primera, un posible efecto dominó que afecte a otros agregadores de contenidos que decidan seguir a Google News y dejar de prestar servicio en España. La segunda, un descenso en el consumo de los medios nacionales (al reducirse los enlaces, también bajará con el tiempo el tráfico a los medios tradicionales) y la tercera y más importante que en la línea legislativa actual de matar moscas a cañonazos, se pretende vivir a espaldas del progreso y de la tecnología y nuestro legislador se ha convertido en el mayor enemigo del consenso.

 Si al menos nos hubiera servido la experiencia de Alemania, algo habríamos adelantado. Este tema le va a costar dinero a nuestro país y no va a evitar que nuevos modelos de negocio sigan floreciendo. Mientras tanto, podremos leer las noticias de medios internacionales extranjeros y practicaremos nuestros idiomas..

Polémica a la vista

El comunicado de Google anunciando el cierre de su servicio Google News en España ha generado mucha polémica señala Helena Suárez, abogada y socia del despacho Suárez de la Dehesa  Abogados.

Para esta letrada, desde un punto de vista puramente jurídico conviene recordar que los autores tienen reconocido el derecho exclusivo a autorizar o prohibir la reproducción, directa o indirecta, de la totalidad o parte de sus obras. El derecho de cita es un límite a tal derecho, amparado por el artículo 9.2 del Convenio de Berna y el artículo 5.3 de la Directiva 2001/29/CE, de 22 de mayo, de armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información.

El artículo 9.2  del Convenio de Berna reserva a las legislaciones de los países de la Unión la facultad de permitir la reproducción de dichas obras en determinados casos especiales, con tal que esa reproducción no atente a la explotación normal de la obra ni cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor.

Por tanto, los Estados son soberanos para incorporar este límite al ordenamiento y en ese caso, establecer el cobro de una compensación equitativa por dichos usos a favor de los autores (editores), atendiendo en cuanto a su  importe el "posible daño que el acto en cuestión haya causado a los titulares de los derechos".

 Dicho esto, hay que matizar que el considerando 45 de la Directiva antes citada deja abierta la posibilidad de que dicho importe se determine mediante acuerdo contractual entre las partes implicadas y que se ajuste al perjuicio real causado. Esta ha sido la opción seguida por otros países europeos y me parece más acorde y practica con la realidad, reconociendo tanto editores como agregadores su rol e importancia en la sociedad de la información.

Reforma de la LPI improvisada

Para el abogado experto en propiedad intelectual Sönke Lund, socio y abogado especializado en Propiedad Intelectual del despacho alemán Monereo Meyer Marinel-lo Abogados:  "A la vista de la regulación de la denominada "tasa Google" o "canon AEDE", la decisión de Google parece lógica y legítima. De nuevo, hemos sido testigos de una reforma de la LPI realizada de forma improvisada, sin alcanzar el debido consenso y utilizando una deficiente técnica legislativa. En el caso de la "tasa Google", que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2015,  estas carencias se hacen especialmente patentes, ya que una parte importante del sector (asociaciones sectoriales y medios) está radicalmente en contra de esta medida legislativa, por suponer una limitación a circulación y acceso a la información.

Uno de los principales escollos de la reforma es el carácter irrenunciable de la remuneración, ya que los editores no pueden -aunque así lo deseen- renunciar al cobro de esta compensación establecida por Ley. Este carácter irrenunciable va a ser un importante obstáculo para alcanzar un futuro entendimiento entre Google y los editores, tal y como ha ocurrido en otros países de nuestro entorno como Alemania, Bélgica o Francia. Por ejemplo, en el caso de Alemania, tras una reforma legal de similares características llevada a cabo el año pasado y diversos contenciosos entre Google y editores, algunos medios han llegado a acuerdos puntuales con el conocido buscador, por los que autorizan la puesta a disposición de  titulares de noticias con carácter gratuito. 

En síntesis, la decisión de Google no hace más que escenificar el desencuentro que se produce -una vez más- entre el legislador español y la realidad del mercado e Internet."

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