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No a la Ley Sinde-Wert

Impugnado el canon de los CD y DVD ante el Tribunal de Defensa de la Competencia

El recurso alega que no hay pacto con todos los afectados y que supone un incremento del coste de la Justicia

16-10-2003 -  LAIA REVENTÓS CIBERPAÍS - El abogado Javier de la Cueva lo tiene claro: el acuerdo entre seis entidades de gestión de derechos y la asociación de fabricantes de soportes informáticos Asimelec para cobrar un canon por cada CD y DVD virgen vendido "es inconstitucional". Y lo ha impugando ante el Tribunal de Defensa de la Competencia porque además, "atenta contra la libre competencia".

El letrado asegura que "es un disparate jurídico que un documento judicial, como lo es que el CD-ROM en el que se registra el juicio oral, esté sometido al canon para compesar a los músicos por la copia privada", que regula la Ley de Propiedad Intelectual (LPI),

"El pacto incrementa el coste de la Justicia". En España se celebraron 973.487 vistas civiles en 2002. Más de la mitad se grabaron en CD-ROM. Por ello, el Ministerio y las comunidades autónomas con competencias transferidas deberán abonar unos 90.000 euros (a 0,17 euros por CD). Y en un futuro se sumarían los juicios penales, contenciosos administrativos y otra documentación oficial, que se guarda en el mismo soporte informático.

Además, "va contra los consumidores: no todos los afectados han dicho que sí, sólo Asimelec. El sitio para denunciarlo es el Tribunal de Defensa de la Competencia". Convencido de su posición, ha pedido "apoyo institucional" al Colegios de Abogados de Madrid, al que pertenece, y al Consejo General de la Abogacía para que "otros colegios puedan defender a sus colegiados". Además, ha pedido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que investigue "si en los juzgados y tribunales se está realizando una actividad que genera rendimientos en favor de los autores y en contra de los ciudadanos". Como es un pacto privado que impone de facto un impuesto a estos documentos, resta competencias al Gobierno Judicial. "Para imponer un canon a la Administración de la Justicia, se debe aprobar por Ley y obtener el preceptivo informe del CGPJ, cuya obligación es informar de las modificaciones en el funcionamiento de los juzgados".

El recurso fue pesentado el 30 de agosto, un día antes de que entrara en vigor el acuerdo. Todavía no hay respuesta: "Está en el Servicio de Defensa de la Competencia del Ministerio de Hacienda", al que corresponde investigar los hechos.

La presunta inconstitucionalidad "va más allá: afecta al reparto de poderes que establece la Carta Magna". En teoría, explica el letrado, la Constitución sólo otorga el poder de fiscalizacion de la Administración al Tribunal de Cuentas. Pero dos sentencias falladas a favor de la SGAE -caso Traxdata y caso Federación de Municipios de Cataluña- le dan a ésta el derecho de fiscalización de las actividades económicas de los deudores de la compensación por copia privada.

Las sentencias conceden a terceros que no son el Tribunal de Cuentas "un derecho de fiscalización sobre cualquier organismo, ente, empresa o asamblea legislativa que distribuye materiales de grabación, incluidas las administraciones".

"Toda ley o sentencia que permita que esa fiscalización la haga otra entidad, es inconstitucional". Según el abogado, ello da a las sociedades gestoras del copyright en España, un cuarto poder junto al ejecutivo, legislativo y judicial.

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