Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


El DNI electrónico no puede incluir datos personales ajenos a la identificación


Las recientes declaraciones del Ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla en la INAUGURACIÓN DE LA 8ª EDICION TECNIMAP - EN MURCIA, nos han suscitado en la CLI (Comisión de Libertades e Informática) una serie de interrogantes sobre los datos que conformarán el contenido del futuro DNI electrónico.





La falta de debate social e información que se está dando en relación a la aprobación de una norma que regule el DNI electrónico, nos hace expresar nuestra preocupación por los parámetros que finalmente queden plasmados en el texto que, algún día, tendrá que publicarse en el Boletín Oficial del Estado, por cuanto se puedan vulnerar derechos fundamentales, como lo son el derecho a la intimidad y la protección de datos personales, en el ámbito de las Administraciones Públicas.

No se ha generado ningún debate alrededor de la incorporación de datos sensibles al DNI electrónico, como ha pasado en otros países europeos, inherente a la necesidad de identificación. Así, la introducción de una foto permite determinar la raza, o, incluso, en determinados casos, la religión, de los afectados, datos especialmente protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Eso sin hablar de una posible introducción de datos genéticos con fines identificativos.

Los medios hoy en día disponibles para la identificación de las personas pueden suponer una grave intrusión en la vida privada de los ciudadanos. El Gobierno tiene un deber de transparencia respecto a los métodos elegidos para proceder a identificar a sus ciudadanos, debiendo adoptar las medidas de seguridad adecuadas a la salvaguarda de la vida privada, y respetando en todo caso el principio de calidad de los datos que exige la elección de los medios menos perjudiciales para los derechos y libertades de los ciudadanos para el cumplimiento de los fines de identificación

Por otro lado y ante esta falta de claridad en el desarrollo del supuesto DNI anunciado por el ministro, es una seria preocupación de esta comisión que dicha identificación electrónica pueda ser accesible para las distintas plataformas software existentes en el mercado. Debe ser por ello misión del Gobierno facilitar el acceso al documento nacional de identidad electrónico sin discriminación por el mero hecho de ser usuario de código cerrado o abierto ya que la Administración debe velar por el acceso universal de todos los ciudadanos a su documento de identificación.

En consecuencia la Comisión de Libertades e Informática, considerando que sigue existiendo una brecha digital entre tecnologías emergentes y sociedad, solicita al Gobierno que consensue la puesta en marcha de esta nueva herramienta y tenga en cuenta la opinión, entre otras, de las organizaciones de consumidores y de usuarios de internet. Igualmente estimamos indispensable que dicho consenso abarque los Reglamentos tanto del DNI como de la Firma Electrónica.

Forman parte de la Comisión de Libertades Informáticas -CLI-

AI:Asociación de Internautas

ALI: Asociación de Doctores, Licenciados e Ingenieros en Informática,

APDHE: Asociación Pro Derechos Humanos de España,

CCOO:Comisiones Obreras,

CECU:Confederación de Consumidores y Usuarios,

FADSP: Federación de Asociaciones de Defensa de la Sanidad Pública,

UGT: Unión General de Trabajadores.


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