Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


El código de la discordia


La reforma penal, en vigor desde el 1 de octubre, no castiga la copia privada de discos y películas, pero considera delito neutralizar el sistema anticopia





Madrid; La Nueva España

Nadie irá a la cárcel por hacer una copia privada de un disco o de una película, aunque la reforma del Código Penal que entró en vigor el 1 de octubre penaliza los sistemas informáticos que neutralizan los dispositivos anticopia, un aspecto que se presta a distintas interpretaciones según las diferentes organizaciones del sector audiovisual.

La reforma del Código Penal incluye, además, el agravamiento de las penas de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial, que podrán ser perseguidos de oficio, y no sólo a instancias de la víctima, y castiga la manipulación de los equipos de telecomunicación, como sucede en el caso de los teléfonos móviles.

El Código Penal penaliza también la tenencia de programas de ordenador pirateados y de aquéllos que permitan neutralizar claves y sistemas de protección para copiar programas informáticos, películas, obras musicales u otros similares.

Sigue siendo legal hacer una copia privada de un disco o una película porque no implica ánimo de lucro, tal y como explicó el director del gabinete de relaciones institucionales de la Sociedad General de Autores (SGAE), Pedro Farré, que coincide en este aspecto con Víctor Domingo, de la Asociación de Internautas, y con Antonio Guisasola, presidente de AFIVE (patronal de las compañías discográficas).

Sin embargo, Farré puntualizó que «es legal la copia privada siempre que el soporte no tenga sistema anticopia», ya que la reforma del Código Penal, en línea con la Directiva Europea sobre los Derechos de Autor del año 2001, penaliza los sistemas informáticos que rompen estos dispositivos, que son «instrumentos legítimos para defender» el derecho del autor.

Según la SGAE, el intercambio de copias por Internet a través del novedoso sistema P2P, que Farré califica de «trueque digital», estaría penalizado con la nueva reforma porque siempre supone «ánimo de lucro», es decir, un «ahorro» y una «ventaja» para la persona que lo realiza. Farré reconoció que hay distintas argumentaciones sobre la reforma y, por tanto, se remitió a la interpretación que realicen los jueces a este respecto.

El portavoz de la Asociación de Internautas observó también que «los jueces tendrán que dirimir determinadas cuestiones» sobre la reforma del Código Penal, pues, a su juicio, si la copia privada para uso doméstico es legal, no pueden venderse productos con un sistema que impida ejercer este legítimo derecho. «Es un fraude», dijo.

Este colectivo siempre ha rechazado la utilización de los sistemas anticopia, pues considera que dejan al «descubierto esta contradicción». Respecto del intercambio de archivos en Internet, Víctor Domingo tampoco considera delito esta práctica siempre y cuando se haga de forma privada y sin ánimo de lucro.

La Federación de Consumidores en Acción también coincide con la Asociación de Internautas en que «los sistemas anticopia que utiliza la industria discográfica y cinematográfica pueden estar incurriendo en una ilegalidad, al impedir que se ejerza el derecho a copia privada». Antonio Guisasola hizo un llamamiento para que se apliquen las medidas de la reforma destinadas a luchar contra las «mafias de la piratería».


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