Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


La CLI informa a la CE de los graves riesgos que conllevaria el uso ilícito o incontrolado de los RFID.


La Comisión Europea está investigando las implicaciones que podría tener la implantación generalizada de identificadores por radiofrecuencia, en materia de protección de datos de carácter personal.




El uso de los identificadores por radiofrecuencia o RFID (Radio Frequency Identification) está suscitando numerosas preocupaciones en materia de protección de la vida privada de los ciudadanos europeos por los nuevos riesgos para la intimidad y el ejercicio de los derechos y libertades que presenta esta nueva tecnología, y por ello la Comisión Europea, a través del Grupo de Trabajo del artículo 29 de la Directiva 95/46/CE, está realizando un análisis de las implicaciones en esta materia, y ha solicitado la opinión de partes interesadas en una consulta pública.

La CLI ha elaborado para ello un informe que se adhiere a las propuestas del Grupo de Trabajo 29 (desarrolladas en el documento WP 105), y además las amplía con nuevas apreciaciones sobre los riesgos de los RFIDs. Este documento ha sido ya enviado a la Comisión Europea para su estudio.

Estos dispositivos nacen como una mejora sobre los actuales códigos de barras, con el fin de posibilitar un absoluto seguimiento de los alimentos y demás objetos a la venta en los supermercados, pero, es necesario aclarar que son elementos distintos por dos razones: por su capacidad para almacenar, procesar y transmitir información, y por las posibilidades de rastreo o seguimiento que permite, en principio para productos, pero también para personas. La CLI explica cómo los llamados “chips espía”, pueden provocar graves vulneraciones sobre el derecho fundamental a la protección de datos personales, si sus potenciales portadores no conocen ni consienten su existencia y finalidad. La información que proporcionan los RFIDs puede suponer ciertas ventajas, por ejemplo, en el control de los productos expuestos a la venta, el pago sin necesidad de pasar por caja en un supermercado, evitar fraudes en el mercado de las marcas, controlar la situación de un vehículo o animal doméstico... etc. Pero los riesgos son de peores consecuencias si tenemos en cuenta que se podría llegar a que, sin las necesarias garantías y reglamentación, el control del servicio o del producto se convirtiera en el control de la persona.


COMENTARIOS AL DOCUMENTO DE TRABAJO SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN RELACIÓN CON LA TECNOLOGÍA RFID DE 19 DE ENERO DE 2005 (WP 105)

Forman parte de la Comisión de Libertades Informáticas

AI:Asociación de Internautas

ALI: Asociación de Doctores, Licenciados e Ingenieros en Informática,

APDHE: Asociación Pro Derechos Humanos de España,

CCOO:Comisiones Obreras,

CECU:Confederación de Consumidores y Usuarios,

FADSP: Federación de Asociaciones de Defensa de la Sanidad Pública,

UGT: Unión General de Trabajadores.

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