Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


...otra vez AUNA, haciendo slamming: ¿Hasta cuándo se le permitirá?


La Asociación de Internautas ha tenido conocimiento de un nuevo caso de slamming sobre líneas ADSL practicado por AUNA. Como en ocasiones anteriores, el objetivo ha sido una empresa, objeto codiciado, últimamente, para prácticas irregulares de captación de clientes.




El pasado 9 de febrero, la Audiencia Provincial de Barcelona (AP), declaraba desleales las conductas de AUNA por captación de clientes sin consentimiento de los mismos. La AP revocaba una sentencia del juzgado de primera instancia que absolvía a AUNA al considerar que el volumen de casos, puestos en relación con el tamaño total del mercado español de telecomunicaciones, no tenía “incidencia real y efectiva” en el mismo. En línea con el Servicio de Defensa de la Competencia que incluso llegó a afirmar hace tres años que estás prácticas potencian la competencia.

La sentencia de la AP obligaba a AUNA a la “remoción de las conductas llevadas a cabo”, y “cesar de inmediato y en el futuro de toda práctica de preasignación idéntica o similar”.

Sin embargo, D.S.M, representante legal de una empresa dedicada a desarrollos informáticos que administra on-line varios servidores remotos a través del ADSL que tenía contrato con Telefónica, está viviendo las consecuencias, una vez más, de las prácticas irregulares de AUNA.

A tenor de la actividad de la empresa, es fácil imaginar los daños que este slamming le causa, a los que hay que añadir las molestias ocasionadas para que le restablezcan el servicio.

Los hechos

El día 26/04/05 a las 16.00 horas, el servicio ADSL (9131.....) contratado con Telefónica de España desde hacía aproximadamente 5 años a nombre de la empresa, deja de funcionar.

D.S.M. se pone en contacto con el servicio técnico ADSL del proveedor de servicio que le comunica de que la línea ha sido preasignada. Ante sus requerimientos, se le comunica que la normativa de la CMT, impide a Telefónica consultar a sus abonados si desean cambiar la asignación de operador".

Puesto en contacto con la CMT, desde este organismo se le confirma que solamente se permite a Telefónica de España, S.A. hacer un muestreo del 5% de las peticiones automáticas para comprobar su veracidad.

Lamentablemente, como ya ha denunciado la Asociación de Internautas en varias ocasiones, en el caso del ADSL, la verificación no alcanza ni al exiguo 5% que corresponde a los servicios de voz. Sería aconsejable que el organismo regulador tuviera un conocimiento más preciso sobre las normas que el mismo propugna.

El vía crucis del servicio de atención al cliente de AUNA

Las molestias no habían hecho más que empezar. D.S.M. trata de ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de AUNA para que le restituyan a la situación anterior.

Cuando finalmente consigue una respuesta de AUNA, se le informa que su línea ADSL ha sido adjudicada a otra persona, concretamente a B.G.Y.

Además, se le solicita que para que se le restituya el servicio con su operador debe contactar con B.G.Y. para que este abonado tramite la baja de una numeración mal asignada. ¡El usuario lesionado debe efectuar todas las gestiones para solventar la irregularidad e inoperancia de AUNA!.

D.S.M. consigue ponerse en contacto con la “nueva abonada de AUNA” en el 9146....., que manifiesta su sorpresa por estas actuaciones, además de señalar que está esperando disfrutar el ADSL solicitado a esta operadora.

Es evidente que esta abonada no podrá disfrutar de este servicio solicitado, al menos, si se lo pretenden dar sobre el número de teléfono que le correspondía al denunciante, ya que se encuentran en zonas de numeración distintas y el traspaso no ha sido autorizado.

La situación actual

Trece días después de su preasignación irregular la línea ADSL sigue sin funcionar, pero continúa haciéndolo el servicio de voz con el antiguo operador.

La conducta de AUNA se traduce en daños y perjuicios para una empresa dedicada a desarrollos informáticos on line.

La regulación recientemente aprobada por el Ministerio de Industria sobre derechos de los usuarios, aunque mejora sustancialmente la situación de indefensión anterior, no da respuesta a la reclamación de esta empresa, porque en el derecho español sólo tienen la consideración de usuarios y consumidores finales las personas físicas.

D.S.M., representante legal de la empresa, deberá solicitar a AUNA daños y perjuicios y, en caso de desavenencia, acudir a los tribunales.

En condiciones normales, D.S.M. debería dirigirse a Telefónica para que inhabiliten la preasignación irregular de AUNA. Sin embargo, de ser cierta la asignación del número a un nuevo abonado por parte de AUNA, la Asociacion de Internautas duda de que el procedimiento normal sirva para restituir el servicio.

En el peor de los casos, D.S.M., como representante legal de la empresa deberá pedir un alta de un nuevo ADSL.

La nueva usuaria tampoco dispone de ADSL.

La regulación de Bustelo y Vázquez Quintana sigue “dando sus frutos”: usuarios lesionados por el camino.

La CMT informa incorrectamente sobre sus propias regulaciones. Tendrá trabajo el nuevo presidente del Organismo.

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