
La firma digital cada vez está más cerca de convertirse en una
realidad para todos los ciudadanos españoles. En septiembre de 1999,
España se adelantaba a EE.UU y a buena parte de los países europeos
al aprobar un decreto ley para la puesta en marcha de este sistema de
reconocimiento digital. Sin embargo, hasta ahora no ha sido posible
ponerle hilo a la aguja.
25-03-2002 - Durante estos casi dos años y medio, el
gobierno ha retocado parte del texto y ha puesto en Internet, a
disposición de los ciudadanos, el borrador del anteproyecto de la
Ley de la Firma Electrónica para posibles sugerencias en el texto
final. El plazo de revisión terminó a finales de enero de este año.
Aunque cueste creer España es —en esta ocasión— pionera en este
tipo de servicios y el país europeo más avanzado en su aplicación,
aunque en el resto de Europa también existe una directiva legal que
prevee la puesta en marcha de la firma digital y el DNI-e en unos
años.
¿Qué es la firma electrónica y cómo funciona? La firma electrónica es
un sistema digital que permite identificar al usuario de un documento y
acredita que es quién dice ser en relaciones no presenciales, es decir,
a través de Internet. Esta firma se presenta en dos modalidades que
ya se están aplicando ya en estos momentos. La primera modalidad
consiste en escanear la firma manuscrita que actualmente
estampamos en cualquier documento y emitirla por correo electrónico
cuando nos sea reclamada, pero no va acompañada de ningún sistema
de seguridad. La firma electrónica avanzada (la otra modalidad) consta
de dos claves: una pública y una privada que están bajo el control
exclusivo del firmante, y que permiten detectar si se han introducido
modificaciones en el documento original una vez haya sido enviado.
El borrador del anteproyecto de esta ley introduce, además, como
novedad la aparición del Documento Nacional de Identidad electrónico
(DNI-e), cuya entrada en vigor está prevista para finales de 2003
(según las previsiones realizadas hasta la fecha). Este nuevo
documento acreditativo electrónico será muy similar al DNI actual pero
con la diferencia de que contendrá un chip; y con él y la firma
electrónica podremos hacer en la Red desde una transacción comercial
hasta recuperar datos personales con la Administración pública,
realizar contrataciones laborales a distancia entre empresas
localizadas en zonas geográficas diferentes, pedir préstamos al banco,
etc.
El chip del DNI-e— además de contener la información que se lee
actualmente en cualquier carné de identidad (o sea, nombre, apellidos,
dirección, fecha de nacimiento, etc.)— dispondrá de un código
numérico encriptado (o clave privada) que garantizará digitalmente la
identidad de la persona que lo utilice. Cuando se requiera bastará
introducirlo en un lector de chips que se encontrará en todos los
nuevos ordenadores que salgan de fábrica a partir de su puesta en
circulación. “La clave privada del DNI-e estará encriptada y para
acceder a ella se necesitará un password. El chip estará protegido y al
hacer más de tres intentos sin acierto se bloqueará. Para
desbloquearlo se deberá contactar con la Autoridad de Certificación
que lo haya acreditado”, explica Manel Medina, director del Es-Cert, un
equipo de profesionales ligados a la Universidad Politécnica de
Catalunya dedicado a potenciar la seguridad de instalaciones
informáticas conectadas a Internet.
La Comunidad Valenciana ya ha sido escogida como banco de pruebas
para que el DNI-e entre en funcionamiento en el segundo semestre de
este año. Sin embargo, este nuevo carné no sustituirá al ‘analógico’
que seguirá siendo obligatorio para todos los ciudadanos españoles
como documento nacional de identificación personal. El proyecto de la
Ley de Firma electrónica también se está realizando con la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) que es, actualmente, la
encargada de crear otros documentos personales como pasaportes,
carnés de conducir, etc.
Los acreditadores
Para disponer de un certificado de firma electrónica deberemos acudir
a una Autoridad Certificadora (AC), empresas privadas que están ya
empezando a competir en un mercado recién estrenado. Cada una de
estas AC debe registrarse en el Ministerio de Justicia y demostrar que,
antes de iniciar su actividad, disponen de 6 millones de euros (1.000
millones de pesetas) para asegurar que pueden hacer frente a su
responsabilidad en caso de que causen daños a empresas y
particulares con su actividad. Cada una de las AC puede, además,
marcar un precio diferente por conceder el certificado acreditativo de
firma digital. Habrá diferentes tipos de Autoridades Certificadoras en
función del uso que le vayamos a dar. Jordi Buch, director de servicios
profesionales de Safelayer, explica que “las AC cumplirán un papel
importante porque permitirán que las personas sean amparadas
legalmente y puedan mantener relaciones con los bancos, empresas, y
efectuar transacciones comerciales, etc., a través de la Red”.
Safelayer es la compañía de referencia en España en la aplicación y
desarrollo tecnológico de herramientas para la generación de claves
públicas y privadas, así como en aplicaciones de gestión para las AC.
Un 70% de los proyectos de firma electrónica del país los ha asumido
esta empresa. Desde hace tiempo vienen realizando pruebas tanto con
el Ministerio del Interior como con la Generalitat de Catalunya para la
aplicación y puesta en marcha de recuperación de datos confidenciales
a través de la Red. “La Generalitat tiene abiertas una serie de
iniciativas con el propósito de acercar la administración catalana a los
ciudadanos y ha mostrado un gran interés en la implantación de estos
sistemas”, añade Víctor Canivell, director general de Safelayer.
Si las predicciones se cumplen, en junio de 2003 los residentes en
Cataluña dispondrán de una tarjeta de servicios que les permitirá
ejecutar pagos y consultas de información y documentación
confidencial con la Administración catalana. Para este proyecto, la
administración catalana ha invertido 72 millones de euros (unos 12.000
millones de pesetas). La nueva tarjeta será gratuita y se concederá
paulatinamente a los catalanes que la soliciten. Uno de los servicios
más útiles, en un principio, será el acceso al sistema sanitario para
tramitar una visita y que el doctor acceda rápidamente al historial del
paciente. En fases posteriores, está previsto que esta tarjeta permita
pagar el transporte metropolitano, o los impuestos a las diferentes
administraciones locales.
Por otro lado, el Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCYT) y la
Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) llegaron a un acuerdo,
hace tan sólo unos días, con la FNMT para ser los acreditadores
oficiales en las relaciones de los ciudadanos con la Administración. De
esta forma, se podrán solicitar o concluir trámites a través de Internet
como becas, subvenciones de los programas gestionados por el MCYT
o completar el registro de patentes o marcas que ya utiliza el sistema
de certificación electrónica para el pago de tasas desde el 2000.
La seguridad
Hasta aquí parece todo bajo control. Tanto los reponsables de Es-Cert
como de Safelayer aseguran que es casi imposible romper el
encriptado de las claves privadas de la firma digital. “Todo este asunto
se ha de contemplar desde una óptica global”, dice Canivell. “Si nos
fijamos únicamente en la tecnología, la probabilidad de que se pueda
modificar una firma electrónica, o interceptar una información
confidencial es muy baja”. “En otras palabras”, añade Jordi Buch, “la
tecnología que se utilizará para certificar la identidad ciudadana está
basada en técnicas criptográficas tan seguras que tienen muy pocas
probabilidades de que se logren romper”. Medina asegura que, en
cualquier caso, vamos a poder estar más seguros de la firma digital
que de la actual manuscrita, “porque cualquier persona de una
empresa puede falsificar la firma de su jefe y nadie va comprobando si
es cierta o no hasta que hay un problema”. El único riesgo posible está
en el uso personal y gestión que cada ciudadano haga de su firma y su
certificado, “pero esto ya es incontrolable”, concluye Canivell.
Una carrera certificadora
Las AC van a estar por todos lados muy pronto. No sólo van a ser
empresas privadas sino que colectivos de diferentes ámbitos
profesionales ya se están sumando al debate y proponiendo medidas
alternativas que, en la práctica, les suponga mayores beneficios de
acuerdo con sus necesidades. Un ejemplo es el Colegio de
Farmacéuticos de Barcelona que ha creado un sistema estándar de
certificación digital y firma electrónica, llamado Firmaprofesional. Otros
colegios profesionales, como el de Médicos, el de Arquitectos o el de
Ingenieros Industriales de Cataluña ya se han adherido a Firma
Profesional, que actúa como Autoridad Certificadora de todos ellos.
“Nos dimos cuenta de que la Administración central estaba preparando
la firma para personas como ciudadanos españoles, las Cámaras de
Comercio ofrecían este servicio para las empresas, pero no había
nadie que acreditara que un profesional (de cualquier actividad) es
quien dice ser”, explica Josep Gavaldà, gerente del Colegio de
Farmacéuticos de Barcelona. “Nuestros clientes no son los
profesionales directamente, sino los Colegios donde están agrupados”.
Por su parte, las entidades bancarias no se quedan atrás. Ya está en
marcha Identrus, una red de bancos internacional cuyo objetivo es la
autentificación de firmas electrónicas y otros aspectos relacionados con
las transacciones financieras y comerciales electrónicas. “Hay una
serie de actividades que la Administración central no puede hacer:
como acreditar que un señor es un buen médico, o que está capacitado
para realizar una operación”, explica Canivell. “Por tanto, tiene que
haber acreditadores profesionales de diferente índole”. Camerfirma, a
su vez, es la AC de las Cámaras de Comercio de España para ofrecer
la firma a todas las empresas asociadas a ellas.
El papel de los notarios
El Consejo General del Notariado también está actualmente
preparando la creación de su entidad de certificación que proveerá a
todos los notarios de firma digital para las relaciones entre ellos y la
Administración. Y, de ahora en adelante, estarán obligados al tomar
posesión de su plaza a dotarse de una firma electrónica avanzada. Que
los notarios tengan esta capacidad de firmar electrónica será muy útil,
por ejemplo, en trámites bancarios porque agilizará los actuales
evitando algunos desplazamientos. Pero no todos porque, en última
instancia, la persona interesada en un préstamo bancario tendrá que
presentarse ante el notario y estampar su firma, aunque ésta sea
electrónica. Es decir, el notario siempre se tendrá que cerciorar que
ese individuo realiza esa operación de voluntad propia y no
coaccionado por nadie.
Como mencionaba al principio, España va por delante de muchos otros
países en este asunto. Por delante, incluso, de Estados Unidos puesto
que sus ciudadanos no tienen DNI ni ningún otro carné acreditativo
más que el de conducir, que se concede por correo y con muy pocas
garantías. En el resto de Europa, se está aplicando en Finlandia y
Suecia desde hace unos años aunque su uso está muy poco
generalizado; y Bélgica, Italia o Alemania van al mismo ritmo que
nosotros. En América Latina, los gobiernos de Argentina, Uruguay y
Costa Rica ya se han puesto a trabajar en esta ley electrónica, pero se
sabe poco o nada de cómo está de avanzada esta normativa en otros
continentes.
El debate de los riesgos
Recapitulemos. Todo lo expuesto significa que, a partir del año 2004
(tirando largo), cada ciudadano español podrá acudir a una empresa
expendedora de certificados de firma digital, y allí nos darán unas
claves que deberemos gestionar con mucho cuidado. A partir de ese
momento, todas nuestras relaciones comerciales, laborales, o con la
administración pública serán mucho más ágiles. Sin embargo, ¿cómo
daremos ese paso de ser usuarios desconocidos de la Red a ser
personas con identidad pública digital certificada? “En cuestión de dos
años tendremos los recursos técnicos necesarios, lo único que falta es
un cambio de mentalidad”, responde el director de Safelayer.
“Tampoco nos ha costado tanto adaptarnos al teléfono móvil ni a los
SMS y allí están”. Manel Medina, el director de Es-Cert añade que
“determinados trámites laborales se podrán hacer automáticamente
siempre y cuando no tengan una implicación fuerte dentro del modelo
de negocio de la organización. La Generalitat, por ejemplo, ya está
tramitando solicitudes de vacaciones o pago de dietas”.
Llegar hasta este momento no ha sido cuestión de dos días. Todos los
expertos coinciden en que, desde que se empezó a concebir la idea de
la firma electrónica hasta nuestros días, pueden haber transcurrido
unos diez años de pruebas, errores, y modificaciones. El debate
también ha sido manido porque se han contemplado desde todos los
ángulos (legal, técnico, social, político) los riesgos, implicaciones y
complicaciones. Lo cual no quiere decir, por ello, que sea un acierto el
implantar la firma digital en nuestro país. De hecho, hasta que se
ponga en marcha no se va a saber.
Uno de los problemas que pueden surgir es cuando dos Autoridades de
Certificación no se reconozcan. Es decir, una persona presenta su
firma digital acreditada por una AC y reconocida por el Ministerio de
Ciencia y Tecnología. Pero la empresa de Taiwán con la cual está
comerciando no la acepta porque la legislación de su país simplemente
no la tiene implantada. En este sentido, dentro de los países de la
Comunidad Europea tenemos todas las puertas abiertas, pero una vez
salgamos de ella nadie garantiza nada. Conseguir un marco legal
extracomunitario resulta muy difícil, y una vez más nos encontramos
en un espacio global sin fronteras—la Red— donde es muy difícil
operar como si no las hubiera.
Croquis de supervivencia
Después de todo lo comentado, sería preciso dibujar un croquis donde
estuvieran representadas las firmas, claves (públicas y privadas) y
certificados que tendremos en nuestro haber de aquí a unos años para
hacernos una idea de lo mucho que vamos a tener que espabilar si
queremos seguir existiendo en este mundo virtual que estamos
edificando, al parecer cada vez más complejo. A todo este entramado
de simbología numérica que habrá que recordar, hay que añadirle las
contraseñas de nuestras tarjetas de crédito, el número del DNI, la letra
del NIF, el número de la Seguridad Social, el número del teléfono
móvil, el de nuestro domicilio particular, el del trabajo, el número de
fax, etc. que ya utilizamos. Olvidé mencionar todos aquellos lugares de
la Red que, actualmente, solicitan una contraseña para entrar como los
servidores de correo electrónico, la participación en una lista de
distribución, el acceso a un archivo de noticias, la personalización en
un foro de discusión, etc. Habrá que ir con una ‘chuleta’ en el bolsillo
para salir del paso. Pero, en ese caso, ¿no se corre el riesgo de
perderla o de que otra persona pueda acceder a nuestra identidad si
se apodera del papelillo? ¿No seríamos acusados por la AC de haber
gestionado mal nuestras contraseñas? El borrador de la Ley de la
Firma Electrónica deja bien claro que las AC están exhimidas de
responsabilidad “cuando el usuario de la firma electrónica incumpla sus
obligaciones respecto a la confidencialidad de los datos de la firma o la
veracidad de la información suministrada al solicitar la rúbrica”.
Quizás
este planteamiento sólo sea fruto del momento, y debamos pasar a la
práctica para comprobar que somos capaces de asumir todo esto con
naturalidad.
Jordi Buch, de Safelayer, explica que el DNI-e servirá precisamente
para substituir todas las contraseñas que nos piden en la navegación
por Internet. “Estos identificadores digitales también servirán para
restringir el acceso a ciertas webs con contenidos pornográficos o
violentos. Como el DNI actual, el electrónico tendrá la fecha de
nacimiento de la persona que quiera entrar a una página y los
menores de cierta edad no podrán visualizar sus contenidos”. Aún así,
Buch cree que los software actuales de control de contenidos, como
CyberPatrol o similares, seguirán teniendo mercado en aquellos países
como EEUU donde el hecho de implantar un DNI-e todavía no se
contempla del todo, “porque una cuestión cultural, que llevará tiempo
modificar”.
El identificador único
La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) propuso, hace
unos meses, la utilización de un número de teléfono universal (UPTN,
en sus siglas en inglés) con el que se podrá llamar desde cualquier
país del mundo sin necesidad de estar cambiándolo aunque las
operadoras de telefonía o la ubicación geográfica varíen. “Las
empresas podrán efectuar y recibir llamadas prescindiendo de la
tecnología utilizada o el país. Se beneficiarán, sin duda, de poder
anunciar un número personal único a posibles clientes de todo el
mundo”, explica el comunicado oficial. Digo yo: ¿no se podría optar
por una solución similar para la firma electrónica? ¿No sería más
práctico utilizar un sólo identificador para que fueramos reconocidos
automáticamente por todas las administraciones, colegios
profesionales, empresas, y comercios virtualmente?
Josep Gavaldà, gerente del Colegio de Farmacéuticos de Barcelona,
considera que no hay que ponerse “tan catastrofistas” porque estamos
en los inicios de todo este proceso y todavía queda mucho por
caminar. “Nuestra voluntad es que la FNMT y nosotros lleguemos a un
acuerdo de manera que nuestra firma sirva tanto para hacer la
declaración de hacienda, como para firmar una receta electrónica,
como para pedir un préstamo al banco, como para comprar en un
supermercado de otro país. Estamos en ello. Ya hemos conseguido
este acuerdo con la Generalitat de Cataluña y Localret —un consorcio
que agrupa a todos los municipios catalanes—. Hay que pensar
también que éste es el debate que se está manteniendo en Cataluña
pero que en el resto de España todavía no hay esta necesidad y está
todo por hacer”.
Canivell de Safelayer opina que nos iremos acostumbrando al uso y
manejo de nuestra firma digital sin mayores problemas, y que por fin
se podrán realizar transacciones comerciales fiables. “Creo que éste
será una de los mayores pasos que se venían reclamando desde hace
tiempo”. “No le demos más vueltas”, dice Manel Medina. “¿Qué está
pasando ahora con la firma manuscrita? Firmamos y enviamos el
documento sin ni siquiera la fotocopia del DNI para comprobar esa
firma. Al menos, a partir de ahora habrá más seguridad de que la
persona que firma es quien dice ser y que además está acreditado
como el profesional que dice ser”.
Por el contrario, José Manuel Pérez, consultor de Safenet Solutions
(consultoría especializada en el entorno digital) y abogado de JNV, sí
que ve que todavía el borrador de la Ley de Firma Digital se ha de pulir
más en un intento de superar dos grandes problemas que actualmente
se plantean: “No hay un estándar de criptografía de firma electrónica,
en primer lugar; y, en segundo, se han de dar más soluciones legales
a nivel global que fomenten la seguridad”. “Sin ello —insiste este
abogado— no se lograrán los dos objetivos básicos de esta ley: que
son garantizar la seguridad jurídica, y fomentar y potenciar el
desarrollo del comercio electrónico y la contratación profesional vía
Internet”.
La Asociación de Internautas (AI) estima que el primer borrador
del anteproyecto de Ley de Firma Electrónica, publicado en el web del
Ministerio de Ciencia y Tecnología, debe profundizar “bastante más” en
la depuración de responsabilidades. La comisión de la AI que estudia el
anteproyecto, dirigida por Miguel Arroyo, critica que el anteproyecto ni
siquiera mencione los sistemas operativos, que son con los que
funcionan las máquinas, ni haya referencia alguna a los programas que
utilizarán las firmas electrónicas. “Si estos apartados no se regulan
puede caerse en una monopolización del comercio electrónico por
parte de los sistemas propietarios”, según AI.
Así están las cosas en el tema de la firma electrónica, por ahora. Si se
resuelven los inconvenientes vistos hasta el momento puede que
llegue a ser una gran solución. Sin embargo, todavía pasarán años a
partir de su puesta en práctica a finales del 2003 para que todos nos
manejemos con soltura legalmente y acreditadamente en este mundo
virtual en construcción.
Karma Peiro Rubio
Reproducido de En.Red.Ando
