Asociación de Internautas

ir a menu
ir a noticias
ir a bloques informativos
Ir a Página sobre accesibilidad
Ir a Página de Inicio
Ir a Página de Texto
Ir a Mapa web
Ir a Buscador
Ir a Aviso Legal
Contactar con la Asociación de Internautas
Estado donaciones

Menu

Noticias

No a la Ley Sinde-Wert

LOS AUTORES CONTRATARON A UN DETECTIVE PRIVADO PARA ESPIAR EN LAS BODAS DE SU LOCAL

La Justicia da la razón a un hostelero denunciado por la SGAE por no pagar el canon

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de la capital ourensana ha dado la razón al propietario de un complejo hostelero de Vilamartín de Valdeorras, Bautista Álvarez Rey, al absolverlo de los delitos contra la propiedad intelectual y desobediencia por los que había sido acusado tanto por el fiscal como por la Sociedad General de Autores.

31-07-2008 - La Voz.- Pese a que en la sentencia se reconoce que el acusado ofreció música en directo en varias bodas celebradas en el establecimiento de su propiedad, la absolución deriva de que no ha quedado probado que hubiese desobedecido la orden judicial de no ofrecer esas actuaciones en directo y, por otro lado, de que la magistrada considera que no pagar el canon a los autores no puede considerarse como un delito penal, sino, en su caso, civil.

Así lo recoge la ponente en la sentencia, en la que explica que no se puede saber con certeza, tras analizar los testimonios de los testigos del juicio y de las pruebas, si al acusado se le llegó a notificar una sentencia dictada el 2 de junio del 2004 por la Audiencia provincial de Ourense, por la que se le obligaba a obtener de la SGAE la preceptiva autorización para la comunicación pública de obras protegidas por los derechos de propiedad intelectual y para que se abstuviese de ofrecer música sin haber obtenido el permiso. Al no tener constancia de la notificación, y dado que tanto los autores como el propio acusado reconocieron que mantuvieron negociaciones para llegar a un acuerdo económico, la magistrada no encuentra motivos para condenar a Bautista por el delito de desobediencia.

Sanción administrativa

De igual manera sucede con el delito contra la propiedad intelectual que se le imputaba al hostelero, en este caso por no pagar el canon a los autores y ofrecer música en directo en las celebraciones. Dado que existe un vídeo grabado por un detective privado contratado ex profeso por los artistas en el que se demuestra que sí había música en las bodas organizadas en el local, la magistrada no puede más que dar por probado ese hecho. No obstante asegura que se trata de una conducta que, en su caso, sería sancionable desde el ámbito administrativo.

Ayuda a la Asociación de Internautas con tu donación

Volver<<< Volver
Más información en la red:[ 1 Comentario ]  [ 0 ] trackbacks
ImprimirVersión para imprimir Impresora | Versión PDF PDF
Compartir este articulo:
Enviar artículo a un amigo:
Las direcciones de correo no se almacenan en parte alguna, simplemente son utilizadas para el envio del correo al destinatario

Bloques informativos



Sin Canon
imagen medidor de velocidad
Logos y Marcas propiedad de sus respectivos autores
Se permite la reproducción total o parcial de todos los contenidos siempre que se cite la fuente y se enlace con el original
Logo AI pequeño
© 1998-2012 Asociación de Internautas
Aviso Legal - Contacto
¡Nuestro RSS! | Accesibilidad

¡Linux GUAI! |¡Internautas Televisión! |¡Alertvir! |¡Comisión de Seguridad! |¡Tienda de la Asociación de Internautas! |¡Seguridad en la Red! |¡Foros públicos de la Asociación de Internautas!