Asociación de Internautas

ir a menu
ir a noticias
ir a bloques informativos
Ir a Página sobre accesibilidad
Ir a Página de Inicio
Ir a Página de Texto
Ir a Mapa web
Ir a Buscador
Ir a Aviso Legal
Contactar con la Asociación de Internautas

Menu

Noticias

Ayuda a la Asociación de Internautas con tu donación

POR LAS LIBERTADES CIVILES; CONTRA LA VIGILANCIA Y CONTRA EL CANON DIGITAL

Denuncian en Bruselas la normativa de interceptación de comunicaciones

La Asociación de Internautas (AI) ha presentado ante la Comisión Europea (CE) una denuncia contra la normativa que regula la interceptación legal de las comunicaciones en España , por ignorar, a su juicio, «las garantías constitucionales y comunitarias que protegen su correcta ejecución, como por ejemplo, el hecho de que deban ser ordenadas por un juez».

07-08-2009 -  EP | MADRID .- Según AI, «la ejecución de la interceptación legal de las comunicaciones, hoy por hoy, está regulada por una norma de rango inferior a la que debería, ya que el artículo 55.3 de la Constitución Española dice que ha de tratarse de una Ley Orgánica (y no ordinaria), la que determine la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial determinados derechos fundamentales como el derecho al secreto de las comunicaciones».

«Las normas españolas sobre comunicaciones electrónicas y protección de los usuarios establecen que las interceptaciones de las comunicaciones puedan iniciarse sin autorización judicial previa»

En este sentido, la asociación recuerda que las normas españolas sobre comunicaciones electrónicas y protección de los usuarios, así como de conservación de datos, «además de ser de carácter infra-orgánico, establecen que las interceptaciones de las comunicaciones puedan iniciarse sin autorización judicial previa».

«Los agentes facultados por el Gobierno, en el marco de una investigación penal, pueden pedir a las operadoras datos personales de sus usuarios (datos de tráfico como las horas de llamada, la duración de las mismas o la identificación de quien llama y es llamado), sin que un juez haya determinado exactamente qué usuarios pueden verse afectados y los motivos legales que así lo amparan», continúa la organización.

Denuncia en 2005

Por estar en desacuerdo en este punto, esta organización acudió en el año 2005 a los tribunales españoles, pero sus pretensiones fueron desestimadas en 2008, con una resolución del Tribunal Supremo que consideraba esos datos personales como «no dignos de protección como parte del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones y por tanto, ajenos a la obligatoria orden judicial que previamente ha de establecer con detalle la ejecución de la interceptación».

A juicio de la Asociación de Internautas, «la mera interceptación de una comunicación, implica de por sí, conocer quiénes son las personas que se comunican, la frecuencia de las comunicaciones o la duración, lo que conlleva implícitamente una vulneración del secreto de las comunicaciones".

En este sentido recuerda que, en el ámbito de la Unión Europea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha afirmado que se considera «vulnerado el derecho al secreto de las comunicaciones, no sólo con la observación del contenido interno de la comunicación, sino también con el control de otros aspectos accesorios, como pueden ser los datos identificativos de los usuarios».

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos exige que «toda medida individual de vigilancia ha de conformarse a condiciones y procedimientos rigurosos fijados por la propia legislación, que debe establecerse una proporcionalidad entre la defensa de la sociedad democrática y la protección y respeto de los derechos y la Asociación de Internautas considera que esto es lo que debería guiar la imprecisa e incompleta normativa española en esta materia, sobre todo, en el respeto al control del poder público por las autoridades judiciales», concluye.

Volver<<< Volver
Más información en la red:Logo Technorati|[ 0 ] Comentarios   |[ 2 ] trackbacks  |
ImprimirVersión para imprimir Impresora | Versión PDF PDF
Enviar artículo a un amigo:
Las direcciones de correo no se almacenan en parte alguna, simplemente son utilizadas para el envio del correo al destinatario

Bloques informativos

Gobierno y Leyes
imagen medidor de velocidad
Logos y Marcas propiedad de sus respectivos autores
Se permite la reproducción total o parcial de todos los contenidos siempre que se cite la fuente y se enlace con el original
Logo AI pequeño
© 1998-2010 Asociación de Internautas
Aviso Legal - Contacto
¡Nuestro RSS! | Accesibilidad

¡Linux GUAI! |¡Internautas Televisión! |¡Alertvir! |¡Seguridad en las PYMES! |¡Comisión de Seguridad! |¡Tienda de la Asociación de Internautas! |¡Seguridad en la Red! |¡Foros públicos de la Asociación de Internautas!