Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


A PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE INTERNAUTAS

Múgica investiga las escuchas de Sitel


La legalidad en la que opera el avanzado software utilizado por el Ministerio del Interior para pinchar teléfonos y acceder a datos personales está en duda. No sólo porque esa cobertura legal está recurrida ante la Comisión Europea por la Asociación de Internautas o porque la Agencia de Protección de Datos la está investigando, sino también porque el órgano encargado de velar por los intereses de los ciudadanos ha puesto el acento en la debilidad délas personas ante el potente sistema informático.




Roberto R. Ballesteros. Madrid .- A petición de los usuarios de Internet, el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, ha abierto una investigación con objeto de esclarecer si es adecuada o no la cobertura legal existente que regula la interceptación de las comunicaciones electrónicas (telefonía móvil fundamentalmente) y si el ciudadano está desamparado ante esta potente arma.

Hasta hoy el Ejecutivo no ha respondido. Su silencio provocará el recurso a los tribunales

Múgica ha solicitado al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero información ¿además de aquella relativa al paraguas legal que lo sustenta¿ sobre la metodología utilizada para pinchar llamadas. Según el denunciante, el-Sistema Integral de Interceptación de Comunicaciones (Sitel) almacena datos y conversaciones sine die en servidores centrales, lo cual vulnera el artículo 35b de la Ley 32/3003 General de Telecomunicaciones; los jueces no han sido informados sobre la existencia de este software y sus potencialidades, lo que lleva a pensar cómo es posible para un magistrado controlar un proceso del que desconoce completamente su funcionamiento; y la inexistencia de responsables conocidos, ya que los informes policiales se presentan ante el juez sin firmar.

La Asociación de Internautas ha querido denunciar también que la ley permite a los agentes acceder a datos personales sin orden judicial, ya que las operadoras están obligadas a proporcionar esa información,

El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, espera la respuesta del Gobierno. / EFE
entre la que destaca la identidad de los interlocutores, su dirección postal, el número de identificación del terminal móvil o la posición geográfica exacta en la que se encuentran los dos comunicantes.

Silencio gubernamental

Por el momento, el Ejecutivo no ha contestado a la petición de información realizada por el Defensor del Pueblo. Si no lo hiciera en un determinado plazo -establecido por los protocolos habituales-, explican desde el organismo dirigido por Múgica, el Defensor volvería a elevar su solicitud y, en caso de que se reiterara la negativa a contestar, la institución podría recurrir a los tribunales competentes.

Según ha podido saber LA GACETA, el software espía entrega a los magistrados las conversaciones escuchadas y los datos asociados en un soporte electrónico sin autentificar, ya que el único modo de verificar el contenido de un CD, un DVD o un pen drive es a través de firma digital. Como informó este periódico el pasado 13 de octubre: "La justicia española es incapaz de autentificar un pen drive". Jueces, abogados y fiscales admitieron que la firma digital no se utiliza en absoluto en la judicatura. Según los expertos, la firma digital es el único modo de autentificar un archivo electrónico.

Respaldo de la jurisprudencia europea a las tesis de la Asociación de Internautas

El Defensor del Pueblo ha puesto en marcha la investigación sobre Sitel a raíz de una denuncia efectuada por ¡a Asociación de internautas. El escrito utiliza al Tribunal Europeo de Derechos Humanos como argumento de autoridad. Asegura que "España ha sido condenada en dos ocasiones " por La citada corte: los casos Valenzuela Contreras (julio de 1998) y Prado Burgallo (febrero de 2003). En ambos como también destacó el fiscal Pedro Martínez en su informe ante Cándido Conde Pumpido en 2006 se penalizaba a España "por no ajustar sus previsiones legales a las exigencias mínimas de una sociedad democrática en materia del secreto de las comunicaciones". De ahí también que los Internautas resaltasen ante el Defensor del Pueblo "el secretismo que ha presidido Sitel y el ínfimo rango normativo que lo regula". Esta actitud, afirman, "contraviene" la doctrina del caso Valenzuela Contreras: "El derecho interno debe usar términos claros y diáfanos para que cualquiera pueda entender en qué circunstancias y bajo qué condiciones los poderes públicos pueden adoptar tales medidas".

Protección de Datos también actúa

El director de la Agencia de Protección de Datos (APD), Artemi Rallo, ordenó abrir un expediente para analizar la regulación en la que opera Sitel después de que este periódico informara sobre su existencia y sus problemas de cobertura legal. "A raíz de las informaciones aparecidas en la prensa, estamos analizando si puede incumplir ía ley", explicaron aquel día fuentes oficiales de la agencia estatal.

A pesar de llevar cinco años operando con una cobertura legal cuanto menos dudosa -cuando no inexistente-, la Agencia de Protección de Datos no ha abierto una investigación hasta ahora, días después de las informaciones publicadas. La razón estriba en la falta de transparencia con que se creó y se puso en marcha el software. Tras los informes negativos que los órganos judiciales competentes remitieron al Gobierno de José María Aznar, que fue el que encargó la aplicación, el actual Ejecutivo decidió utilizarlo a pleno rendimiento. Eligió un Reglamento (Real Decreto 424/2005) para regular en funcionamiento del software. Se trata de un comportamiento ya tradicional en el modo de actuar del Ejecutivo (el último episodio, el Decreto Ley con el que el Gobierno que aprobó la TDT de pago de urgencia el pasado agosto): evitar la sede parlamentaria para no afrontar incomodidades. Posteriormente, introdujo el Reglamento en la reforma de la Ley General de Telecomunicaciones de 2007, una norma puramente técnica, sin ningún tipo de connotaciones morales. Evitaba de este modo de nuevo la incomodidad que hubiera supuesto en el Congreso una ley orgánica, protocolo previsto por la Constitución para regular aspectos que limitan los derechos fundamentales, como en este caso ocurre: Sitel limítala privacidad y el secreto de las comunicaciones. Una tramitación de ley orgánica hubiera conllevado más transparencia y la elaboración de enmiendas.

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