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No a la Ley Sinde-Wert

La CMT sanciona con 22,5 millones a Telefónica.

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) sancionó hoy a Telefónica de España con 22,5 millones de euros por un supuesto imcumplimiento de la normativa de Grupo Cerrado de Usuarios y por un conflicto de interconexión con Colt Telecom. Por su parte, la operadora estimó que estas sanciones son "injustas, extemporáneas y desproporcionadas", y anunció que serán recurridas por la vía contencioso administrativa.

23-07-2002 -  MADRID, 23 Jul. (EUROPA PRESS)

La primera sanción, que asciende a 18 millones de euros, hace referencia a la interpretación de la normativa de Grupo Cerrado de Usuarios (GCU), que Telefónica afirma no haber incumplido. La segunda, que implica una multa de 4,5 millones de euros, se refiere a un conflicto de interconexión con Colt Telecom. Este conflicto, según indica Telefónica, se resolvió "de forma negociada y sin perjuicio económico para ninguna de las partes" en noviembre de 2001.

Telefónica de España manifestó hoy su malestar con la "reiterada acción sancionadora de CMT", así como por "la gravosa cuantía de las multas". La operadora consideró que estas decisiones "coartan, en detrimento de sus clientes, las posibilidades comerciales de Telefónica de España", al tiempo que reiteró que su comportamiento se ajusta "escrupulosamente" a lo estipulado por la CMT en sus resoluciones.

GRUPO CERRADO DE USUARIOS.

Por lo que respecta a la resolución sobre Grupos Cerrados de Usuarios, Telefónica explicó que no ha incumplido la norma, ya que el grupo estaba correctamente constituido, y estimó que la CMT "ha forzado la interpretación normativa discriminando a Telefónica respecto a sus competidores".

Telefónica entiende que el expediente, abierto a instancias de Madritel por un acuerdo entre Telefónica y la Asociación de Empresarios del Henares (AEDHE), se centra en un GCU correctamente constituido, en la medida en que sus integrantes eran no sólo miembros de dicha asociación, sino proveedores de la misma. Por tanto, Telefónica cree que la sanción es desproporcionada y que la CMT, más que ejercer su potestad sancionadora con relación a un supuesto incumplimiento, "ha puesto un freno artificial a su política comercial".

El sistema de Grupos Cerrados de Usuarios consiste en el establecimiento o explotación de una red privada para la prestación del servicio telefónico en grupo cerrado de usuarios, que fue abierto a la competencia en 1995 como vía para anticipar el fin del monopolio de la telefonía vocal y favorecer la aparición de operadores alternativos. En esta línea, Telefónica estima que la CMT ha impuesto a Telefónica "una regulación más restrictiva" que la que aplica a sus competidores.

Por lo que respecta a la decisión sobre el conflicto con Colt Telecom, Telefónica considera que es "arbitraria y extemporánea" y recuerda que ambas compañías resolvieron sus diferencias hace ocho meses en un proceso negociador que no produjo "perjuicio alguno para las partes". Así, Telefónica de España estima que la CMT ha mostrado "mayor preocupación" por las cuestiones meramente formales que por solventar cuestiones de fondo ya resueltas bilateralmente por ambas compañías. Además, estima que con esta sanción la CMT "está incumpliendo" con su función reguladora de conciliar y fomentar los acuerdos.

El conflicto entre Colt y Telefónica se remonta a enero de 1999, por las discrepancias surgidas acerca de los precios de interconexión que Colt aplicaba a Telefónica de España. Tras diversas resoluciones del regulador, ambas compañías firmaron un acuerdo definitivo sobre precios de interconexión, que se aplican con carácter retroactivo, el pasado 23 de noviembre

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