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Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de Zaragoza

Un webmaster no es responsable de los enlaces publicados en sus sitios web


El Juzgado de lo Penal nº1 de Zaragoza ha establecido que un webmaster no es responsable por los enlaces publicados en sus sitios web. Esta sentencia se ha dictado respecto al juicio que enfrentaba a Canal Satélite Digital y al administrador de Zackyfiles.com, una página en la que aparecen enlaces a otros sitios web "con códigos o claves de configuración de un descodificador universal para acceder a los contenidos de Digital+ sin la autorización de Canal Satélite Digital".





ELMUNDO.es | Madrid.- Así, la sentencia pone de manifiesto que "los mensajes en los foros son puestos por los usuarios y que, si bien el acusado tiene un sistema de control de los mismos con moderadores y se hacen en la página advertencias previas sobre los contenidos no admisibles, el control no puede ser exhaustivo por el número de usuarios diarios que utilizan los foros".

Por ello, explica la sentencia, "es posible que un mensaje sea puesto por un usuario y quede en el foro sin que el administrador o incluso el moderador del foro se den cuenta de su contenido".

Del mismo modo, se considera que "el acusado prestaba un servicio de intermediación en tanto proveía de instrumentos de búsqueda o de enlaces a otros sitios de Internet relacionados con receptores por satélites, sin que pueda determinarse que por tal condición tenga responsabilidad respecto del hecho de que, a través de alguno de estos enlaces, pudiera llegarse a alguna página en la que estaban publicadas claves para el acceso a los contenidos de Digital+".

Así, la sentencia explica que, según el artículo 17 de la ley 34/2002, de 11 de julio, "no serán responsables por la información a la que dirijan a los destinatarios de sus servicios siempre que no tengan conocimiento efectivo de que la información a la que remiten es ilícita, o bien, si tienen tal conocimiento, si actúan con diligencia para suprimir o inutilizar el enlace correspondiente, entendiéndose que tienen conocimiento efectivo de la ilicitud cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenando su retirada o que se imposibilite su acceso a ellos, o se hubiera declarado la existencia de lesión de bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización".

Asimismo, según esta sentencia, no puede "pretenderse que el tener publicidad de una empresa que se dedica a la venta de decodificadores universales implique, por sí mismo, que dicha venta sea para realizar un uso fraudulento de los mismos".

En mayo de este año, la Audiencia de Madrid desestimó un recurso de Audiovisual Sport contra el sitio web Rojadirecta.com por considerar que enlazar en la Red no es delito, lo mismo que se ha considerado en varios casos de sitios de enlaces P2P.


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