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OLVIDO DIGITAL

Las disputas de la AEPD y Google (por el derecho al olvido) en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) está celebrando hoy una primera “vista pública” de un proceso, que se espera largo, en relación con los recursos presentados por Google en la Audiencia Nacional contra las resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que le vienen exigiendo retirar la indexación de determinados contenidos que generan perjuicios graves a los ciudadanos.




David Ballota - Nación red.- La AEPD ha recordado que “viene amparando los derechos de oposición y de cancelación de datos personales de ciudadanos frente a buscadores en Internet cuando la difusión indiscriminada y universal de la información personal que llevan a cabo no está justificada por carecer de relevancia pública y comporta un perjuicio grave o una lesión para los derechos del afectado”.

La Audiencia Nacional solicitó ayuda a sus colegas del TJUE sobre “las obligaciones que tienen los buscadores en internet (en este caso Google) en la protección de datos personales de aquellos afectados que no desean que determinadas informaciones, publicadas en páginas web de terceros que contienen sus datos personales y permiten relacionarles con la misma, sean localizadas, indexadas y sean puestas a disposición de los internautas de forma indefinida”.

El caso que motivó la petición de “ayuda” de los jueces españoles a los europeos se refiere a una reclamación de un ciudadano español que encontraba en Google el enlace a una página de un periódico en la que aparece el anuncio de la subasta de un inmueble de su titularidad por impago

>La AEPD pidió a Google que retirara de su índice los datos del ciudadano asociados al citado anuncio, a lo que el buscador se negó llevando el asunto a la Audiencia Nacional, que poco después pedía ayuda al TJUE.

Google no es responsable de los contenidos

Google ha defendido que su buscador no es responsable de dichos contenidos y solo se limita a indexarlos. Por este motivo, Google ha manifestado que son los editores de las informaciones los responsables de su retirada. Google, por cierto, ha calificado de “censura” algunas peticiones de retirada de contenidos que le presenta la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Por ejemplo, entre julio y diciembre de 2011, la AEPD pedía a Google que eliminase 270 resultados de búsquedas que enlazaban con posts y artículos de blogs o periódicos en los que se hacía referencia a particulares, pero también a cargos públicos (alcaldes, fiscales y jueces) y a un blog sobre la corrupción en la Iglesia Católica.

La Audiencia Nacional también pregunta si la normativa comunitaria y nacional en materia de protección de datos se puede aplicar en este tipo de casos o si los europeos deberían acudir a los tribunales de EE.UU. (Google es una empresa estadounidense) para poder ver reconocidos sus derechos. La AEPD confía en que se imponga la jurisdicción europea.

El proceso que se abre hoy en el TJUE se solapa con el debate sobre el nuevo marco jurídico para la protección de datos de los ciudadanos europeos. Hay que señalar que el consejero-asesor de privacidad de Google, Peter Fleischer, ha cargado contra la legislación que prepara Europa en materia de protección de datos por ser como un código de caballería fantástico y obsoleto propio del Quijote. Gallardón también ha mostrado su preocupación.

La propuesta de Reglamento de Protección de Datos (pdf) establece que la autoridad de control (de protección de datos) impondrá una multa de hasta medio millón de euros o, si se trata de una empresa, de hasta el 1 % de su volumen de negocios anual a nivel mundial, a todo aquel que, de forma deliberada o por negligencia: no respete el derecho al olvido.

En Nación Red | Los eurodiputados conservadores siguen copiando las enmiendas del lobby (contra la protección de datos); El director de la AEPD critica a Google y “matiza” a Gallardón

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