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Muchas incógnitas tras aprobarse el proyecto de la 'Ley Lasalle' y una 'tasa Google' española


El proyecto aprobado el viernes toca 4 aspectos: la compensación por copia privada, las entidades de gestión, la lucha contra la piratería y la 'tasa Google'. Se desconoce cuánto puede durar el trámite parlamentario del proyecto antes de que su aprobación definitiva, aunque lo seguro es que tarde más de 4 meses. Con este proyecto, Google o Yahoo seguirán sin pagar por enlazar contenidos en las búsquedas, pero sí lo harán si añaden contenidos a través de los agregadores de noticias Google News o Yahoo News. Lo que no aclara el texto es la cuantía de la tasa ni quién negociaría con los agregadores para recaudar el pago de este impuesto.




La LPI compensará a los editores por el uso de sus contenidos en agregadores como Google News" href="http://www.20minutos.es/noticia/2058948/0/consejo-de-ministros/propiedad-intelectual/wert/">El proyecto aprobado el viernes toca 4 aspectos: la compensación por copia privada, las entidades de gestión, la lucha contra la piratería y la 'tasa Google'.
  • Se desconoce cuánto puede durar el trámite parlamentario del proyecto antes de que su aprobación definitiva, aunque lo seguro es que tarde más de 4 meses.
  • Con este proyecto, Google o Yahoo seguirán sin pagar por enlazar contenidos en las búsquedas, pero sí lo harán si añaden contenidos a través de los agregadores de noticias Google News o Yahoo News.
  • Lo que no aclara el texto es la cuantía de la tasa ni quién negociaría con los agregadores para recaudar el pago de este impuesto.
  • El proyecto de ley de modificación del texto de la Ley de Propiedad Intelectual —conocido como 'ley Lassalle'—, aprobado este viernes en el Consejo de Ministros, deja tras de sí una serie de consideraciones sobre un texto que todavía el Ministerio de Cultura no ha hecho público, pero que sí han filtrado en algunos medios de comunicación. Fuentes expertas en propiedad intelectual aseguran a 20minutos.es que hay que tomar este texto con "prudencia", puesto que no es el definitivo y habrá cambios hasta que finalmente sea promulgado.

    ¿Qué aspectos toca este proyecto de ley?

    Son, a grandes rasgos, cuatro:

    • Compensación por copia privada: con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, va "dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaran de percibir por razón del límite legal de copia privada", dice el texto. Es decir, que habría una partida en los presupuestos destinada a pagar a los autores cuyas obras hayan sido divulgadas "en forma de libros o publicaciones (...) así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, realizada mediante aparatos o instrumentos técnicos no tipográficos, exclusivamente para uso privado, no profesional ni empresarial, sin fines directa ni indirectamente comerciales".
    • Entidades de gestión y tarifas. Refuerza el sistema de transparencia de estas entidades, y crea el sistema de la ventanilla única: esto es, que todas las entidades centralicen sus operaciones de facturación y pago de los usuarios de derechos de propiedad intelectual. No obstante, en este punto, los expertos aseguran que habría que analizar el contenido que todavía no se ha publicado.
    • Lucha contra la piratería. Se refuerza el procedimiento previsto en la 'ley Sinde' otorgando a la sección segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual —dependiente del Ministerio de Cultura— competencias para poder perseguir las webs que enlacen contenidos protegidos por derechos de autor.
    • 'Tasa Google': Es la gran novedad del texto que no estaba en borradores anteriores. Busca compensar a través de una tasa la utilización que hacen terceros de un contenido que no cuenta con autorización previa por parte del editor de ese contenido.

    En este sentido, algunos expertos critican que este texto no haya sido publicado por el Ministerio de Cultura tras ser aprobado en Consejo de Ministros y tampoco se aventuran a hacer un análisis pormenorizado del proyecto.

    ¿Cuánto puede durar su trámite parlamentario?

    Todavía no está claro, aunque diversas fuentes apuntan a entre cuatro y seis meses en función del procedimiento —ordinario o de urgencia— por el que se tramita. Una vez aprobado en el Consejo de Ministros, el texto será enviado al Congreso y la comisión competente decidirá si corresponde un trámite de urgencia o bien ordinario, siempre y cuando el Gobierno no lo diga antes. En todo caso, lo más probable es que sea después del verano cuando se apruebe definitivamente, opina David Maeztu, abogado especializado en Derecho de Internet y Propiedad Intelectual y director de Abogadostic.com.

    ¿Cuál va a ser el órgano sancionador?

    Las multas se tramitarán por el procedimiento administrativo ordinario Las sanciones las impondrá el Secretario de Estado de Cultura en función de los procedimientos que haya tramitado la sección segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual. No obstante, fuentes expertas también apuntan a que este texto pone a la Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia en una situación de supervisor —por ejemplo, en el caso de las entidades de gestión—, pudiendo generar confusión en el papel supervisor y sancionador de ambos órganos.

    ¿A cuánto puede ascender la sanción?

    Depende. En el caso de que se infrinjan los derechos de propiedad intelectual en la Red —por ejemplo, una web que enlace a contenidos con derechos de autor—, la multa puede ser entre 30.000 y 300.000 euros. En el caso de que quien esté infringiendo sea una entidad de gestión, la sanción en este caso oscilaría entre 200.000 y 400.000 euros para las infracciones graves y entre 400.000 y 800.000 euros para infracciones muy graves.

    ¿En qué consiste el proceso sancionador?

    Las multas se tramitarán por el procedimiento administrativo ordinario, como si fuera una multa de tráfico, por ejemplo. Se nombra un instructor y es el responsable quien resuelve —en este caso, el Secretario de Estado de Cultura—. No se trata de un procedimiento rápido ni es ante un juez, aseguran fuentes expertas en propiedad intelectual, aunque a veces se pueda requerir la participación de un magistrado para autorizar ciertas medidas.

    Motores de búsqueda: ¿deben pagar Google o Yahoo por enlazar contenidos?

    No deben pedir permiso ni pagar por enlazar contenidos en sus buscadores ya que su función es la de intermediación técnica. Google sí debería pagar, por ejemplo, si pone una noticia en una red social. La llamada 'tasa Google' iría destinada a sus agregadores —Google News para Google, Yahoo News para Yahoo!—.

    ¿A qué servicios afectaría la 'tasa Google'?

    "A aquellos servicios que hacen esa agregación (aunque no se definen en la ley) y ponen una entradilla o pequeño resumen del contenido", explica el abogado David Maeztu. Aparte de Google News o Yahoo News, otros agregadores como Menéame o servicios como Flipboard también se verían afectados.

    ¿Afecta esta tasa si un medio cita a otro con parte de su contenido?

    En principio no, la cita quedaría excluida de esta tasa, puesto que no está siendo una interrupción del trabajo creativo propio. En la redacción previa al proyecto aprobado este viernes "no se podía citar la obra para fines que no fuesen de investigación y docencia, por lo que la cita entre medios no quedaba amparada por ese límite de cita", aclara por su parte Maeztu.

    ¿Qué significa que puedan añadir "fragmentos no significativos"?

    Las fuentes consultadas coinciden en que está claro que se refiere a pequeños fragmentos de texto de los contenidos usados, aunque no se determina dónde está el límite. Esta es una cuestión muy importante para empezar a negociar y algo que no queda claro aún.

    ¿Con quién negociaría Google, por ejemplo, para añadir contenidos en Google News?

    La negociación no se haría con la empresa de contenidos en cuestión (por ejemplo, un periódico) sino por medio de una entidad de gestión de derechos, que podrían ser CEDRO (en el caso de los textos) o VEGAP (imágenes).

    Aunque este punto tampoco se concreta en el proyecto, algunas fuentes señalan que habría que constituir una sociedad de gestión encargada de recaudar ese dinero de los agregadores para luego repartirlo entre todos los medios digitales en función de una serie de criterios técnicos —como por ejemplo, la difusión—. No obstante, se tardarán unos meses antes de llegar a un acuerdo en este punto.

    ¿Qué ocurre con los editores de textos para la enseñanza?

    Se trata de uno de los sectores más perjudicados. La ley establece que para enseñanza reglada e investigación, podrán difundirse fragmentos de texto sin necesidad de un permiso especial. Este es también un punto de controversia y que podría necesitar de una nueva revisión del proyecto aprobado por el Gobierno este pasado viernes.

    ¿Qué ocurrirá con webs como Rojadirecta y las empresas que tienen derechos de retransmisiones deportivas?

    En principio, el texto no protege a las empresas que tienen derechos de retransmisiones deportivas.

    ¿Qué opciones tiene el propietario de una web que la justicia le ordena cerrar?

    David Maeztu especifica que si un juzgado ordena el cierre de esa web, "las opciones son recurrir si es posible o irse a otra jurisdicción para prestar sus servicios donde la legislación no sea como la nuestra".

    ¿Quién sale beneficiado con este proyecto?

    En el caso de la 'tasa Google', "fundamentalmente sale reforzado CEDRO, la entidad de gestión de derechos reprográficos y de autores de texto, ya que les atribuye mayores derechos de los que obtener fondos", asegura Maeztu, una opinión que también comparte el abogado y profesor Javier de la Cueva. En el lado opuesto se sitúan las empresas y servicios como Google News o Menéame, "que desarrollan una importante labor de visibilidad de contenidos sin que por ello perjudiquen a los medios o blogs que publican noticias", añade el abogado David Maeztu.

    El socio fundador de Menéame Ricardo Galli, por su parte, aseguró este viernes en varios tuits que con esta ley, "la 'doctrina cultural' triunfante es la mercantilista, con la complicidad necesaria de "intelectuales de la cultura". Cree que en niveles de persecución del intercambio de archivos "se iguala al anglosajón", pero que además en este caso los agregadores deben de pagar, como ocurre de forma similar en otros países como Francia y Alemania.

    Sobre lo que concierne a la lucha contra la piratería, las webs de enlaces ven un poco empeorada su situación, "aunque para éstas la principal preocupación es la reforma del Código Penal", matiza Maeztu.


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