Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


Preasignaciones irregurales: ¿Quién nos defiende?


Recientemente la Asociación de Internautas (AI) se hacía eco de la noticia aparecida en diversos medios relativa a un informe del Servicio de Defensa de la Competencia (SDC),–dependiente del Ministerio de Economía-, en el cual se señalaba que las practicas fraudulentas para captar clientes “no afectan al interés público”, y en todo caso “promueven la competencia”.





Es sorprendente que ante la instrucción de un expediente de esta naturaleza la Asociación de Internautas , como otras asociaciones que hicieron públicas sus protestas y reclamaciones no hayan sido consultadas por el SDC.

Resulta indignante que dos órganos de la Administración, el SDC ahora, y la CMT anteriormente, hayan corrido un tupido velo sobre este tipo de prácticas, demostrando que los usuarios somos lo menos digno de protección del mercado, aunque saben positivamente que son nuestros dineros los que mantienen el tan famoso mercado, la más famosa competencia y a los operadores.

Con esta resolución el SDC se apunta al carro de la pasividad demostrada por el Gobierno quien ante la proposición no de Ley presentada en su día por Izquierda Unida demostró con su rechazo en solitario a la regulación de esta actividad que no tiene el más mínimo interés en salvaguardar los derechos de los ciudadanos.

Ahora el SDC afirma que estas prácticas no afectan al interés público, e incluso que promueven la competencia a pesar de las denuncias de diversas asociaciones , entre ellas esta Asociación, a pesar de las denuncias recibidas en las administraciones públicas, a pesar de las informaciones públicas sobre solicitudes de cambios de operador firmadas por personas fallecidas, de la investigación de la Fiscalia por un delito de falsificación de firmas, etc.

Es incomprensible que el órgano encargado de velar por la existencia de competencia en el mercado avale y aliente prácticas desleales para alcanzar una mayor cuota de mercado, porque no otra cosa se hace, cuando se envía un mensaje a los operadores diciendo que el fraude, el engaño, la falsificación de firmas son actos no sancionables o desde la perspectiva competitiva.

Es, por otra parte paradójico que, según noticias aparecidas en distintos medios de comunicación , el SDC considere estas prácticas como favorecedoras de la competencia porque sirven para arañar cuota de mercado a un operador dominante. A nuestro juicio la deslealtad competitiva es por si misma dañina e ilegal y no la convierte en legal el hecho de que el perjudicado resulte un competidor u otro. Aceptar lo contrario es introducir un grado de subjetividad en la interpretación de la normas inaceptable, como también es inaceptable calificar la deslealtad en función del porcentaje de mercado afectado.

Efectos negativos sobre los derechos de los consumidores.

La experiencia de EEUU demuestra que estos métodos lejos de beneficiar al consumidor acaban siendo una fuente inagotable de conflictos y fraude porque conculca la libre elección de los clientes y, además, les somete a una nueva situación tarifaria que el cliente puede desconocer o no analizar detalladamente, con la consiguiente lesión de sus derechos económicos (planes de descuento, tarifa plana, etc., que quedan sin validez, pasando a ser facturados de acuerdo con las tarifas y franjas horarias del operador preasignado).

Tanto las asociaciones de consumidores americanas, como el regulador de telecomunicaciones de EEUU (FCC) llevan desde 1996 tratando de alertar a los consumidores sobre estas prácticas e incluso, recientes regulaciones de la FCC han incrementado severamente las multas y las indemnizaciones para tratar de erradicarlas.

Durante 1998 más Estados norteamericanos han reforzado sus legislaciones ante estas prácticas. Sólo en el Estado de Illonis se calcula un fraude de más de 20 millones de dólares en ese año.

Sin embargo, España está dispuesta a recorrer el camino que otros pretenden ahora abandonar por la indefensión que provocan en los usuarios.

Por ese motivo, desde la Asociación de Internautas, ante el temor de que el SDC no encuentre un interés público que defender, en sucesivas ocasiones le daremos uno: LA COMPETENCIA LEAL EN BENEFICIO DE LOS USUARIOS, ya que actuar desde prácticas desleales supone vulnerar el interés público al hacer de la deslealtad y no de las propias cualidades la herramienta para alcanzar una mayor cuota de mercado.

Por último. la Asociación de Internautas quiere volver a insistir en la necesidad de promover una regulación de la preasignación, un control de la misma, la fijación de indemnizaciones a favor de los usuarios preasignados de forma irregular y el establecimiento de sanciones para los operadores que promuevan dichas prácticas.

Asociacion de Internautas

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