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"Operación Araña": La @impunidad en la Red no existe


  • Los usuarios se esconden detrás de nicks y se creen imbatibles, los comentarios circulan a velocidad de vértigo...y también el delito.
  • La Brigada de Ivnestigacion Tecnológica de la Policía  monitoriza diariamente la Red en busca del delincuente.




Luz Sela lainformación.com.- @albacorazonegro. Es hasta el momento la única condenada por delito de enaltecimiento del terrorismo en las redes sociales. Fue en febrero de este año, después de que los investigadores llegasen hasta ella tras rastrear mensajes en los que ensalzaba a los GRAPO, en tuits como ?Prometo tatuarme la cara de quien le pegue un tiro en la nuca a Rajoy y otro a De Guindos?, "Que vuelvan los GRAPO... necesitamos una limpieza de fachas urgente", "Que alguien llame a los GRAPO para que vuelvan que a Gallardón le está saliendo la vena nazi" o "Si ahora vuelven los GRAPO triunfan. Me sé más de uno que se metería".

La joven, de 21 años, tenía entonces 3.000 seguidores. Ahora, tiene 16.700. Fiscalía y Audiencia Nacional llegaron a un acuerdo por el que se le impuso una pena de un año de cárcel y siete de inhabilitación absoluta para ejercer cualquier tipo de empleo o cargo público al servicio de la Administración durante ese tiempo.

La Operación Araña, desarrollada hoy en varias provincias españolas y que, por el momento, se salda con diez detenciones y dos imputados, ha provocado también su comentario:

Unos meses después, Pablo Rivadulla, rapero de nombre artístico Pablo Hasel, fue condenado a dos años de prisión por enaltecimiento del terrorismo a través de Internet por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Hasel, de 25 años, había subido a la red Youtube una decena de canciones compuestas por él en las que ensalzaba atentados perpetrados por Grapo, ETA, Al Qaeda, Facción del Ejército Rojo (RAF) y Terra Lliure, e incluso pedía a estas organizaciones que volvieran a atentar. Fue detenido en octubre de 2011, y el juicio no se celebró hasta dos años después.  "No me da pena tu tiro en la nuca, pepero", ?que alguien clave un piolet en la cabeza de José Bono? o ?donde muchos comunistas ni conocen a los Grapo, yo sí respeto a quien más de un cerdo mató?, eran algunas de las letras incluidas en sus canciones.

El acusado se defendió aludiendo al derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, el alto tribunal consideró que aunque no resultaba legítimo limitar ese derecho alegó que ?el discurso del odio no está amparado por la libertad de expresión en un Estado democrático?.

En los tribunales de distintas provincias españolas se tramitan también en la actualidad los casos de los 21 detenidos el pasado abril por por enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas de ETA.

 "Gora ETA, muerte el Partido Popular y larga vida al terrorismo el asesinato y la extorsión de políticos, guardias civiles y policías","Lo mejor que nos podría ocurrir es la vuelta de ETA a las armas y posterior eliminación del Partido Popular a base de bombas y tiros en la nuca", fueron algunos de los comentarios recogidos entonces por la Guardia Civil y que desencadenaron los arrestos.

La Audiencia Nacional dio entonces la única orden de bloquear las URL de los mensajes para que no pudiesen ser borrados como prueba y repartió los casos por varios juzgados del país.

El asesinato de la presidenta del PP de León, Isabel Carrasco, desencadenó también la reacción en Twitter, con comentarios que en algunos casos cruzaron la ?línea roja?. Varias personas fueron detenidas entonces por amenazar de muerte en Twitter a los políticos. El primero fue un joven de 19 años, de Valencia, por el que la Fiscalía pidió pena de entre siete y diez años de cárcel, el máximo contemplado en el Código Penal para el delito de provocación y conspiración para cometer asesinatos.

Recientemente, un joven fue condenado por un juzgado de Madrid al pago de 1.300 euros por un delito de injurias a la delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, a través de las redes sociales, con mensajes como ?Calla puta, que no tienes dignidad?, en Facebook

Insultar a políticos en Twitter, Facebook o blogs puede suponer una pena de hasta dos años de cárcel, si un juez entiende que se ha producido un delito contra la integridad moral o calumnias. La misma pena puede imponerse ante un delito grave de amenazas o coacciones en la Red.

El juez le obligó además a cerrar sus cuentas en las redes sociales. Admitiendo, no obstante, las limitaciones de controlar la actividad en la Red: ?con independencia de que pueda abrir una nueva?, se podía leer en la sentencia. Insultar a políticos en Twitter, Facebook o blogs puede suponer una pena de hasta dos años de cárcel, si un juez entiende que se ha producido un delito contra la integridad moral o calumnias.

Conversaciones de bar... que saltan a las Redes

Lo más frecuente es que los detenidos por estos delitos, incluso los condenados, sigan manteniendo su actividad habitual en la Red, donde sus contenidos son reuiteados por sus miles de seguidores. Cierto es también que reciben numerosas condenas y mensajes de crítica, pero la impunidad, aparente, con la que se suele jugar en el mundo virtual parece infinita.

?Antes, insultar a un político era una manifestación habitual de una conversación de bar, la diferencia  es que ahora, debe ser que quedamos menos en los bares y se hace de forma pública a través de las redes sociales?, opina Alonso Hurtado, de Écija Abogados, letrado especializado en delitos informáticos.

?Pero en las redes, el acceso que se tiene a la información es infinita, existe un enorme poder de difusión y un efecto amplificador enorme?, advierte. El efecto de altavoz que tiene Twitter, Facebook y otras redes sociales es considerado un agravante para los jueces. ?Algunos usuarios llegan a tener más poder que los propios medios de comunicación,  si un comentario es retuiteado además por un usuario con miles de seguidores, el volumen de difusión es grandísimo?.

Más allá de las diferentes medidas policiales y judiciales, Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, apela directamente a la responsabilidad individual de los usuarios. ?Parece que es razonable que se hagan este tipo de actuaciones porque creo que tenemos un problema que es una especie de ignorancia que es pensar que estar detrás de un nick o de un apodo nos permite llegar a estos extremos?, razona.

Esa aparente impunidad no es ni mucho menos real. La dirección IP de nuestro ordenador es perfectamente rastreable, recuerda Domingo.

La Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional y el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil rastrea de forma incansable el ciberespacio en busca de comportamientos delictivos. Sus actuaciones dan lugar a operaciones de enorme trascendencia, sobre todo en el caso de los mensajes de contenido pedófilo, aunque teniendo en cuenta los millones de mensajes que diariamente se cruzan en las redes sociales, la capacidad de ?monitorización? de las redes es necesariamente limitada.

Por ello, para que se desencadenen operaciones como la ?Araña? es imprescindible la colaboración ciudadana. Personas o asociaciones que informen a la Policía de contenidos que podrían constituir un objeto de investigación. Algunos de los tuits rastreados en la operación que ahora se desarrolla habían sido denunciados en las redes por la Asociación de Víctimas del Terrorismo.  Cualquier persona puede denunciar a través de los teléfonos habilitados para ello en la propia página web de Policía y Guardia Civil.

Después, y previa orden judicial, los agentes solicitan a los servidores la identidad de la persona que se esconde detrás de un nick o apodo concreto, y llegar así al presunto autor del delito.

?Todos tenemos que tener presente que no es excusa  pensar que eres una persona anónima para hacer lo que no haríamos en público?, advierte Domingo.

Lo que es delito en la calle, también lo es en Internet

Los comentarios de un simple partido de fútbol, o de una noticia política, suelen estar llenos de improperios. Otra cosa es, como ha ocurrido en este caso, que se apele directamente a un acto terrorista, explica el abogado Alonso Hurtado.

?En este caso,  me parece de libro. El comentar que ojalá ETA lleve a cabo una acción violenta lleva aparejado una clara connotación de delito y por eso, me parece bastante razonable que se llame a filas al sujeto correspondiente y se le detenga?, afirma, ?Después, tendrá que ser el juez el que decida, mensaje a mensaje?.

Lo que es perseguible en la calle, recuerdan los expertos, también lo es en la Red. Un ejemplo, ilustra Hurtado: ?El mero hecho de que en un acto público se utilicen fotografías de presos de ETA se considera ya delito de enaltecimiento de terrorismo?.   ?En este caso,  no se trataría solo de ensalzar un acto  terrorista concreto, como el atentado de Vic, en el que fallecieron cinco niños, o el asesinato de Miguel Ángel Blanco, ?Además, se está orientando la acción?.

El artículo 578 del Código Penal establece que aquellos que enaltezcan o justifiquen actos de terrorismo o a sus autores, al igual que utilicen medios públicos para humillar a las víctimas, serán castigados con penas de prisión de uno a dos años:

"El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código [de los delitos de terrorismo] o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años. El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 de este Código".

En España, la legislación que incide directamente en los comentarios a través de Internet es el Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana, ambas en fase de tramitación parlamentaria.  El anteproyecto de esta ley penaliza las  ?manifestaciones públicas, escritas o verbales a través de medios de difusión (?) con la finalidad de incitar a comportamientos de alteración de la seguridad ciudadana?.

Además, se consideran faltas leves ?Las manifestaciones públicas efectuadas a través de cualquier medio de difusión cuya finalidad sean las injurias o calumnias a las instituciones públicas, autoridades, agentes de la autoridad o empleados públicos , cuando no constituyan delito, así como la falta de respeto y de la consideración debida a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones?.

¿Hace falta una mayor regulación legislativa? Los expertos lo descartan. ?Creo que las amenazas y apología en Internet ya están suficientemente reguladas, incluso excesivamente?, opina Carlos Sánchez.

Almeida, abogado especializado en el derecho en Internet y delitos informáticos, que advierte de la necesidad también de ser muy prudente en cada caso.

?Cuando se está provocando directamente la comisión de un delito no hay duda, pero en otros casos, hay que actuar con mucha prudencia, quizás nos tendríamos que plantear hilar más fino con el delito de enaltecimiento del terrorismo?, explica, aludiendo al principio de ?intervención mínima? en el Derecho Penal.

?Sólo se debe acudir al Derecho Penal cuando no se tenga más remedio?, afirma el letrado, ?en principio, ha de prevalecer la libertad de expresión. Un delito como éste en EEUU sería impensable, porque en su primera enmienda, la garantía del ?free speech?, de la libertad de expresión, debe estar por encima de las necesidades concretas de persecución de un delito determinado. Ni siquiera se ha perseguido en medio de la guerra contra Al Qaeda?.

¿Podemos ir hacia una censura desde las propias redes sociales?  ?La concepción que se ha impuesto en Internet es la norteamericana, y por tanto, hacer una censura de Twitter desde España resultará bastante complicado?, dice Sánchez Almeida.

No obstante, Víctor Domingo matiza: ?Bueno, eso ya sucede?, dice, ?en algunos delitos, como el de pederastia, los proveedores del servicio pueden borrar contenidos directamente. En realidad, en las redes firmamos un cheque en blanco de forma que ellos se convierten en propietarios de todos los contenidos que se alojan en estos servicios?.

Amenazas de muerte

"Yo que tú no saldría sola de casa". "Puta. Muérete". "Voy al teatro y te apuñalo delante de todo el mundo".... Fueron las amenazas de muerte que llegó a recibir la humorista Eva Hache, presentadora de El club de la comedia (La Sexta), por parte de un usuario identificado como  @Pelayo_Gil.  La Policía inició una investigación que condujo, poco después, a su detención en Marbella.  La presentadora había puesto el caso en conocimiento de la Policía y la Guardia Civil, también a través de las redes sociales, dirigiéndose directamente a las cuentas oficiales de estos organismos:
"Hola, buenas noches, señor agente", escribió la presentadora en un tuit, mencionando a  (@policia y @Guardiacivil062). A continuación, añadía un pantallazo de las amenazas.

En julio de este año, el líder de Podemos, Pablo Iglesias, presentó en los juzgados de Madrid al menos tres cuentas de la red social Twitter pos escribir varios mensajes ofensivos contra los portavoces del partido.

"Pablo Iglesias y todo su equipo, incluídos todos sus votantes merecerían ir a la cuneta como muchos de sus familiares", escribía @PrietoSport3.  El mismo usuario había publicado en otra ocasión un fotomontaje del cuadro de los Fusilamientos del 3 de mayo de Goya, en el que Iglesias y Juan Carlos Monedero eran fusilados.

La presentadora de La Sexta, Ana Pastor, llegó a criticar las diferencias de criterio de la Justicia, después de que ella hubiese denunciado también amenazas a través de la Red.

También la diputada de IU en la Asamblea de Madrid, Tania Sánchez, denunció en un tuit a la Policía las amenazas que había recibido a través de la Red. La cuenta de @EnEstadoDGuerra tiene los mensajes bloqueados.


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