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¿Se pueden colgar fotos de un hijo en internet sin el permiso de un progenitor?


Varios abogados explican cómo está regulada la publicación de fotos de menores en las redes sociales




m. j. pérez-barco / madrid / abc.- Más de una vez, y de dos, los tribunales se encuentran con casos de padres separados o divorciados en litigio porque uno de ellos ha subido alguna fotografía del hijo o hijos que tienen en común a las redes sociales sin el consentimiento del otro progenitor. Lo que puede parecer un acto cotidiano sin mala intención se está convirtiendo en un motivo de conflicto que incluso necesita la intervención de un juez. De hecho, ya se han dado sentencias pronunciándose sobre estos rifirrafes entre progenitores por publicar imágenes de sus retoños en la Red sin la autorización de uno de ellos.

Éste un debate abierto en el mundo jurídico. Para algunos la decisión de colgar una fotografía de los hijos en una red social pertenece a la esfera de la patria potestad, que comparten ambos padres estén casados, sean pareja de hecho, separados o divorciados. La patria potestad consisten en los derechos y las obligaciones que tienen los progenitores a la hora de velar por sus hijos, algo así como la capacidad de decidir sobre los menores y representarles tanto a ellos como a sus bienes. Pocas veces un juez retira a un padre o una madre la patria potestad.

Quién decide

«No hay que confundirla con la guarda y custodia», que puede ser compartida o no y que es el cuidado y atención diaria de los hijos, explica el abogado Javier Prenafeta, socio del despacho ATIC Abogados y especializado en Derecho Tecnológico. «Los padres ?dice? ejercen la patria potestad de forma compartida y son quienes deciden sobre la imagen de su hijo. Por tanto, si uno de los padres se opone no se podrá usar la imagen del menor en las redes sociales. Pero eso no quiere decir que ambos deban siempre autorizar el uso de las fotografías. Para hacerlo, basta que uno de ellos lo autorice expresamente sin la oposición del otro», matiza el letrado.

Sin embargo, hay sentencias que no siguen este criterio. Y padres que han denunciado al otro progenitor porque ha colgado fotos del hijo que tienen en común en redes sociales sin su consentimiento y jueces que no les han dado la razón. «Si no existe acuerdo entre los padres, eso no quiere decir que nunca se pueda utilizar las fotografías del niño. El juez tendrá que ver si se ha hecho un uso adecuado y razonable o perjudica al menor».

Otros abogados consultados por ABC expresan el vacío legal que existen concretamente ante esta situación. «No está regulado», sostiene Marta Macho, abogada del gabinete ABA Abogadas. «Cambiar al niño de colegio es una decisión trascendental para su vida que requiere del acuerdo de ambos progenitores, pero ¿hasta qué punto tiene trascendencia colgar una foto de mi hijo en mi red social que está protegida y además no le perjudica? Es como si llevara una foto de él en mi cartera y se la enseñara a todo el mundo. Aquí hay una laguna legal, nadie ha determinado si es una decisión ordinaria, que no necesita del consentimiento de ambos padres, o una decisión de las que están dentro de la patria potestad, trascendentales para la vida del niño y que precisa de un acuerdo entre ambos». Por tanto, y de momento, publicar la foto de un hijo en una red social «no es ilegal», asegura Macho, aunque no se tenga el consentimiento del otro progenitor.

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