Asociaci贸n de Internautas

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'El canon no puede aplicarse indiscriminadamente, en especial, a empresas y administraci贸n'

'El canon no puede aplicarse indiscriminadamente, en especial, a empresas y administraci贸n'


El pasado mes de junio, el Eurodiputado por Iniciativa per Catalunya - Verds, D. Ra眉l Romeva i Rueda, plante贸 al Parlamento Europeo, por petici贸n de la Asociaci贸n de Internautas, una serie de cuestiones clave relativas a la aplicaci贸n del canon digital y la denuncia que hab铆a presentado la Plataforma Todoscontraelcanon, ante la Comisi贸n Europea en Noviembre de 2006. Se trataba de averiguar "驴Qu茅 opina la Comisi贸n sobre la aplicaci贸n indiscriminada del canon? 驴Cu谩l es el estado actual de la tramitaci贸n de la denuncia? 驴Para cuando habr谩 un pronunciamiento?"

La denuncia de la Plataforma "Todoscontraelcanon" mostraba lo que ya vienen advirtiendo empresas e internautas a las autoridades espa帽olas desde hace a帽os en relaci贸n con la imposici贸n indiscriminada de un canon a todos los soportes digitales, independientemente de su naturaleza y del uso que se les de y, exclusivamente favor de las sociedades gestoras de derechos de autor.

La normativa espa帽ola (LPI), basada en la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la informaci贸n, prev茅 la existencia de una remuneraci贸n que compense a los autores por la capacidad de reproducci贸n que, de sus obras, ofrecen los soportes digitales, en el entorno privado, dom茅stico. El problema es precisamente todo aquello que se reproduce en soportes digitales pero, que no afecta a obras protegidas por los derechos de autor, no es "copia privada", no se realiza en un entorno dom茅stico y, adem谩s, repercute un beneficio econ贸mico astron贸mico, y sin base legal, en determinadas asociaciones privadas.

Con fecha 19 de Septiembre de 2007 el comisario europeo de Mercado Interior y Servicios, Charlie McCreevy, ha respondido en nombre de la Comisi贸n Europea, a las cuestiones que se le planteaban confirmando el abuso que supone el canon digital para la Sociedad de la Informaci贸n.

A pocos meses de conocer la Orden Ministerial espa帽ola que va a desarrollar la nueva Ley de Propiedad Intelectual, estableciendo los soportes digitales que ser谩n gravados con el canon (tel茅fonos m贸viles, ADSL, l谩pices USB -Universal Serial Bus sticks-, discos vers谩tiles digitales (DVD) v铆rgenes -utilizados con frecuencia para hacer copias de seguridad de ficheros inform谩ticos-, ordenadores personales, etc.) y, sin conocer a煤n la resoluci贸n definitiva de la denuncia planteada a la UE por la Plataforma "Todoscontraelcanon", la Comisi贸n Europea se帽ala con rotundidad:

"De acuerdo con el an谩lisis preliminar de la Comisi贸n, S脫LO DEBEN GRAVARSE CON C脕NONES LOS SOPORTES Y EQUIPOS QUE PUEDAN UTILIZARSE, Y QUE EFECTIVAMENTE SE UTILICEN EN MEDIDA APRECIABLE, PARA HACER COPIAS REALMENTE DESTINADAS A USO PRIVADO.

La Comisi贸n considera asimismo que los EQUIPOS UTILIZADOS CON FINES COMERCIALES (p.ej., en empresas o en Administraciones P煤blicas) NO DEBER脥AN GRAVARSE CON C脕NONES, PUES ELLO SUPONE IR CLARAMENTE M脕S ALL脕 DE LA NECESARIA COMPENSACI脫N POR ACTOS AUTORIZADOS (ES DECIR, LA COPIA PRIVADA), con arreglo a lo dispuesto en la Directiva."


Como no pod铆a ser de otra manera, la Comisi贸n Europea considera que el canon digital aplicado indiscriminadamente, sobre todo tipo de soportes digitales, e independientemente del uso final que se le vaya a dar, es un abuso fuera de toda norma legal, que adem谩s supone un grave retraso para la Sociedad de la Informaci贸n.


Pregunta escrita de Ra眉l Romeva i Rueda eurodiputado de Iniciativa per Catalunya Verds a la Comisi贸n

Respuesta del Sr. McCreevy en nombre de la Comisi贸n

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