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Los jueces contra Sinde, y Wert

Los jueces contra Sinde, y Wert


No parece juego limpio por parte del Estado darse la potestad de destruir actividades privadas que el propio Estado reconoce como legales.

Cuando se propuso la Ley Sinde se nos vendió como una forma de acelerar los procesos. La Justicia es muy lenta, e internet demasiado rápido, así que había que buscar una puerta de atrás administrativa. Es un argumento bastante endeble, porque lo primero que se le ocurriría a una persona sensata es si no sería mejor acelerar el funcionamiento de los tribunales, que afectaría a cosas bastante más importantes que las descargas. Pero dado que ese es un problema que hasta ahora nadie ha logrado solucionar, podría parecer comprensible.

Pero el razonamiento tiene un problema de base, y es que la Ley Sinde-Wert, como empieza a ser conocida, no acelera nada, sino que toma el camino opuesto al que están recorriendo los jueces. Excepto en un par de casos, en los que además hubo sentencia de conformidad –es decir, un acuerdo para evitarse líos–, los distintos tribunales que se han visto con el caso de una web de descargas lo han sobreseído al no apreciar delito alguno. Acaba de saberse el sobreseimiento de Cinetube, que hace unas semanas se puso la medalla de ser mencionado por el FBI en el escrito de acusación del caso Megaupload, pero no es una sorpresa. Lo raro sería lo contrario.

En definitiva, la ley Sinde-Wert crea un atajo que permita a un organismo administrativo cerrar sitios web que los jueces, con las leyes en la mano, consideran completamente legales. Y sin modificar ni la LSSI ni la Ley de Propiedad Intelectual de modo que se considere fuera de la ley la actividad de enlazar a descargas de videojuegos, pelis, series y música. La diferencia entre alojar un contenido protegido y enlazarlo es la que existe entre, pongamos, una web de pornografía infantil y Google. Si se aceptara la ilicitud del enlace no sólo se provocaría grandes dolores de cabeza a multinacionales ya establecidas, sino que sería una piedra más contra la innovación en internet en España.

No sé a ustedes, pero no parece juego limpio por parte del Estado darse la potestad de destruir actividades privadas que el propio Estado reconoce como legales. La única opción que les queda a estos sitios web será recurrir a las primeras decisiones que tome esta corte suprema sin jueces que instaura la Ley Sinde-Wert. Pero mientras se estudian estos recursos estarán cerrados sin haber cometido delito alguno. Es la diferencia entre un Estado de Derecho y un Estado social y democrático de Derecho, supongo.

Opinióm de Daniel Rodríguez Herrera en Libertad Digital