La sentencia del TS, además, sostiene que el Supremo no está para prevenir agravios, futuros o hacer declaraciones doctrinales, sino para tutelar intereses actuales, ciertos y concretos.
La Audiencia Nacional anuló en 2011 la Orden Ministerial 1743/2008 que aprobaba nuevas tarifas para el canon digitaly los nuevos productos que quedaban gravados con el mismo.
La norma no cumplía los requisitos formales necesarios para entrar en vigor, por lo que se declaró que era un acto administrativo nulo de pleno derecho y que sus efectos debían retrotraerse al momento en que se dictó el acto viciado, invalidando todo lo que se hubiera realizado al amparo de esa norma ilegal.
Judicialmente se confirmaba que el canon digital era un completo abuso, esta vez, por una cuestión de formas, entiende la Asociación de Internautas.
Asociación de Internautas: el disparate continúa
En ese sentido, añade la nota, se demuestra que todo da igual y las millonarias cantidades que se cobraron a costa de ese concepto aún siguen en manos de quienes lo exigían a favor de la cultura, que son los mismos que ahora lo quieren sustituir por un nuevo disparate, mayor aún si cabe: el canon a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.
Por ello, la Asociación de Internautas recuerda que en su momento ya advirtió de lo que pasaría si, como ha sucedido ahora, la sentencia de la Audiencia Nacional se volvía firme, como que el canon se recaudó durante años sin respetar las excepciones previstas por la Ley de Propiedad Intelectual.
El Gobierno -añaden- utilizó un sistema de aprobación de normas que era ilegal para evitar tener que incluir los supuestos en que, según la Ley, ni personas jurídicas, ni personas físicas, debían pagar canon digital.
También consideran que el canon debe ser reintegrado, en primer lugar, a todas las personas jurídicas que lo pagaron y, en segundo, a las personas físicas que pagaron más de la cuenta o en productos que no tienen canon.
Devolver lo cobrado
La Audiencia Nacional anula radicalmente una normativa y eso implica que recuperar lo cobrado indebidamente en concepto de compensación equitativa es un derecho, aunque sea competencia de los Juzgados mercantiles y civiles, afirman los internautas.
Y apuntan que, en su opinión, el canon deberá ser regulado respetando lo dispuesto por la jurisprudencia, tanto en el fondo, como en la forma.
Los límites están muy claros, consideran los internautas, y añaden que en su opinión no coinciden con los que marcan los Presupuestos Generales del Estado.
Estos, agrega la nota, no respetan ninguno de los límites impuestos por la jurisprudencia acobros desproporcionados, ni los impuestos por la propia Ley de Propiedad Intelectual para las personas jurídicas, que van a pagar con impuestos, o quienes, aunque no usen materiales protegidos, también lo paguen con sus impuestos.
Por último, indica la nota de los internautas, el canon exige explicaciones del Ministerio de Cultura y precisa la admisión de responsabilidades por los abusos cometidos y permitidos durante años en esta materia.
Desde su punto de vista, una forma positiva de empezar a responder sería no aprobar otra chapuza en relación con este tema de la copia privada, y escuchar a la sociedad civil.
Fuente: www.20minutos.es