En este sentido, si uno examina el conjunto de enmiendas que la oposición, en todos sus colores y sabores, han presentando a la mesa del Congreso de los Diputados en lo que a la reforma de la LPI se refiere, encontrará que la mayoría de los partidos tiene propuestas en dos variantes: una, que se elimine el canon AEDE a cambio de endurecer la Ley Sinde, el canon por copia privada o el canon por equipos informáticos, y la otra es que no se elimine el Canon AEDE y que además se endurezca la regulación actual el materia de propiedad intelectual.
No hay ningún grupo político que haya solicitado la retirada del Canon AEDE sin contraprestaciones, es un hecho. Y si realmente hay algo que clame al cielo es la hipocresía sobre este tema con la que esta mañana ha despertado la Izquierda Plural:
Y precisamente por la sencilla razón de que frente a las cámaras y micrófonos -o en Twitter-, desde IU han criticado duramente no solo el Canon AEDE, si no también la Ley Sinde, la Reforma de la LPI y el canon por copia privada, a cambio, eso si, de introducir por la puerta de atrás enmiendas en las que bajo la retirada del canon, proponen el endurecimiento de la leyes de propiedad intelectual, respondiendo a la máxima que la izquierda actual es tan esclava del poder, de la economía, de la propiedad y tan hipócrita como cualquier otro partido.Afirman ir a favor de la libertad y de la neutralidad de la red y acceso a la cultura de todos/as pero es mentira. La única verdad de ese tweet es que efectivamente piden la retirada del canon, pero como nada es gratis, esta retirada del canon AEDE viene acompañada de una serie de medida que mediante enmienda, IU propone como su propuesta a la reforma de la LPI. ¿Adivinan que? Un atentado contra la libertad y de la neutralidad de la red y acceso a la cultura de todos/as:
Endurecimiento del canon por copia privada con cargo a la "Empresas de servicio en internet": La reproducción de obras divulgadas en forma de libros o publicaciones (..) realizada mediante aparatos o instrumentos técnicos no tipográficos o mediante servicios que se presten a través de Internet, (...) originará una compensación equitativa. [...] Dicha compensación, que deberán costear las empresas prestadoras de servicios de internet y de servicios en internet.Y este es solo un ejemplo de los muchos atropellos contra la red que proponen, en los que no solamente se pide la vuelta al lamentable pago en compensación por copia privada, si no que además quiere que la responsabilidad de su pago se haga a cargo de empresas de internet, sin más denominación, obligando que la aplicación de la ley se haga a todo prestador de servicios que vulnere derechos de propiedad intelectual sin tener en cuenta el nivel de comunicación y audiencia que prevé la actual LPI. Cultura libre pero, ¿para todos?
Enmienda de modificación
Modificación del Apartado Diecinueve en el Artículo Primero. Modificación del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, con el siguiente contenido:
«Se sustituye el apartado 2 del Artículo 158 ter del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el siguiente texto:
«2. El procedimiento de restablecimiento de la legalidad se dirigirá contra:
a) Los prestadores de servicios de la sociedad de la información que vulneren derechos de propiedad intelectual.
b) Aquellos prestadores que faciliten la localización de obras y prestaciones y el acceso a las mismas sin autorización, desarrollando a tal efecto una labor activa y no neutral, y que no se limiten a actividades de mera intermediación técnica. En particular, se incluirá a quienes ofrezcan listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y prestaciones referidas anteriormente, con independencia de que dichos enlaces puedan ser proporcionados inicialmente por los destinatarios del servicio.»