Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


«Desde la creación de la AI hemos avanzado en accesibilidad y universalidad de Internet»


La Asociación de Internautas cumple ese mes su séptimo aniversario. Su actividad ha estado centrada en estos años en la reivindicación de los derechos de los usuarios de Internet. Precisamente en estos días, la asociación se encuentra inmersa en una de sus mayores batallas contra la administración: la supresión del «trazado» las comunicaciones, que la ha llevado a las puertas del mismísimo Tribunal Supremo. Víctor Domingo preside esta asociación.




Raquel Palos, Madrid / Levante .

—¿Ha habido progresos en los objetivos que se marcó la AI en sus comienzos o los problemas de entonces siguen vigentes?

—Evidentemente desde la creación de la AI en octubre de 1998, hemos avanzado en materia de acceso, asequibilidad y universalidad de Internet. Quizás una de las aportaciones más importantes de la AI al Internet nacional ha sido la implantación de la tarifa plana. Aunque todavía quedan asignaturas pendientes en materia de acceso y asequibilidad los problemas que más nos ocupan ahora son los relativos a ciberderechos, seguridad y propiedad intelectual en el mundo digital.

- Según la propia AI, las autoridades españolas han hecho esfuerzo por impulsar las tecnologías en nuestro país, ¿ha sido suficiente?.

—Sin ningún género de dudas, es preciso promover la incorporación de más ciudadanos y hogares a la Sociedad de la Información, así como, un mayor uso de los servicios con ella relacionados por parte de quienes decidan aprovechar sus ventajas. Los datos y las comparaciones internacionales invitan a pensar en la necesidad de intervenciones en diversos campos y materias, que permitan a España ocupar el lugar que le corresponde en el mundo en función de otras variables socio-económicas.

— Qué sería necesario para alcanzar las cifras de los países de nuestro entorno?

—En primer lugar, en materia de Infraestructuras y equipamientos, los datos ponen de manifiesto que España presenta un diferencial negativo en el número de líneas de teléfono por 100 habitantes y en el porcentaje de ordenadores por hogares. Por otra parte, el dinamismo que está demostrado la tecnología ADSL, así como, la dificultad de otros sistemas de acceso de lograr una cobertura universal, demuestra que la incorporación de muchos segmentos de población a la Sociedad de la Información requerirá una conexión telefónica. Por eso la AI propone la creación de un fondo de ayudas públicas que facilite la adquisición de equipamiento o la conexión de banda ancha en los hogares, que la CMT, aborde la justificación del Coste Neto del Servicio Universal y se cree, en consecuencia el Fondo de Financiación del mismo, tal y como está previsto en la legislación. Y entre tanto, el Ministerio competente debiera restringir, al modo de otros países de la UE que no han creado el citado Fondo, la posibilidad de que los operadores que no participan en la financiación del mismo hagan uso de las infraestructuras creadas por aplicación del concepto de servicio universal.

—¿Que sería necesario para liberalizar el sector y favorecer la competencia?

—La completa liberalización de precios de ADSL, permitiendo de este modo, crear las bases para una competencia entre plataformas, que posibilite el desarrollo de más y mejores servicios, la diversificación de productos y la reducción de precios de la conexión a banda ancha, que en la actualidad refleja el sobre coste artificial provocado por la intervención del regulador y los márgenes que trata de garantizar a los operadores entrantes. En este recorrido hacía la competencia real, es preciso eliminar los vínculos entre los precios minoristas y la oferta mayorista de Telefónica.

—¿En este marco donde quedan los derechos de los usuarios?

—En un nuevo escenario como el que he planteado aquí, los límites deben venir dados por el respeto a los derechos de los usuarios, que a lo largo de este tiempo de desregulación han sido vulnerados de forma permanente con múltiples propuestas inspiradas por la CMT y con el beneplácito de la administración competente, incluida la de consumo. La AI considera que sería necesaria la obligación de refrendar, al menos, la selección de operador de acceso mediante el contrato escrito, cualquiera que haya sido la fórmula empleada inicialmente para el establecimiento de la relación operador-usuario. Con ello, se pretende evitar las prácticas fraudulentas de preasignación. Toda la normativa desplegada para habilitar el alta por parte del regulador debe tener como contrapunto el derecho de los usuarios a darse de baja de cualquier servicio o con el operador de acceso de forma ágil, gratuita y veraz. La protección administrativa, para ser eficaz en la salvaguarda los derechos de los usuarios, debe integrar un régimen sancionador que determine las sanciones correspondientes y las compensaciones a los usuarios, por una deficiente prestación del servicio o lesión de derechos.

—Una de las cuestiones que más preocupa a los usuarios es la seguridad, ¿tiene la AI alguna propuesta para mejorarla?

—No hay recetas mágicas en este terreno, si acaso reclamar el incremento de los servidores web seguros por cada cien mil habitantes, así como una mayor implicación de los operadores y servidores en la detección y eliminación de virus, la difusión y promoción de la certificación y la firma digital y, sobre todo, la implicación de los operadores e ISPs en la política de protección de los usuarios frente a virus y otros códigos maliciosos, así como frente al spam. Y todo, sin que de ello se derive ni responsabilidad por los contenidos que circulan por sus redes ni violación del secreto de las telecomunicaciones. También sería necesario un mayor grado de autoexigencia de los fabricantes de software, sobre todo, de los de uso masivo, en relación con la estabilidad y la seguridad de sus programas.


La Impugnación de las «trazas»

Raquel Palos, Madrid / Levante .

El pasado 29 de junio, la Asociación de Internautas impugnó ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo el Capítulo II del Título V del Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por el Gobierno el pasado día 15 de abril, y que regula la interceptación legal de las comunicaciones.

Es lo que se conoce ya como «trazas», por el trazado que puede seguirse en todas las comunicaciones realizadas a través de la red. La Asociación de Internautas considera que dicha regulación es inconstitucional y que infringe el ordenamiento jurídico por varias razones. La primera de ellas es el de haber vulnerado la necesidad de regular esta materia mediante ley orgánica, pues se trata de la restricción del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, contenido en el artículo 18.3, y cuya regulación somete la Constitución española a la aprobación del parlamento por mayoría absoluta.

Esta vulneración se agrava si se tiene en cuenta que el texto aprobado por el gobierno, permitiría la utilización de las comunicaciones interceptadas en procesos penales contra el sujeto a intervención.

Además la normativa impugnada deja en manos de la Administración y, por tanto, sujetas a un hipotético futuro desarrollo normativo, las especificaciones técnicas de las interfaces y formatos para la transmisión de las comunicaciones interceptadas desde las operadoras y prestadores de servicios a unos denominados «Centros de recepción de las interceptaciones», que son dependencias ajenas a la Autoridad judicial, sin ninguna intervención por parte de los únicos fedatarios públicos judiciales, los Secretarios, lo que priva al sujeto a la interceptación de las mínimas garantías procesales reconocidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en las leyes procesales, y posibilita, contraviniendo la Ley Orgánica del Poder Judicial, que las interceptaciones sean llevadas a cabo por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado creando la figura del «agente facultado».

Estos agentes quedan habilitados, según esta legislación para interceptar datos no sólo del sujeto a la interceptación –solicitados o no por la Autoridad judicial–, sino de cualquiera de las partes que puedan intervenir en las comunicaciones que sean clientes del operador o prestador de servicios, sin perjuicio, además, «de otros datos que puedan ser establecidos mediante real decreto», estén o no relacionados con la investigación que se esté llevando a cabo.

Este tipo de prácticas lejos de incrementar la seguridad, penaliza la privacidad. Un usuario normal tiene «muy dificil» evitar el trazado de sus comunicaciones, mientras que «a un terrorista le puede resultar más sencillo (esquivar el trazado). De hecho este tipo de ataques al derecho fundamental es restrictivo para el ciudadano honesto».

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