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El TS anula el decreto que permitió nombrar a un alto cargo de Birulés


El Tribunal Supremo ha anulado un decreto del año 2000 que en la práctica deja sin efecto que la titularidad de la Dirección General para el Desarrollo de la Información del Ministerio de Ciencia sea ostentada por un cargo no funcionario sin que la causa esté suficientemente motivada. De esta forma anula la norma que permitió el acceso al puesto del actual director, Borja Adsuara.




M. MARÍN / N. COLLI
MADRID. La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha anulado, por ser «disconforme» al ordenamiento jurídico, el decreto del Gobierno de 2 de junio de 2000 que permitió a Borja Adsuara ser nombrado director general para el Desarrollo de la Información del Ministerio de Ciencia y Tecnología, cuya titular es Anna Birulés.

El decreto fue recurrido por la Asociación Profesional del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado al estimar que en este caso no había «razones válidas» que justificasen la designación para el cargo de una persona que no ostentaba la condición de funcionario. La ley establece, como norma general, que los directores generales deben ser funcionarios, aunque prevé excepciones y atribuye al Gobierno la discrecionalidad de designar para ese puesto a personas que no tengan esa condición, siempre que las causas estén debidamente argumentados.

La Asociación sostenía que el Gobierno no motivó suficientemente su decisión y rechazaba que entre los funcionarios no hubiera personas aptas y capacitadas para el cargo. El Ejecutivo, por su parte, mantenía que las características del puesto «corresponden a ámbitos tecnológicos especialmente avanzados y complejos que no se acomodan a las habituales funciones y perfiles de órganos administrativos de tal naturaleza».

El Supremo, que estima que las alegaciones de ambas partes en litigio estaban «sólidamente fundadas», se inclina por dar la razón a la Asociación al considerar, entre otros motivos, que cuando en un decreto anterior, de mayo de 2000, el Gobierno aprobó la estructura básica del Ministerio, no apreció la necesidad de que ninguna de las cuatro Direcciones Generales que lo integran «sean sustraídas al régimen ordinario de provisión ».

El Supremo añade que las funciones asignadas en mayo a la Dirección de Información son las mismas a las previstas en el decreto de junio y, por tanto, la decisión del Gobierno de permitir el acceso al cargo de una persona no funcionaria no se debe a las «características específicas» del departamento, sino «a otras circunstancias».

Además, el alto Tribunal añade que el Gobierno incurrió en un «déficit de motivación» de su decisión «al no incorporar una justificación razonable y suficiente» del uso de su discrecionalidad.

Reproducido de ABC

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