Los hechos a los que hace referencia la sentencia se produjeron en el año 95, cuando la Guardia Civil, tras una denuncia de la Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos de Ámbito Nacional (ADIVAN), registró las instalaciones de Electrovídeo Vélez. En el momento de la intervención, se emitían por dos canales distintos las películas Los ojos del diablo e Impacto en la noche, ambas de Record Visión, sin que la empresa hubiera abonado los derechos correspondientes. Esta práctica ilegal se venía realizando desde el año 93.
En la sentencia emitida por el juzgado de Málaga queda acreditado que Manuel Díaz Palomo era socio y administrador único de la entidad Electrovídeo Vélez SL, y le condena a la pena de dos años de prisión menor, multa de 1,5 millones de pesetas, inhabilitación especial durante tres años para el ejercicio de cualquier actividad relacionada con la difusión de obras audiovisuales a través de televisión por cable o vídeo comunitario, así como al abono de algo más de 37 millones a 160 productoras y distribuidora de vídeo y cine.