En estos día nos hemos enterado que la Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado "de plano" la petición de nulidad presentada por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) a la sentencia dictada por el mismo tribunal el pasado 19 de septiembre.
La sala falló que grabar un juicio en CD no está sujeto al pago del canon que compensa a los autores por la copia privada y obligó a una tienda a devolver 0,19 euros al comprador de un CD virgen.
Casi paralelamente, la juez de lo Penal número 3 de Santander, Paz Aldecoa, ha absuelto a un internauta -para quien se pedían dos años de cárcel por descargar y compartir música en Internet- por considerar que esa práctica no es delito, si no existe ánimo de lucro, y está amparada por el derecho de copia privada.
Se pone freno de esta manera a la campaña en la que participa parte del Ministerio Fiscal, el Ministerio de Justicia y el de Cultura": criminalizar Internet" que impone cánones abusivos, indiscriminados y muchas veces arbitrarios», además de intentar criminalizar una actividad que, como ha sentenciado la jueza de Santander, es una actividad legal, siempre que no haya ánimo de lucro.
Por otro lado, queda claro que para que haya piratería ha de estar implícito el ánimo de lucro, y que el intercambio de archivos y música sin la mediación de dinero, no es piratería.
Víctor Domingo en Computer !Dea
La sala falló que grabar un juicio en CD no está sujeto al pago del canon que compensa a los autores por la copia privada y obligó a una tienda a devolver 0,19 euros al comprador de un CD virgen.
Casi paralelamente, la juez de lo Penal número 3 de Santander, Paz Aldecoa, ha absuelto a un internauta -para quien se pedían dos años de cárcel por descargar y compartir música en Internet- por considerar que esa práctica no es delito, si no existe ánimo de lucro, y está amparada por el derecho de copia privada.
Se pone freno de esta manera a la campaña en la que participa parte del Ministerio Fiscal, el Ministerio de Justicia y el de Cultura": criminalizar Internet" que impone cánones abusivos, indiscriminados y muchas veces arbitrarios», además de intentar criminalizar una actividad que, como ha sentenciado la jueza de Santander, es una actividad legal, siempre que no haya ánimo de lucro.
Por otro lado, queda claro que para que haya piratería ha de estar implícito el ánimo de lucro, y que el intercambio de archivos y música sin la mediación de dinero, no es piratería.
Víctor Domingo en Computer !Dea