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P2P EUROPA NOS DA LA RAZÓN

La Eurocámara frena que el intercambio P2P entre particulares sea un delito


El Parlamento Europeo aprobó la semana pasada en primera lectura una controvertida directiva que prevé, por primera vez, sanciones penales para los delitos contra la propiedad intelectual. La propuesta, que ahora debe ser debatida en el Consejo de la Unión Europea (UE), pretende que todos los estados miembros castiguen con multas de hasta 300.000 euros y cuatro años de cárcel los delitos graves contra la propiedad intelectual, la piratería y las falsificaciones, aunque excluye de estos supuestos las actividades "no lucrativas".





LAIA REVENTÓS / El País
La directiva establece multas de hasta 300.000 euros y cuatro años de cárcel para delitos graves de piratería y falsificaciones - La norma excluye sanciones por conflictos de patentes, pero las mantiene para marcas

Según el eurodiputado socialista Manuel Medina la directiva "castiga la actividad comercial. Las medidas penales se aplicarán contra el que se enriquece con los derechos de otros, como los que falsifican y comercializan relojes Cartier, pero no contra los particulares" por descargarse archivos de Internet, como canciones o películas a través de las redes de intercambio de archivos (P2P).

Otros eurodiputados no lo ven tan claro. El liberal demócrata Ignasi Guardans lamenta que pese a las buenas intenciones "el resultado sea una chapuza jurídica. En teoría, la enmienda deja fuera al consumidor, pero su redactado es tan confuso que dependerá de la adaptación de la normativa de cada país, y también de la interpretación que hagan los tribunales. Y eso en derecho penal es un campo de minas". Guardans confía en una corrección técnica en el Consejo.

Criminalizar o no al consumidor

José Manuel Tourné, director general de la Federación Antipiratería (FAP), aplaude que la Unión Europea adopte medidas comunes contra la piratería, ya que los países recién incorporados son los que menos la persiguen; "y no todos los estados aplican todas las medidas a su alcance para evitarla". Sin embargo, rechaza que el P2P entre particulares no sea considerado piratería. "Creemos que quienes se descargan canciones obtienen un beneficio, una ventaja en perjuicio de los creadores, que debería ser sancionada penalmente". Pero, tal y como está ahora redactada la directiva, dice Tourné, "el P2P seguirá siendo un ilícito civil y en España ya se ha demostrado que por esta vía judicial no se resuelven los conflictos".

El artículo 270 del Código Penal español ya contempla la piratería como un delito, siempre que haya ánimo de lucro, explica Óscar Morales, profesor de derecho de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC). Sin embargo, como el texto no aclara qué significaba "ánimo de lucro", los jueces no se ponen de acuerdo en si "lucro" significa ganar dinero o ahorrárselo.

Además una circular de la Fiscalía General del Estado de mayo de 2006 establecía que la descarga de archivos no era un delito, salvo que se persiga ganar dinero. "El intercambio de archivos, sin perjuicio de poder constituir un ilícito civil, frente al que los titulares podrán ejercitar las correspondientes acciones, no reúnen, en principio, los requisitos para su incriminación penal si no concurre en ellas un ánimo de lucro", decía la circular.

Tourné considera "totalmente errónea" la circular y asegura que la comisión antipiratería ha presentado un dictamen jurídico a la Fiscalía General del Estado en la que le recuerda la doctrina del Tribunal Supremo, "que define lucro como obtención de cualquier ventaja, incluso la meramente contemplativa", dice Tourné.

En el trasfondo del debate está en si se deben criminalizar las actividades de los consumidores. Los creadores creen que sí; las asociaciones de usuarios creen que no. Y los políticos discrepan entre ellos. El pasado jueves la reunión del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones (CATSI) terminó con el abandono de las entidades de gestión que calificaron el encuentro de "burla".

El secretario de Estado de Telecomunicaciones, Francisco Ros, pretendía abrir un nuevo debate sobre la aprobación de una norma -basada en un procedimiento de notificación y retirada que permitiría a las sociedades de derechos cerrar webs que distribuyan contenidos pirateados. Esta medida la recogía el artículo 17 bis retirado de la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI).

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