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Proyecto de Ley de Propiedad Intelectual

Competencia cuestiona la 'tasa Google': Agregadores no tendrán que compensar a editores


La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha recomendado modificar "el carácter irrenunciable" de la compensación equitativa de los agregadores de noticias a los editores, contenida en el Proyecto de Ley de Propiedad Intelectual y conocida como 'tasa Google', al tiempo que cuestiona que se traten de "competidores directos".




La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha recomendado modificar "el carácter irrenunciable" de la compensación equitativa de los agregadores de noticias a los editores, contenida en el Proyecto de Ley de Propiedad Intelectual y conocida como 'tasa Google', al tiempo que cuestiona que se traten de "competidores directos".

Así lo ha señalado este organismo en un informe relativo a la modificación que registró el proyecto de ley respecto a los agregadores. El análisis de la CNMC es desde el punto de vista de la competencia efectiva en los mercados y la regulación económica eficiente, recomendando un "replanteamiento de la figura proyectada".

En primer lugar, descarta el argumento de una compensación económica al "beneficiarse los agregadores del esfuerzo creativo de los editores originales". Para la CNMC, esta propuesta no podría aceptarse "ya que existen soluciones técnicas, sencillas y gratuitas que permitirían al titular del derecho de propiedad intelectual que la agregación se realice o no".

Asimismo, califica de "cuestionable" que todos los editores

consideren competidores directos a los agregadores de noticias, dado que

los medios originales pueden ganar visitas a sus páginas a través de la

agregación.

"En este sentido, las cuantiosas inversiones de diversos editores de contenidos en mejorar el posicionamiento en los buscadores serían otro indicio de que, al menos para algunos editores, el agregador es complementario y no competidor de su producto o servicio", ha señalado el organismo.

Además, aún suponiéndose que debiera existir una compensación, ha alertado de que sería "ineficiente" determinar, a priori y de forma generalizada, tanto la cuantía como la dirección en la que deben realizarse los pagos entre los generadores de contenidos y el agregador de noticias.

La CNMC entiende que el tráfico obtenido gracias a la agregación genera o puede generar otros ingresos distintos de la subscripción, principalmente publicitarios. "A esta autoridad le consta la existencia de editores que consideran, sin ambigüedad, la agregación beneficiosa para sus intereses, o bien sus licencias de distribución contemplan la ausencia de retribución económica", ha señalado.

Por otra parte, ha resaltado que la existencia de una compensación equitativa desincentivaría el acceso al mercado de nuevos prestadores de servicios electrónicos de agregación, tanto más cuanto mayor sea su importe, frente a los operadores ya asentados en el mercado que han venido operando en los últimos años sin la necesidad de satisfacer dicha compensación.
EXCLUSIVIDAD DE ENTIDADES DE GESTIÓN

Finalmente, el proyecto de ley obliga a que la compensación equitativa se realice a través de entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual. Esta previsión supondría para la CNMC, en principio, la existencia de una reserva de actividad en favor de estas entidades, "sin que se conozcan las motivaciones por las cuales no se permite que estos derechos y compensaciones puedan ser gestionadas por otro tipo de entidades o por los propios titulares del derecho".

"La Autoridad de Competencia considera que es posible un modelo regulatorio más favorable a la competencia, donde las entidades afronten una mayor presión competitiva, de forma que se remuevan las barreras a la entrada de nuevos operadores, lo que incrementará los incentivos de las entidades a prestar sus servicios de modo eficiente y reducirá las posibilidades de que ejerzan su poder de mercado en el ámbito tarifario", ha concluido.

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