A Telefónica Móviles España se le imputa, en materia de numeración, el incumplimiento de las condiciones determinantes de las atribuciones y la otorgación de de los derechos de uso de los recursos de numeración incluidos en los planes de numeración, lo que podría suponer una "infracción grave", tipificada en el artículo 77.19 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. Además, la desobediencia de las Especificaciones Técnicas de Portabilidad podría suponer una "infracción muy grave", tipificada en el artículo 76.12 de la misma Ley.
A las otras ocho entidades se les imputan conductas contrarias a lo establecido en la Ley General de Telecomunicaciones en materia de inscripción registral, de numeración y de portabilidad móvil, que podrían ser sancionables como infracciones muy graves o leves, según cada caso.
No obstante, la incoación de este procedimiento no prejuzga el resultado final de la investigación. Se ha abierto, a partir del acuerdo de incoación, un periodo máximo de 12 meses para la instrucción de los expedientes y para su resolución por la CNMC.