Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


Un hecho contradictorio ya que si se restringe, el debate sobre la compensación carecería de sentido alguno.

El Abogado General del TJUE avala que la copia privada pueda financiarse a través del Estado


Financiar la copia privada a través de los Presupuestos Generales del Estado no es ilegal. Esta es la conclusión que extrae el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que argumenta que hay "clara compatibilidad" en la compensación por copia privada con los presupuestos estatales.




Miguel Mirón Pérez - Ritmos - XXI .- El dictamen, que no es vinculante a la hora de dictar sentencia, ha sido calificado de ?positivo? por el Ministerio de Cultura, que subraya que existe ?compatibilidad del sistema español con el derecho comunitario

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El Abogado Genral responde así a un recurso que presentaron las entidades EGEDA, DAMA y VEGAP contra la regulación de la compensación equitativa por copia privada. El sistema de cargar la copia privada en los presupuestos del Estado lleva en vigor desde enero de 2012, gracias al apoyo del Partido Popular.

Un dictamen "terrible"

La Asociación de Internautas no ha tardado en calificar de "terrible" las conclusiones extraídas por el TJUE. El presidente de la asociación, Víctor Domingo, califica de ?injusto? que los contribuyentes españoles tengan que pagar la compensación por copia privada, consuman o no.

"Sí, hay que pagarlo", señala Domingo en declaraciones para Ritmos XXI. Advierte de que "nosotros propusimos una fórmula" y era que la compensación debería pagarse "de la original" y no del dinero de resto de ciudadanos. Una técnica que no interesó al Gobierno.

A pesar de que el Abogado General del TJUE afirma haberse pronunciado "con toda imparcialidad e independencia", Víctor Domingo considera que se ha hecho con la "influencia de las entidades gestoras" de derechos, puesto que "han estado trabajando con ellas". Afirma que no han contado con ellos para conocer su opinión.

Por otro lado, Domingo lamenta que en el dictamen no se haga mención alguna a la restricción que la Ley de Propiedad Intelectual hace sobre el uso de la copia privada. Un hecho contradictorio ya que si se restringe, el debate sobre la compensación carecería de sentido alguno.


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