Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


El Gobierno ha comenzado a redactar un nuevo real decreto

El Gobierno se enreda otra vez con el canon digital pese al auge del `streaming´


La mayoría de los países de la Unión Europea tiene algún sistema compensatorio por copia privada. Se está dibujando un modelo similar al canon vigente hasta 2011, una vuelta al gravamen de los dispositivos `idóneos para la copia´. La recaudación del cine en `streaming´ se ha ido casi duplicando de año en año entre 2009 y 2015




Paloma Fidalgo en Bez.es.- Lo cuenta Kevin Birmingham en su fantástico ensayo `El libro más peligroso´, dedicado a la odisea que le supuso a Joyce publicar `Ulises´: Samuel Roth copiaba indiscriminadamente libros a principios del siglo XX para su propio lucro, pero en el caso de `Ulises´, vendió copias y copias no para llenarse el bolsillo sino para divulgar una obra prohibida que admiraba ferviente. Que se pasase de considerarlo un villano a llamarlo héroe fue cuestión de tiempo.
Sí, el tema de los derechos de autor viene siendo polémico desde hace un siglo. Aquí no vamos a hablar de reproducciones ilegales (la llamada piratería), sino de la copia de una obra con copyright (que tiene todos los derechos reservados) para uso personal. En Estados Unidos, en este terreno se suele aplicar la doctrina fair use, que permite un uso sin coste del material con derechos de autor siempre que sea para determinados fines, como la enseñanza. En Europa, en cambio, se ha ido imponiendo la visión de las asociaciones de gestión de derechos de autor (en España son SGAE, AIE, AGEDI, VEGAP, CEDRO...), según la cual la copia para uso privado implica un gran número de ejemplares no vendidos, y por tanto, hay que compensar a autores e industria.
El Gobierno se ha puesto manos a la obra de redactar un nuevo real decreto, cuyo borrador ha filtrado ya la Asociación de Internautas

"La mayoría de los países de la UE tiene algún sistema compensatorio por copia privada", informa Iban Díez López, abogado experto en propiedad industrial e intelectual y tecnologías de la Información. En España, desde finales de los ochenta, este ha pasado por establecer un canon digital, aplicado como recargo en el precio de cualquier producto o dispositivo de memoria (DVD, CD-ROM, mp3, mp4...) que permita la copia y reproducción de una obra (canciones, libros en formato electrónico, películas...).

Los defensores del canon se cuidan mucho de aclarar que este no se paga por sospecha de piratería sino por posible copia privada, pero sus detractores, a menudo escépticos a ese respecto, piden que, como mucho, se grave el dispositivo que contiene el material original.

Del canon a los Presupuestos Generales del Estado

Pero una de las primeras fichas que movió el Gobierno de Mariano Rajoy a su llegada en 2011, fue, al tiempo que ratificar la polémica Ley Sinde, liquidar este sistema para sustituirlo por otro según el que la compensación al autor se ha venido haciendo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, en los que, en cada uno de estos años, se han asignado a esta partida cinco millones de euros, muy por debajo de los 115 que las sociedades de gestión recaudaron por copia privada en 2011, el último año que se aplicó un canon.

Ninguna otra formación política apoyó al PP en esta empresa, y contra la ley que la ratificó, la 21/2014 de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, algunas asociaciones de gestión de derechos, EGEDA, DAMA y VEGAP, presentaron un recurso ante el Tribunal Supremo. Este, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tumbase el sistema el pasado junio, declaró nula e inaplicable la norma en noviembre. "De acuerdo al TJUE, el sistema sería adecuado al derecho comunitario si el coste efectivo de la compensación pesase exclusivamente sobre los usuarios de la copia privada y no sobre otros que claramente no lo son, como es el caso de las personas jurídicas", explica Díez López. El Tribunal Supremo ni siquiera admite que el sistema basado en el cargo a Presupuestos ?pueda completarse y enmendarse para adaptarse al ordenamiento comunitario?.

Contradicciones con el streaming

Hay, pues, que crear un nuevo sistema para regular la compensación por copia privada, y el Gobierno se ha puesto manos a la obra para redactar un nuevo Real Decreto, cuyo borrador ha filtrado ya la Asociación de Internautas. Parece estarse dibujando un modelo muy similar al canon vigente hasta 2011, una vuelta a la compensación basada en el gravamen de los dispositivos o soportes que son "idóneos para la copia", expresa el texto. Por tanto, "en principio, parece que móviles y tablets podrían estar sujetas a gravamen", observa Díez López, por lo que las copias privada o descargas realizadas en ellos estarían ?compensadas?.

El Gobierno se ha puesto manos a la obra de redactar un nuevo real decreto, cuyo borrador ha filtrado ya la Asociación de Internautas

Para la Asociación de Consumidores, volver a este sistema es anacrónico. "Nadie copia ya prácticamente nada en términos cuantitativos apreciables ni en soportes materiales ni de ninguna otra forma: los contenidos en streaming y los servicios de pay per view -incluidos ya comúnmente en los paquetes telefónicos y de suministro de Internet- han acabado prácticamente con la copia", señala en un comunicado en su web.

Según el estudio del Observatorio Audiovisual Europeo, la recaudación del cine en streaming se ha ido casi duplicando de año en año entre 2009 y 2015, y por primera vez en 2013, el cine en streaming ingresó más que el alquiler de DVD. Las cifras se disparan todavía más en la música, donde el consumo en streaming superó por primera vez a las ventas físicas en 2014. "Cada vez consumiremos más productos en línea, sin necesidad de descarga. Quizás dentro de unos años dejemos de hablar de "copias privadas", que es el hecho generador de la compensación. No obstante, en la medida en que haya copias privadas, debe haber una compensación para autores y derechohabientes", opina Díez López.

Fuentes ilícitas y reembolsos por uso profesional

Siguiendo con el borrador de la nueva normativa, los encargados de pagar este gravamen serían "los fabricantes en España de equipos, aparatos y soportes materiales de reproducción, en tanto actúen como distribuidores comerciales", referencia que, para la Asociación de Internautas, no refleja "cómo funciona una cadena de valor", y el consumidor es en quien repercute el canon. El borrador redefine también el concepto de copia privada para llamar la atención sobre la descarga de contenido de "fuentes lícitas". Para la Asociación será difícil distinguir ?un archivo constitutivo de fuente lícita de otro que presuntamente pueda no serlo?.

Por último, el texto contiene dos novedades respecto a las bases que tradicionalmente han sostenido la articulación de este tipo de cánones en España: deja fuera a las empresas y administraciones públicas, y ofrece la posibilidad de reclamar un reembolso a aquellos usuarios capaces de demostrar que han hecho un uso profesional de los dispositivos. "A las medianas empresas de menor empaque y, sobre todo, a las de tipo tecnológico, que funcionan con muy poco personal altamente cualificado, a las pequeñas empresas y a los autónomos, no les resultará rentable reclamar el reembolso", lamenta la Asociación de Internautas.


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