Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas

Privacidad y Gestión de datos en el mundo digital: una reflexión necesaria


Organizada por la Asociación de Internautas (AI), en el día de ayer se celebró en el Consejo General de la Abogacía de Madrid una mesa redonda bajo el título Privacidad y Gestión de los datos en el Mundo digital, que contó con la participación de  Andrés Calvo Medina, Coordinador de la Unidad de Evaluación y Estudios Tecnológicos de la AEPD; Pablo García Mexía, Counsell Ashurst LLP y letrado de las Cortes, Vicepresidente de ISOC - España y Enatic ; Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas ; Carmen Rodríguez, presidenta de ADECES; y Miguel López, secretario general de la Unión de Consumidores de Galicia .





En el mundo digital, la privacidad y la gestión de los datos, es trascendental. El tratamiento masivo de los datos o big data permite aplicaciones muy beneficiosas. El acceso y análisis de los datos facilita el desarrollo de nuevos productos y servicios más adaptados a las necesidades de los clientes, y genera experiencias más próximas los intereses de los usuarios y de la sociedad. Por otra parte, permite optimizar los recursos y aportar inteligencia a los procesos propiciando el progreso social. Al lado de estas aplicaciones, la seguridad y el orden público, son los otros grandes ejes sobre los que pivota el "big data".

Todo esto se debe desarrollar en un marco de respeto a la privacidad. El desarrollo de las potencialidades del ?big data? requiere un marco de confianza entre ciudadanos, empresas e instituciones, que posibilitando la innovación y la competencia, lo haga respetando una serie de principios básicos.

Por estos motivos desde AI, Adeces y UCGal se propusieron en impulsar la Plataforma por la Seguridad y la Privacidad Digital -PSPD- para regirse por los siguientes:

PRINCIPIOS BÁSICOS

El tratamiento masivo de datos precisa del establecimiento de un sistema de principios básicos desde el que poder construir un marco de confianza y reglas que impulsen la innovación y la competencia. Dichos principios, aunque deberían extender su vigencia en todos los ámbitos, son especialmente necesarios para establecer un límite a la actuación del Estado y la vigilancia de las comunicaciones.

Legalidad:

Cualquier limitación al derecho a la privacidad debe ser prescrita por ley. El Estado no debe adoptar o implementar una medida que interfiera con los derechos a la privacidad en ausencia de una ley periódicamente revisable para adecuarla a los cambios tecnológicos.

Objetivo Legítimo:

La vigilancia de las comunicaciones y la privacidad por parte de autoridades debe responder a un interés jurídico superior y con las garantías propias de una sociedad democrática.

En este sentido, deben evitarse los excesos legales y las presiones que periódicamente se suceden sobre operadores de telecomunicaciones para que permitan el acceso a datos de sus clientes.

Necesidad:

La vigilancia de las comunicaciones debe limitarse a lo que es estrictamente necesario para alcanzar un objetivo legítimo. La justificación judicial o legislativa de la necesidad corresponde al Estado.

Idoneidad:

Cualquier caso de vigilancia de las comunicaciones autorizado mediante ley debe ser apropiado para cumplir el objetivo legítimo específico identificado.

Proporcionalidad:

La vigilancia de las comunicaciones debería ser considerada como un acto altamente intrusivo que interfiere con los derechos a la privacidad, la libertad de opinión y de expresión, amenazando los cimientos de una sociedad democrática.

UN MARCO DE CONFIANZA

La definición de un marco de confianza resulta imprescindible para el desarrollo de cualquier sector, pero más aún con la globalización de Internet y la digitalización, que dificulta la protección de los datos. De ahí que resulte necesario reforzar:

La privacidad, a través de un consentimiento libre y más informado sobre aspectos determinantes como la finalidad que persiguen los datos y el origen de la obligación de facilitarlos, evitando como forma de obtención la denegación injustificada de un servicio.

La privacidad debe ampliar sus espacios ante la proliferación del Internet de las cosas, ya que la interacción entre dispositivos define aspectos de la persona.

La transparencia, definiendo políticas de privacidad más sencillas y claras que permitan conocer las normas que rigen el tratamiento de datos por la organización y, también las políticas de cesiones de datos a terceros.

La seguridad, que deberá reforzarse para evitar vulnerabilidades del sistema y con ellas los robos o pérdidas de datos. Además, conjugándose con la transparencia exige que las corporaciones e instituciones pongan en conocimiento de las autoridades con carácter urgente las brechas de seguridad que se hayan podido detectar y las fugas de datos que se hayan producido a través de las mismas.

La seguridad, cobrará una nueva dimensión con el desarrollo del Internet de las cosas en la medida que la actualización del software es obligada para evitar agujeros de seguridad.

REGLAS PARA LA INNOVACIÓN Y EL FOMENTO DE LA COMPETENCIA

Es necesaria la creación de un marco de confianza basado en la transparencia y la equidad que defina reglas que mejoren la innovación y las condiciones competitivas del mercado y en consecuencia permita ampliar las ventajas del "big data".

En este sentido, es preciso establecer una regulación neutral que facilite el retorno de la inversión y, además, establezca las mismas condiciones para los mismos servicios.

Por otra parte, es necesario que no haya barreras de acceso generadas por las plataformas y dispositivos, haciendo del ciudadano el verdadero centro del mundo digital. Todo disponible en todo. Esta ausencia de barreras debe extenderse a las aplicaciones de mensajería y a las herramientas de Internet

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Por último, además, es imprescindible que se clarifiquen los algoritmos que rigen la actuación de los buscadores,evitando los comportamientos monopolísticos o colusorios que debilitan la competencia.


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