Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


Polonia denuncia ante el TJUE la Directiva del Copyright


No al articulo 13 (17)

El pasado viernes, el Ministro de Asuntos Exteriores de Polonia Jacek Czaputowicz denunció oficialmente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la Directiva de Reforma del Copyright, aprobada recientemente. Ésta viola flagrantemente la Constitución polaca, por lo que no puede aplicarse.





La propia Cancillería del Primer Ministro de Polonia declaraba en su twitter :

"mañana por la mañana Polonia presentará un caso ante el TJUE contra la Directiva del Copyright, una medida desproporcionada que alimenta la censura y amenaza la libertad de expresión".

Esta demanda se refiere de manera muy especial al mecanismo que obligará a que los servicios de Internet que permiten a sus usuarios postear o subir cualquier tipo de contenido tengan que realizar un filtrado automático de todo lo que suban a sus páginas los usuarios, el ya tristemente famoso Artículo 13, que en la versión definitiva pasa a ser el 17.

Según el Gobierno polaco, y como es evidente para cualquier persona, esta medida muestra claros rasgos de censura, por lo que han decidido registrar esta demanda ante el TJUE.

Así, el Gobierno de Polonia vuelve a demostrar con hechos que se sitúa en la defensa de los derechos y libertades de la ciudadanía (en este caso en el ámbito de Internet) cosa que, dicho sea de paso, nunca han hecho los diferentes Gobiernos de España desde que la Red existe.

Entre las alegaciones de Polonia para denunciar esta Directiva se encuentra el hecho de que la censura está prohibida por su Constitución, y que esta Directiva viola además las leyes de la Unión Europea.

Es decir, que en el plazo de dos años (cuando todos los Estados Miembros deben transponer la Directiva a su ordenamiento jurídico) y de seguir vigente, Polonia debería aprobar un marco normativo que violaría su propia Constitución, lo cual no es lógicamente posible.

Desde la Asociación de Internautas queremos insistir una vez más en lo que es obvio, aunque nuestros Eurodiputados no lleguen a comprenderlo jamás; actualmente no existe ninguna tecnología de filtrado automático de contenidos en tiempo real que permita distinguir claramente qué contenido constituye una infracción del copyright y cuál no, o cuáles de ellos se encuentran amparados dentro del ámbito de las excepciones al copyright.

Tampoco es previsible que pueda existir esa tecnología en un plazo tan breve como dos años, dada la infinidad de matices que habría que analizar en cada tipo de contenido para determinar si puede ser o no publicado; por consiguiente, la única manera que existirá de poder cumplir con la Directiva será el bloqueo preventivo de todos los contenidos, o al menos de todos los que sean mínimamente dudosos. Esto en la práctica significará un golpe mortal a todas las Redes Sociales que conocemos hoy día. Los usuarios se cansarán de ver cómo sus contenidos son censurados una y otra vez y acabarán por abandonarlas.

Finalmente, se asestará un golpe mortal también a la innovación y la competitividad en Europa; todos los modelos de Internet descansan sobre una interacción masiva de usuarios y sus contenidos en tiempo real. Ninguna start-up se arriesgará a lanzarse a la arena de Internet sabiendo de antemano que la mayoría de sus contenidos serán eliminados antes de ver la luz en base a unos sistemas que, ante la duda de ver publicado un solo elemento protegido por copyright e incurrir en responsabilidades penales, eliminarán una tras otra, todas las aportaciones que hagan sus usuarios o clientes. Y aunque no fuera así, ninguna start-up modesta podría permitirse externalizar ese servicio, pagando unos enormes sobrecostes que serían inasumibles, por lo cual simplemente abandonarán su proyecto.

También lo hemos dicho muchas veces; el modelo que imperaba en la actualidad era más que suficiente. Si se detecta un contenido protegido por derechos de autor no autorizado, se denuncia a la web de Internet donde aparece, y ésta queda obligada a eliminarlo, una vez comprobado que la denuncia es legítima.

Se lo advertimos en su día a todos los Eurodiputados del Parlamento, tanto los españoles como los del resto de países; pero prefirieron hacer oídos sordos ante las presiones u otras cosas que provenían del mundo de los gestores de derechos.

Ahora se tienen que enfrentar a una legislación aprobada que no se puede aplicar; el caso de Polonia es el más claro de todos porque en caso de aplicarse , el Gobierno de Polonia estaría violando su propia Constitución. Veremos qué pasa.

Asociación de Internautas


banner afiliaci�n

pdfprintpmail