Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


La nueva regulación europea del copyright, una oportunidad para armonizar y actualizar las reglas del juego en todo el territorio UE.


La Asociación de Internautas ha participado en Bruselas en varias reuniones organizadas por la plataforma internacional Copyright for Creativity , con Comisarios y Eurodiputados de diferentes partidos políticos y Estados. C4C es una organización creada en el año 2010 para promover un debate de opinión equilibrado con los distintos sectores afectados por la regulación de los derechos de autor en el escenario actual, planteando la necesidad de una reforma más realista y efectiva, basada en la innovación y el acceso a la cultura y la creatividad.




La Directiva que actualmente regula determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines en la Sociedad de la Información, es del año 2001, está totalmente desfasada con los avances tecnológicos de los últimos 14 años, y la Comisión Europea ha incluido su reforma en la Agenda Digital de 2015 para actualizar sus previsiones y armonizar la normativa en los diferentes Estados Miembros.

C4C ha publicado recientemente un manifiesto que firmado por diferentes entidades y asociaciones europeas , representando tanto a consumidores de tecnología e Internet, como a bibiliotecas, creadores, o empresarios del sector. Y todos asumen sus propuestas con un mismo objetivo: lograr una regulación europea de la propiedad intelectual mejor definida, acorde con el funcionamiento y el progreso de la Sociedad de la Información. Este document ("The Copyright Manifesto") - se basa principalmente en cuatro pilares que son en realidad peticiones a las Instituciones europeas:

*Simplificar y modernizar la normativa de protección de la propiedad intelectual para ponerla en línea con la realidad actual.

* Armonizar esta normativa en todo el territorio de la UE.

* Reducir el alcance de la protección de la propiedad intelectual en el tiempo.

* Terminar con la actual disfunción entre implementación y refuerzo de la protección en las normas.

Sobre estas propuestas se desarrollaron las diferentes reuniones celebradas entre los días 20 y 21 de Enero en los edificios de la Comisión Europea, en las que se plantearon las principales carencias de la normativa vigente y se solicitó expresamente que todo ello fuera tenido en cuenta en los trabajos de la Comisión sobre la nueva Directiva.

En este sentido, la Asociación de Internautas, representada por la abogada Ofelia Tejerina, destacó allí la preocupación sobre la forma en que la protección de los derechos de autor se viene imponiendo en España, y junto con los anteriores puntos, señaló lo siguiente:

1.- La compensación por copia privada. En España ha sido incrustada en los Presupuestos Generales del Estado, de manera que ahora se incumplen más que antes las premisas que el TJUE advirtió en el caso Padawan en Octubre de 2010 (Asunto C-467/08) - , porque ahora más que nunca el canon digital lo pagan todos los ciudadanos todos por hacer nada en concreto, y esto debe ordenarse y armonizarse de una vez para toda Europa.

2.- La compensación a los medios de comunicación ("tasa Google") por agregar sus noticias, y poner a disposición del público fragmentos no significativos de su contenido. En este punto hubo acuerdo común entre los asistentes, después del ridículo oficial protagonizado primero por Alemania y después por España, en el sentido de que ante este tipo de conductas los Gobiernos y sus lobbies deberían ser sancionados. De hecho, se planteó la pregunta de por qué no pagaban los medios a los ISPs, pues al fin y al cabo éstos están redirigiendo a sus propios clientes hacia los contenidos de los medios, generando así más lectores.

3.- Enlazar no es delito. De nuevo el debate sobre la criminalización de la red, porque la red es enlazar. Debe precisarse y distinguirse la responsabilidad de quienes enlazan y de quienes cargan los contenidos, y debe delimitarse además cuándo surge esa responsabilidad punible (teoría del conocimiento efectivo) de conformidad con la Directiva de comercio electrónico. La claridad de los conceptos y los términos legales debe ser un objetivo generalizado.

4.- El papel de los intermediarios. Respecto a las sociedades gestoras de derechos de autor no sólo se ha cuestionado la necesidad de una contabilidad más transparente, sino que se han cuestionado directamente los privilegios ("derechos irrenunciables") que tienen frente a los propios derechos de los autores, y si tienen ya cabida en la Sociedad de la Información. En Internet todo el mundo puede ser creador y se debe poder tomar libremente decisiones sobre la gestión de obras propias, por supuesto, también en lo económico. Por otra parte, se planteó la necesidad de regular límites a las posibilidades de estos intermediarios de exigir el pago de tasas por la implantación de nuevos servicios en los diferentes Estados Miembros (p.ej. Spotify o Netflix).

5.- El "producto" y su "valor". Es importante que la nueva normativa se haga pensando en términos de realidad, y no empeñarse en ordenar los aspectos económicos de la propiedad intelectual sobre la base de comportamientos y premisas del siglo pasado. Internet ha cambiado el funcionamiento de las cosas y por supuesto ha cambiado el mercado de la creatividad, por tanto hay que plantearse en términos comerciales qué es hoy ?protegible? y qué no lo es. Debe comprenderse que es necesaria una nueva definición de contenido digital como ?producto? capaz de generar beneficios económicos según su uso.

6.- Domino público y obras huérfanas. No sólo es necesario acortar la duración de la protección de las obras para hacer real y práctico el acceso a la cultura y a la información, sino que además es necesario que la nueva Directiva obligue a los Estados Miembros a facilitar a los ciudadanos un listado o registro ordenado de las obras que son huérfanas o de dominio público. La nueva Directiva debe aprovechar para regular esta cuestión de interés público.

7.- Excepciones para la educación y finalidades científicas. Se ha suplicado que en la nueva regulación se prohíban expresamente situaciones como la que actualmente recoge la nueva Ley de Propiedad Intelectual en España con los límites a la ?cita? (que entre otras cosas son prácticamente indescifrables), o con las imposiciones económicas a los centros educativos para la utilización de determinados materiales protegidos, y más si lo son independientemente del consentimiento de su autor.

Por último, como es lógico, se abordaron los problemas relativos a la territorialidad y la necesidad de armonizar normas para evitar situaciones absurdas como que en unos países se pueda acceder a determinadas obras y en otras no. También se recordó la necesidad de que los Gobiernos respeten el concepto neutralidad de la red, en el sentido de que la tecnología no sea utilizad como un límite añadido al desarrollo/acceso a la creatividad.

La principal conclusión de la intensiva ronda de reuniones ha sido que la regulación de la propiedad intelectual del uso de contenidos digitales en la UE está totalmente desfasada, y que hay una buena disposición por parte de todos los participantes para trabajar en la nueva normativa, en atención al actual desarrollo de Internet. Es necesario acabar con esos lobbies prehistóricos que llevan 15 años recitando que la tecnología acabará con la cultura. Es hora de que en la UE se entienda y asuma que Internet es, entre otras cosas, una herramienta para la promoción de la creatividad y la difusión de la cultura, y no un arma criminal.

Agradecer a todos los comisarios y eurodiputados que nos recibieron su voluntad de escuchar propuestas, y su interés por actualizar y mejorar viejas normas que sólo entorpecen el desarrollo de la Sociedad de la Información


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