Jornada 25 Aniversario Asociacion de Internautas


reclamaciones de telecomunicaciones......sin morir en el intento

Conceptos. Fraudes telefónicos y nociones para poder librarse de ellos y de sus consecuencias


En este mensaje se tratará un asunto de bastante interés para los usuarios como es el tráfico irregular con fines fraudulentos. Se considera que existe tráfico irregular el uso de números telefónicos no autorizados, el uso para fines distintos de los autorizados (que se denomina "uso no permitido" y el uso de las redes para fines distintos a los que les atribuyen la ley, haciendo que los patrones de tráfico telefónico normales se distorsionen (lo que se denomina "uso irregular con fines fraudulentos").




El "uso no permitido" consiste en el uso de números telefónicos no autorizados (por ejemplo, que un comercial de una compañía telefónica pusiera como su número telefónico el "0"), o que usara un número autorizado para fines distintos del que esté autorizado (por ejemplo el uso para servicios de tarot de un número autorizado para información de números telefónicos), tal y como dispone el artículo 2 del real decreto 381/2015
 
            El "tráfico irregular con fines fraudulentos" consiste en usar las redes telefónicas de forma distinta a su uso normal y habitual, normalmente usando el engaño, tal y como puede ser el usar un número fijo para concentrar tráfico telefónico de llamadas internacionales, la inducción a llamar a un número mediante comunicaciones no solicitadas, la puesta a disposición de otras personas de la línea del usuario con fines lucrativos (usar la línea del usuario como locutorio) o el uso de un terminal sin consentimiento del usuario (llamadas o SMS desde una aplicación del móvil sin conocimiento del usuario, por ejemplo), todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Real decreto 381/2015
           
            Todas las compañías deben poder identificar este tipo de tráficos irregulares que tengan como origen su propia red, pudiendo implantar métodos de detección, para poder evitarlo.
 
            Si una compañía pretende implantar un método de detección de tráfico irregular, deberá informar de ello a la secretaría de estado de telecomunicaciones para que ésta de su aprobación, debiendo darla en el plazo máximo de 3 meses, entendiéndose que se deniega la implantación del método si en el plazo citado la SETSI no da su visto bueno, tal y como dispone el artículo 4 del real decreto 381/2015
 
            En el caso de detectar "tráfico no permitido" en su red (es decir, llamadas a números no autorizados o autorizados para otros fines), la compañía que lo detecte debe bloquear el acceso de sus abonados a dichos números y, además, comunicárselo, en el plazo máximo de 2 días hábiles desde la detección de dicho tráfico, al resto de compañías de telecomunicaciones afectadas por el mismo con las que tenga relación comercial y a la SETSI, dándole a la secretaría de estado todos los detalles posibles sobre dicho tráfico irregular, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 del real decreto 381/2015
 
            Debe destacarse que, además, las compañías que detecten tráfico irregular, tanto no permitido como con fines fraudulentos, pueden pedirle, mediante escrito razonado, a la secretaría de estado de telecomunicaciones el bloqueo del tráfico detectado, aportando los detalles referentes a la detección efectuada, debiendo resolver la SETSI en un plazo máximo de 3 meses, según dispone el artículo 6.1 del real decreto 381/2015
 
            Por otra parte, el artículo 6.2 del real decreto 381/2015 estipula que, aparte de bloquear los números desde los que se curse tráfico irregular, la compañía que detecte tráfico irregular con origen en su red puede retener los pagos a la compañía beneficiaria de los mismos, previa notificación de dicha retención a la secretaría de estado de telecomunicaciones y al resto de compañías de telecomunicaciones, todo ello en el plazo máximo de 2 días hábiles.
 
            El bloqueo señalado en párrafos anteriores sólo puede realizarse durante un plazo máximo de 12 meses, según lo dispuesto en la disposición adicional primera del real decreto 381/2015
 
            La generación y uso de tráfico irregular, ya sea por "uso no permitido" o por "uso irregular con fines fraudulentos", constituye infracción considerada como grave, según lo dispuesto en el artículo 77.34 de la ley 9/2014, sancionada con hasta 2.000.000 ?, según lo dispuesto en el artículo 79.1.c) de la ley 9/2014.
 
            En ciertos casos, especialmente en aquellos en los que el usuario no haya sido informado de que la llamada a un número es un uso irregular del servicio telefónico, podría reclamar la devolución del dinero gastado en la llamada o llamadas realizadas, básicamente por la falta de información, o por no será veraz la recibida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del real decreto 899/2009
 
            Pero la forma de reclamar, por parte del usuario, este tipo de tráfico, será motivo de sucesivos mensajes en este mismo blog.
 
            Existen, básicamente, 4 formas de generación de tráfico irregular, que son:
 
            - Uso de números para concentrar llamadas hacia destinos internacionales a precios más económicos, como en el caso de la web http://www.llamar-barato.com/, en el que se usa un número 902 para que los usuarios llamen al extranjero y, por tanto, se concentran llamadas desde territorio español a un número español para realizar llamadas a números extranjeros, lo que constituiría un ?uso no permitido?, pues un número 902 está autorizado para que una empresa (o un particular) pueda tener un mismo número en territorio español, aun cuando pueda cambiar la sede de su empresa, no para que la gente que le llama pueda realizar llamadas al extranjero
 
            - Uso de números para fines distintos al previsto, como en el caso de  http://www.11850.es/, en el que una empresa se dedica a prestar servicios profesionales (aprovechando la información que le presta otra, que la vende más barata) mediante el cobro en la factura telefónica, y a la que le correspondería (en este caso) usar un teléfono que comenzara con el prefijo 807, que es el prefijo correspondiente a la prestación de servicios profesionales cobrados mediante teléfonos de tarificación adicional, y no mediante números con número que comience por 118, que corresponden a la prestación de información sobre números de abonado.
 
            Otro caso puede ser el uso de un número de prestación de información sobre números de abonado para prestar servicios de tarot y videncia, que están reservados para números con prefijo 806, tales como el que se puede apreciar en este enlace http://www.amor-tarot.com/11830-tarot.html#
 
            - Incitación fraudulenta a llamar a números de tarificación adicional, previa llamada en la que advierten de que el usuario tiene una deuda con alguna compañía, de que tienen un paquete que no le han podido entregar, o multas de algún tipo con la administración, y en la que pide al usuario llamar a un número de teléfono con prefijo de tarificación adicional para solucionar el problema o ser informado más en detalle del problema del que se trate, tal y como se expone, entre otros muchos mensajes en distintos foros, en este enlace http://www.elotrolado.net/hilo_cuidado-si-te-llaman-desde-el-671363148es-timo-del-paquete-misterioso_2004844_s30, o también se puede aprovechar la confianza y la falta de atención al devolver las llamadas recibidas, como se expone en este caso http://www.regiondigital.com/noticias/tecnologia/105674-la-plataforma-tencuidadoes-alerta-sobre-llamadas-perdidas-fraudulentas-de-telefonos-905.html
 
            - Uso de aplicaciones de marcación de números telefónicos que tomen el control del terminal o la red del usuario, tales como programas de marcación automática que el usuario pueda tener instalados en su terminal
           
            - El alargamiento innecesario de las llamadas realizadas a los números de tarificación adicional, para cobrar más dinero al usuario, manteniendo al mismo entretenido sin prestarle ningún servicio, para poder agotar el tiempo máximo permitido por llamada, tal y como sucede cuando se contacta con un número con prefijo 807 que publicita como forma de informarse sobre deudas contraídas con las empresas la web https://www.infomorosos.com/, en la que tras pedir los datos del usuario, le envía un
 
            En este blog ya existe un mensaje dedicado a este último caso, bajo el título Reclamaciones. Llamadas a números 807 que se alargan artificialmente, en el que se trata este último caso de tráfico irregular
 
            Por último decir, que puede haber casos en los que el usuario pueda reclamar la devolución de los importes, y casos en los que no, aunque son mayoría los casos en que sí, pues existe casi siempre voluntad de engaño en las empresas que realizan este tipo de prácticas
 

Reproducido del blog Reclamaciones de Telecomunicaciones......sin morir en el intento


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