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El DNI electr贸nico no puede incluir datos personales ajenos a la identificaci贸n


Las recientes declaraciones del Ministro de Administraciones P煤blicas, Jordi Sevilla en la INAUGURACI脫N DE LA 8陋 EDICION TECNIMAP - EN MURCIA, nos han suscitado en la CLI (Comisi贸n de Libertades e Inform谩tica) una serie de interrogantes sobre los datos que conformar谩n el contenido del futuro DNI electr贸nico.


La falta de debate social e informaci贸n que se est谩 dando en relaci贸n a la aprobaci贸n de una norma que regule el DNI electr贸nico, nos hace expresar nuestra preocupaci贸n por los par谩metros que finalmente queden plasmados en el texto que, alg煤n d铆a, tendr谩 que publicarse en el Bolet铆n Oficial del Estado, por cuanto se puedan vulnerar derechos fundamentales, como lo son el derecho a la intimidad y la protecci贸n de datos personales, en el 谩mbito de las Administraciones P煤blicas.

No se ha generado ning煤n debate alrededor de la incorporaci贸n de datos sensibles al DNI electr贸nico, como ha pasado en otros pa铆ses europeos, inherente a la necesidad de identificaci贸n. As铆, la introducci贸n de una foto permite determinar la raza, o, incluso, en determinados casos, la religi贸n, de los afectados, datos especialmente protegidos por la Ley Org谩nica 15/1999, de 13 de diciembre de Protecci贸n de Datos de Car谩cter Personal (LOPD). Eso sin hablar de una posible introducci贸n de datos gen茅ticos con fines identificativos.

Los medios hoy en d铆a disponibles para la identificaci贸n de las personas pueden suponer una grave intrusi贸n en la vida privada de los ciudadanos. El Gobierno tiene un deber de transparencia respecto a los m茅todos elegidos para proceder a identificar a sus ciudadanos, debiendo adoptar las medidas de seguridad adecuadas a la salvaguarda de la vida privada, y respetando en todo caso el principio de calidad de los datos que exige la elecci贸n de los medios menos perjudiciales para los derechos y libertades de los ciudadanos para el cumplimiento de los fines de identificaci贸n

Por otro lado y ante esta falta de claridad en el desarrollo del supuesto DNI anunciado por el ministro, es una seria preocupaci贸n de esta comisi贸n que dicha identificaci贸n electr贸nica pueda ser accesible para las distintas plataformas software existentes en el mercado. Debe ser por ello misi贸n del Gobierno facilitar el acceso al documento nacional de identidad electr贸nico sin discriminaci贸n por el mero hecho de ser usuario de c贸digo cerrado o abierto ya que la Administraci贸n debe velar por el acceso universal de todos los ciudadanos a su documento de identificaci贸n.

En consecuencia la Comisi贸n de Libertades e Inform谩tica, considerando que sigue existiendo una brecha digital entre tecnolog铆as emergentes y sociedad, solicita al Gobierno que consensue la puesta en marcha de esta nueva herramienta y tenga en cuenta la opini贸n, entre otras, de las organizaciones de consumidores y de usuarios de internet. Igualmente estimamos indispensable que dicho consenso abarque los Reglamentos tanto del DNI como de la Firma Electr贸nica.

Forman parte de la Comisi贸n de Libertades Inform谩ticas -CLI-

AI:Asociaci贸n de Internautas

ALI: Asociaci贸n de Doctores, Licenciados e Ingenieros en Inform谩tica,

APDHE: Asociaci贸n Pro Derechos Humanos de Espa帽a,

CCOO:Comisiones Obreras,

CECU:Confederaci贸n de Consumidores y Usuarios,

FADSP: Federaci贸n de Asociaciones de Defensa de la Sanidad P煤blica,

UGT: Uni贸n General de Trabajadores.