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COMFIA pide c贸digo de conducta para el uso de Internet en las Empresas


Conocida las sentencias del TSJC que avalan el despido de dos trabajadores en un caso por navegar por Internet y en el otro por utilizaci贸n del ordenador para actividades no laborales, la Federaci贸n de Servicios Financieros y Administrativos de CCOO (Comfia) manifiesta su preocupaci贸n por estas decisiones.

Entendemos que conseguir pruebas contraviniendo normas o leyes como el C贸digo Penal o la Constituci贸n, no deber铆a ser admitido por la justicia, ya que se contraponen los derechos fundamentales de la persona, como es en este caso el de la intimidad, al derecho de la propiedad de los medios.

La Constituci贸n establece en su art铆culo 18 el derecho al secreto de las comunicaciones, como un derecho fundamental de la persona, y el C贸digo Penal establece penas por su interceptaci贸n.

Por otro lado, el derecho a la intimidad en las comunicaciones es independiente de la propiedad de los medios con los que se establecen 茅stas (hay jurisprudencia al respecto).

En los casos de referencia estamos viendo que la celebraci贸n de un contrato de trabajo ha implicado la privaci贸n de los derechos que la Constituci贸n le reconoce como ciudadano al trabajador.

En estos momentos, esta Federaci贸n esta planteando a diferentes empresas del sector la necesidad de establecer un c贸digo de conducta consensuado con la representaci贸n sindical que rellene el vac铆o legal que existe sobre la utilizaci贸n de las nuevas tecnolog铆as en la empresa.

Asimismo, el pasado mes de noviembre los senadores, por unanimidad, aprobaron una moci贸n para que el Parlamento regule el uso de Internet y el correo electr贸nico en el seno de las empresas.

Entendemos que los derechos fundamentales de la persona no se acaban a las puertas de la empresa.

Francisco Baquero Noriega, Secretario de Comunicaci贸n de Comfia
Madrid, 3 de agosto de 2001