Asociaci贸n de Internautas

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La AI recurre la decisi贸n de Defensa de la Competencia sobre el canon en los CD y DVD v铆rgenes


Se ampara en la ley de propiedad intelectual

B.Y./ ABC Madrid

La Asociaci贸n de Internautas ha recurrido ante el Tribunal de Defensa de la Competencia la decisi贸n del Servicio de Defensa de la Competencia, dependiente del Ministerio de Econom铆a y Hacienda, de archivar la denuncia formulada por este colectivo, junto a la Asociaci贸n de Usuarios Espa帽oles de Linux (Hispalinux) y el abogado Javier de la Cueva, en relaci贸n con la imposici贸n del canon en los soportes digitales v铆rgenes.

En respuesta a la decisi贸n adoptada por la Direcci贸n General de Defensa de la Competencia, la Asociaci贸n de Internautas, que preside V铆ctor Domingo, ha remitido un comunicado de prensa en el que aclara que "la exclusi贸n establecida por el legislador del canon compensatorio por copia privada para los programas de ordenador en el apartado tercero del art铆culo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual no implica, para el Servicio de Defensa de la Competencia y para la $$$$, que los soportes digitales (CD y DVD v铆rgenes) de los programas no deban pagar canon por copia privada".

Para la AI, el Servicio de Defensa de la Competencia ha olvidado que los programas de ordenador "vienen fijados en soportes que est谩n expresamente exclu铆dos del canon compensatorio por expreso mandato del legislador". Por ello, "no es de recibo que, en contrato de la ley, empresas desarrolladoras y distribuidoras de software, autores de software y usuarios (particulares, empresas, instituciones y administraciones p煤blicas) deban pagar "peaje" a la $$$$ ante la aquiescencia de quienes deben velar por unas reglas de competencia en el mercado".

La Asociaci贸n de Internautas insiste en que el objetivo del canon compensatorio es precisamente "compensar a los autores y editores por las copias privadas", cuando la imposici贸n de medidas tecnol贸gicas en las obras distribuidas en soportes digitales dirigidas a impedir la copia privada "privan de la finalidad legal al canon en los soportes digitales v铆rgenes". Por este motivo, este canon "debe ser suprimido", reitera la AI.

Precisamente, la alegaci贸n tercera esbozada en el recurso interpuesto por V铆ctor Domingo ante el Tribunal de la Competencia contra la resoluci贸n del Servicio de Defensa de la Competencia recoge la siguiente argumentaci贸n: 芦Llama poderosamente la atenci贸n que para el Servicio de Defensa de la Competencia la existencia de t茅cnicas de protecci贸n de las obras distribuidas en soportes digitales lo sea "frente a copias no autorizadas" y que, en todo caso, "deber谩 tenerse en cuenta en cualquier proceso de adaptaci贸n de los importes de las remuneraciones y, sobre todo, si se modifica el vigente texto legal", pero que "no es motivo suficiente como para exceptuar a los soportes digitales del pago del canon"禄.

芦Este razonamiento -alega Domingo- ser铆a aceptable si tales t茅cnicas anticopia discriminaran entre "copias no autorizadas" y "copias exceptuadas de autorizaci贸n", como es el caso de la denominada "copia privada", exenta de autorizaci贸n para uso privado del copista. Pero como resulta que tales t茅cnicas anticopia son indiscriminadas y completamente generalizadas en el caso de las obras distribuidas en soporte DVD, y como resulta materialmente imposible ejercitar esa copia privada que posibilita que nazca el derecho a la compensaci贸n o canon compensatorio, resulta evidente que tal canon ha perdido su finalidad al estar vedada de forma indiscriminada la copia leg铆tima o privada, resultando completamente falto de fundamento legal el canon en los soportes digitales y, muy especialmente, en los DVDs, no siendo de aplicaci贸n, por tanto, el art铆culo 2.1. de la Ley de Defensa de la Competencia禄.

En este sentido, recuerda el presidente de la AI en el recurso, 芦incluso la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la arominizaci贸n de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la Sociedad de la Informaci贸n, tiene reconocida y amparada la protecci贸n jur铆dica para las medidas tecnol贸gicas anticopia o limitadoras del derecho de reproducci贸n, como ejercicio leg铆timo que puede ser del titular de la obra que se distribuye para controlar su reproducci贸n, siempre y cuando posibilite el ejercicio de las excepciones que puedan contemplar las legislaciones nacionales禄. En el caso concreto de Espa帽a, la excepci贸n de la copia privada recogida en el art铆culo 31 de la Ley de Propiedad Intelectual.



NOTA DE LA ASOCIACI脫N.-

El Servicio de Defensa de la Competencia, a favor del canon por nada


...Es como un cuento perverso en el que los poetas atracan a su pueblo, los cantantes llaman piratas o pendejos electr贸nicos a los ciudadanos honestos, los m煤sicos cambian sus instrumentos por calculadoras y a los autores les inspira la letra de las leyes y de los reglamentos para aplicar tasas. Una verdadera pesadilla, para salir de la cual basta con abrir los ojos y no dejarse enga帽ar.