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LA APD sanciona con 300.000 euros a un agente de AUNA por preasignaci贸n irregular


El ministerio de industria y el de sanidad y consumo siguen en fuera de juego. La verificaci贸n verbal impulsada por la CMT incrementar谩 los problemas y la burocracia

El 15 de noviembre de este a帽o la Agencia de Protecci贸n de Datos ha sancionado con 300.000 euros de multa a la entidad DIGIMUR, SL por infracci贸n del art铆culo 4.7 de la Ley Org谩nica 15/99 de Protecci贸n de Datos de Car谩cter Personal, tipificada como muy grave.

El art铆culo citado hace referencia a la prohibici贸n de recoger datos por ?medios fraudulentos, desleales o il铆citos?.

En la resoluci贸n la entidad reconoce que los contratos no fueron firmados por los abonados, sino por terceras personas que, adem谩s, facilitaron los datos personales de aquellos.

De hecho, en el escrito de alegaciones de DIGIMUR, se reconoce que dos de los abonados no sab铆an leer ni escribir, otro contrato debi贸 ser firmado por la madre del titular de la l铆nea cuyos nombre y apellido coinciden, otro firm贸 con la huella dactilar y, en un 煤ltimo caso, la firma procede de un familiar puesto que el abonado hab铆a fallecido.

La sanci贸n se une a otra anterior a Uni2 por este tipo de pr谩cticas en las que se sancion贸 a este operador con sendas multas de 60.000 euros.

La resoluci贸n de la APD pone de manifiesto la zafiedad de las f贸rmulas empleadas en la captaci贸n de clientes, el nulo inter茅s de la agencia y del operador que la contrata en verificar los contratos celebrados, as铆 como en informar correctamente a los usuarios.

Por otra parte, esta resoluci贸n trae de nuevo a la actualidad la vigencia del slamming y de las pr谩cticas irregulares de captaci贸n de clientes, por m谩s que el presidente de la CMT, Carlos Bustelo se haya empe帽ado en minimizar su impacto. Una reciente encuesta de asociaci贸n de consumidores de Espa帽a se elevaba a 165.000 el n煤mero de familias afectadas por la preasignaci贸n irregular.

Ha sido precisamente ese organismo, la CMT, el que con sus desprop贸sitos reguladores de rebaja contin煤a de controles ha posibilitado un caldo de cultivo propicio para el desarrollo de estas pr谩cticas irregulares. Primero, estableci贸 la verificaci贸n de firmas de todas las solicitudes, para a continuaci贸n permitir s贸lo la verificaci贸n del 5% por parte del operador que pierde el cliente (en el caso de las conexiones de banda ancha a Internet ni eso). Ahora, apuesta por la verificaci贸n verbal, un m茅todo de control, que desarrollar谩n empresas supuestamente independientes de los operadores que incrementar谩 los problemas y la burocracia (contacto operador-cliente, contacto operador-verificador, contacto verificador ?cliente, grabaciones de cintas, trascripci贸n, controles del 5%, env铆o de documentos a los clientes sin garant铆a de recepci贸n del mismo, cumplimentaci贸n del plazo de desestimiento y, por fin, ejecuci贸n de la preasignaci贸n , etc).

Y es que, si los operadores beneficiarios, en este caso AUNA, no han sido capaces de cumplir con lo establecido en la Circular 1/1999 de la CMT que, en su apartado 3 del Anexo I, que recuerda la APD, se帽ala: ?El operador beneficiario efectuar谩 las oportunas verificaciones sobre la validez de la solicitud?. 驴Por qu茅 la verificaci贸n verbal iba a mejorar este estado de cosas?.

Mientras tanto, el ministerio de Industria y el Ministerio de Sanidad y Consumo siguen en fuera de juego, incapaces de articular un marco de derechos que incremente los controles, fije indemnizaciones para los usuarios y sancione a los operadores que se valen de estas pr谩cticas, poniendo as铆, freno a los desprop贸sitos de la CMT.

Asociaci贸n de Internautas.