Asociaci贸n de Internautas

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Ante la intenci贸n del Gobierno de reducir derecho de los telespectadores a ser informados de la programaci贸n televisiva

Ante la intenci贸n del Gobierno de reducir derecho de los telespectadores a ser informados de la programaci贸n televisiva


La Asociaci贸n de Internautas (AI), la Asociaci贸n de Usuarios de la Comunicaci贸n (AUC) y la Asociaci贸n de Derechos Civiles, Econ贸micos y Sociales (ADECES) se han dirigido al Defensor del Pueblo en solicitud de amparo ante la intenci贸n del Gobierno, a petici贸n de la Uni贸n de Televisiones Comerciales Asociadas (UTECA), de modificar la norma que regula el derecho de los telespectadores a ser informados con antelaci贸n suficiente sobre la programaci贸n televisiva.

En su escrito a esta Instituci贸n, las asociaciones firmantes, se帽alan que la Disposici贸n Adicional recogida en el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento general de prestaci贸n del servicio de radio y televisi贸n por cable, incluye la propuesta de reducir de 11 a 7 d铆as la obligaci贸n de las televisiones de informar anticipadamente de su programaci贸n y de permitir que dicha informaci贸n se difunda 煤nicamente a trav茅s de las p谩ginas de teletexto, la Gu铆a Electr贸nica de Programas o la pagina Web.

AI, AUC y ADECES, argumentan en contra de este cambio que la informaci贸n sobre la programaci贸n facilitada con la antelaci贸n adecuada ayuda a los telespectadores a planificar su ocio y tiempo libre (buena parte del cual se dedica al consumo televisivo), o sus necesidades de formaci贸n e informaci贸n; ayuda a los anunciantes a controlar el contexto de su publicidad y a determinar el grado de afinidad del target; e incluso ayuda a las televisiones a estabilizar las parrillas y mejorar la fidelidad de la audiencia.

En esta l铆nea consideran que el cambio normativo que se pretende puede perjudicar gravemente le recepci贸n de una informaci贸n adecuada por parte de los telespectadores, que todav铆a hoy se informan anticipadamente y durante mucho tiempo seguir谩n haci茅ndolo a trav茅s de diarios y revistas, las cuales, por cuesti贸n de plazo, no podr铆an ofrecer dicha informaci贸n, excluyendo as铆 a la mayor铆a de ciudadanos del acceso a la informaci贸n y, por tanto, perjudicando el inter茅s general.

Asimismo, las tres asociaciones consideran que en un panorama como el actual de multiplicaci贸n de la oferta la necesidad del conocimiento previo de la programaci贸n para planificar el consumo televisivo es cada vez m谩s importante, por lo que deber铆an ampliarse y no reducirse los canales para la informaci贸n potencial para esa programaci贸n.

En la actualidad, el Real Decreto 1462/1999, de 17 de septiembre obliga a los operadores a 聯hacer p煤blica su programaci贸n diaria con una antelaci贸n de, al menos, once d铆as聰 entendi茅ndose que dicha difusi贸n p煤blica podr谩 realizarse por cualquier medio. Plazo inferior al contemplado en otros pa铆ses de la UE. Dando cumplimiento a la Ley 25/1994, de 12 de julio, que incorpora la Directiva de la Televisi贸n sin Fronteras, que garantiza el derecho de los telespectadores a conocer con antelaci贸n suficiente la programaci贸n de televisi贸n y persigue limitar las pr谩cticas de contraprogramaci贸n de los operadores de televisi贸n聰.

En la comunicaci贸n al Defensor del Pueblo las asociaciones adjuntan diferentes informes elaborados por organizaciones e instancias sociales en relaci贸n a este asunto, as铆 como, las alegaciones elaboradas por el Consejo de Consumidores y Usuarios sobre el mencionado proyecto de Reglamento y presentadas ante el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Informaci贸n (CATSI), en representaci贸n de las diez organizaciones de consumidores que lo integran.