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Las discográficas rechazan la sentencia de Santander que absuelve a un internauta acusado de intercambiar música

Las discográficas rechazan la sentencia de Santander que absuelve a un internauta acusado de intercambiar música


Promusicae, la entidad que representa a las compañías discográficas españolas, rechazó la sentencia, hecha pública ayer en los medios de comunicación, en la que se absuelve a un usuario de Internet acusado de intercambiar archivos musicales a través de la red. Los ministros de Cultura, Carmen Calvo, y de Justicia, Juan Fernando López-Aguilar, coincidieron esta mañana con el presidente de Promusicae, Antonio Guisasola, en un acto en el Centro de Estudios Jurídicos. Durante el acto, los ministros renovaron el 'compromiso expreso' de sus departamentos contra el P2P, una fórmula 'ilegal' para la transmisión de contenidos culturales protegidos. Juicios de valor todos ellos que, lógicamente, no compartía en modo alguno ayer el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo.

Agencias- Redacción Internautas .- El colectivo de discográficas presentó en julio pasado ante la Audiencia Provincial de Cantabria un recurso contra la sentencia del juzgado de lo Penal número 3 de Santander en la que se absuelve a un internauta que intercambiaba música a través de Internet. La sentencia, fechada el pasado 14 de julio pero difundida ayer a través de los medios de comunicación, no enjuiciaba la transmisión de obras a través de sistemas informáticos P2P, como se ha dado a entender. Se refiere, por el contrario, al intercambio y comercialización de discos grabados (CD-R) a través del correo ordinario o de empresas de mensajería.

A juicio de Guisasola, 'resulta indignante que algunos quieran presentar una sentencia de primera instancia, recurrida y pendiente de resolución, como la prueba de que el P2P es legal en España'. En el caso de Santander, el encausado, J. M. L. H., ofrecía a otros internautas la grabación en formato CD-R de discos de su colección particular. Este ciudadano de 48 años contactaba con otros usuarios de la red a través de foros o correos electrónicos. Ambas partes acordaban intercambiar una serie de grabaciones y se enviaban el material por mensajero o correo postal.

El recurso de Promusicae se basa en una interpretación más amplia del ánimo de lucro de la que hacía la titular del juzgado número 3 de lo Penal, Paz Aldecoa. 'El uso que se hacía de esas copias va mucho más allá de lo que ampara la excepción de copia privada, y existe abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo que así lo acredita', apuntaron los servicios jurídicos de los productores fonográficos.

Antonio Guisasola reiteró que los programas P2P para el intercambio de obras protegidas -como canciones o películas - 'son ilegales tanto en España como en toda Europa'. 'Dejémoslo claro de una vez', insistió. 'El P2P es en cualquier caso ilegal, y en determinadas circunstancias puede ser constitutivo de delito'.

A su juicio, la sentencia de Santander, 'anecdótica pero convenientemente manipulada desde determinados círculos tecnológicos', sólo puede 'servir a los intereses de quienes vulneran sin escrúpulos la legalidad y se vanaglorian de ello', concluyó.

Juicios de valor todos ellos que, lógicamente, no compartía en modo alguno ayer el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo.

Hablan los internautas

Domingo consideró «absolutamente natural» la sentencia dictada por Paz Aldecoa y aseguró que lo que les tiene «realmente preocupados» es que el Ministerio Fiscal «haya actuado de parte y haya querido poner a un internauta dos años en la cárcel y una multa con unas sumas asombrosas por el mero hecho de intercambiar archivos».

El presidente de los internautas recordó que los internautas «ya estaban pagando cánones por los soportes digitales» así como por los soportes de «escáner, impresoras y un montón de aparatos, incluso hasta varias veces, por poder ejercer el derecho a la copia privada». Asimismo, afirmó que «simplemente hay que mirar la ley» para corroborar que ésta «dice exactamente eso», es decir, que el intercambio de archivos sin ánimo de lucro no es delito, «aunque las obras sí estén protegidas por los oportunos y preceptivos derechos de autor».

¿Campaña?

Domingo señaló que existe una campaña en la que participa parte del Ministerio Fiscal, el Ministerio de Justicia y el de Cultura «para criminalizar Internet». Asimismo, criticó que a los internautas se les impongan cánones «abusivos, indiscriminados y muchas veces arbitrarios», además de intentar «criminalizar una actividad que, como ha dicho la jueza de Santander es una actividad legal, siempre que no haya ánimo de lucro».

Por otro lado, recordó que para que exista la piratería ha de estar implícito el ánimo de lucro, y afirmó que el intercambio de archivos y música sin la mediación de dinero, «no es piratería». Además, señaló que esta sentencia puede ayudar sin duda a aclarar este concepto «del que todo el mundo habla».

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