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Las telef贸nicas no est谩n obligadas a ceder los datos de los clientes que descargan m煤sica

Las telef贸nicas no est谩n obligadas a ceder los datos de los clientes que descargan m煤sica


El Tribunal de la UE ha dictaminado que las compa帽铆as telef贸nicas no est谩n obligadas a ceder los datos de los usuarios que realicen intercambios de m煤sica P2P.

EL Mundo - EFE - Una sentencia indica que Telef贸nica no tiene la obligaci贸n de ceder a la asociaci贸n de productores y editores de m煤sica de Espa帽a (Promusicae) los datos de sus usuarios de internet que realizan descargas de m煤sica.

Los jueces europeos concluyeron que "el derecho comunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protecci贸n efectiva de los derechos de autor, en el marco de un procedimiento civil".

No obstante, la sentencia tambi茅n insta a los estados miembros a que, al adaptar las Directivas, "procuren basarse en una interpretaci贸n de 茅stas que garantice un justo equilibrio entre los distintos derechos fundamentales protegidos por el ordenamiento jur铆dico comunitario".

Adem谩s, a帽ade que los tribunales nacionales no deben basarse en una interpretaci贸n de las directivas que "entre en conflicto con dichos derechos fundamentales o con los dem谩s principios generales del Derecho comunitario, como el de proporcionalidad".
Derecho comunitario

Para resolver la cuesti贸n, los jueces han analizado la normativa europea sobre propiedad intelectual, privacidad y comunicaciones electr贸nicas y protecci贸n de datos personales.

El Tribunal record贸 que entre las excepciones permitidas por la normativa europea sobre protecci贸n de datos personales figuran las medidas necesarias para la protecci贸n de los derechos y libertades de otras personas.

La legislaci贸n sobre privacidad y comunicaciones electr贸nicas "no excluye la posibilidad de que los Estados miembros impongan el deber de divulgar datos personales en un procedimiento civil. Pero tampoco obliga a los Estados miembros a imponer tal deber", seg煤n un comunicado del Tribunal.

En cuanto a las Directivas en materia de propiedad intelectual, la sentencia precisa que "tampoco obligan a los pa铆ses a imponer el deber de comunicar datos personales en el marco de un procedimiento civil con objeto de garantizar una protecci贸n efectiva de los derechos de autor".
M谩s de dos a帽os de proceso

El dictamen del Tribunal se emite en relaci贸n con una denuncia de Promusicae contra Telef贸nica, en un caso elevado por un tribunal de Madrid a los jueces europeos.

Promusicae solicit贸 a finales de 2005 que se obligase a Telef贸nica a revelar la identidad y la direcci贸n de determinados clientes que compart铆an m煤sica (sin permiso de los due帽os de los derechos) mediante el programa de intercambio de archivos P2P ('peer to peer') KaZaA y de los que se conoc铆a la direcci贸n IP de sus ordenadores.

El Juzgado de lo Mercantil n潞5 de Madrid remiti贸 una consulta al Tribunal de la Uni贸n Europea para que 茅ste analizase el caso bajo la legislaci贸n europea, y la sentencia de hoy es el resultado.

Telef贸nica consider贸 desde el principio que s贸lo est谩 autorizada a facilitar los datos que reclaman las discogr谩ficas en el marco de una "investigaci贸n criminal o para la salvaguardia de la seguridad p煤blica y la defensa nacional", y no para un proceso civil o como medida preparatoria.

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