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Las entidades locales quieren revisar el pago de los derechos de autor a la SGAE

Las entidades locales quieren revisar el pago de los derechos de autor a la SGAE


La comisión ejecutiva de la Federación Navarra de Municipios y Concejos acordó el 26 de febrero dirigirse a la Federación Española de Municipios y Provincias y a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) para intentar "regularizar" el pago de los derechos de autor que abonan las entidades locales a esta sociedad por los espectáculos que programan. Los ayuntamientos y concejos navarros consideran que la facturación es confusa porque no se detallan los conceptos por los que se cobra, y abusiva, ya que la SGAE factura porcentajes o tarifas fijas, sin distinguir si se han interpretado obras de los autores a los que representa o de otros.

P. GORRÍA NOTICIAS DE NAVARRA PAMPLONA . La FNMC encargó el año pasado un informe jurídico ante la petición de varios coordinadores y responsables de cultura de localidades navarras que consideran que "no hay claridad sobre el objeto al que la SGAE aplica sus tarifas y, en ocasiones, éstas resultan bastante ininteligibles". También entienden que en los espectáculos gratuitos o subvencionados "la aplicación del canon del 10% o del 7% sobre los gastos del mismo es una carga excesiva para el ayuntamiento, difícil de asumir y que puede derivar en la práctica en que la entidad local se cuestione la programación".

Las tarifas de la SGAE se basan en el derecho de explotación como comunicación pública que reconoce la Ley de Propiedad Intelectual, entendiendo por comunicación pública "todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas". Así, los ayuntamientos tienen que pagar derechos de autor por las numerosas actividades que organizan, fundamentalmente las representaciones escénicas, la exhibición de películas y otros productos audiovisuales y los eventos de música en directo de todo tipo, incluidos bailes, charangas, conciertos, etc, tanto en espacios abiertos como en locales cerrados.

Para ello, la SGAE tiene establecidas distintos porcentajes y tarifas fijas, según sean espectáculos con taquilla o gratuitos, y también en función del número de habitantes. Desde 1996 existe un convenio suscrito entre la sociedad de autores y la Federación Española de Municipios y Provincias al que las entidades locales pueden adherirse y que supone una rebaja del 25% en las tarifas y a cambio exige una serie de requisitos "que tal vez no se compensan con las ventajas que supuestamente había de reportarles", señala el informe.

ABUSOS El informe de la FNMC constata que en los supuestos que la SGAE denomina repertorio de pequeño derecho "sólo tiene en cuenta el hecho de la celebración de un evento artístico para aplicar sus tarifas, independientemente de que las obras que se hayan interpretado sean de dominio público o el autor haya cedido la gestión de sus derechos a la SGAE", y asegura que este criterio, que podría ser válido cuando funcionaba en régimen de monopolio, "no encaja con el nuevo régimen jurídico de la propiedad intelectual". Es decir, la SGAE, que tiene establecido que las tarifas no son fraccionables, cobra por todo lo que se interpreta en un concierto, baile o charanga, aunque contenga piezas de dominio público (que hayan pasado 70 años desde el fallecimiento de su autor) u otras de autores no representados por la sociedad. Eso supone, según el informe "cobrar por derechos que no se ostentan". Esta interpretación ha dado lugar a procesos judiciales en todo el país entre ayuntamientos y sociedades de autores. La jurisprudencia del Tribunal Supremo exime a éstas de acreditar que ostenta la gestión de los derechos que reclama. Esto deja a los ayuntamientos prácticamente sin defensa ya que "la entidad local ni siquiera sabe qué obras ha interpretado el artista contratado", señala el informe. No obstante, existen resoluciones de tribunales inferiores que empiezan a cuestionar esta situación. Para ello, ha sido preciso que los demandados hayan probado que la música que comunicaban no era repertorio SGAE, por lo que el informe de la FNMC recomienda a los ayuntamientos solicitar a los artistas el repertorio que van a interpretar.

Otro aspecto que el informe considera "contrario al ordenamiento jurídico" es que en los espectáculos sin taquilla, la sociedad de autores facture un porcentaje sobre el presupuesto total, que puede incluir acciones de publicidad, el viaje y la estancia de los artistas o el coste del escenario, cuestiones que nada tendrían que ver con los derechos de autor.