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¿Autocontrol? Y eso ¿qué es?

¿Autocontrol? Y eso ¿qué es?


Autocontrol debe significar saber hasta donde se puede llegar; no ha de ser necesario que los usuarios tengamos que andar persiguiendo a las empresas para que cumplan las normas. Sólo en casos extremos debería ser necesario que los organismos intervengan. Pero hay veces que lo de autocontrol queda aparcado, sobre todo en campañas agresivas o con una competencia feroz.

Hace unas semanas un consumidor estimó que la publicidad del operador de telefonía móvil Yoigo no se ajustaba a la normativa legal vigente; en concreto él incumplimiento se refería a la tarifa llamada “la del ocho” tanto en televisión como en internet, esa en que los muñecos de Yoigo están en la Revolución Francesa. A lo largo de la propaganda se reitera el coste de las llamadas: 8 cent./min. En esencia la reclamación presentada ante la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol), es esta: la publicidad podría ser ilícita al no informar si se incluyen o no los impuestos en ese precio.

La nueva redacción de la ley 44/2006, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios, especifica en su artículo 13.d que «en toda información al consumidor sobre el precio de los bienes o servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo». Autocontrol trasladó a la compañía Xfera Móviles, propietaria de la marca comercial Yoigo, la reclamación y… ¡Oh sorpresa! La ley se aplica o no según nos interese.

Las alegaciones de esta empresa distinguen entre la publicidad insertada en televisión y aquella insertada en su página de internet: «Es intención de esta parte [de Yoigo] que no se confunda la publicidad realizada en televisión con la información que se presta a los consumidores a través de la Web, por ser dos casos totalmente diferentes».

Xfera está diciendo, claramente, que la publicidad debe o no cumplir con la ley según el medio por el que se difunde. Y si decirnos que la publicidad en determinados medios no tiene que ajustarse a la Ley, más grave es decir que «la página principal de la Web de Yoigo muestra las diferentes opciones o productos de la Compañía, pero resulta imposible que pueda informar sobre absolutamente todos los aspectos de la misma».

¿Cómo hace entonces un usuario para saber cuánto le va a costar realmente un servicio? ¿Espera a que le llegue la factura y la da por buena en cualquier caso? ¿Por qué sólo a través de internet puedo saber el precio real de un servicio? ¿Y si no tengo acceso a internet porque no me da la gana tenerlo?

Xfera acepta retirar la publicidad de televisión, lo que demuestra que la misma no cumplía las normas, pero no se puede admitir que la información que se da por medios diferentes no sea la misma.

Más aun: la propia resolución de Autocontrol cita el Código de Conducta Publicitaria. En la norma 14 del mismo se dice que la «publicidad no deberá ser engañosa. Se entiende por publicidad engañosa aquélla que de cualquier manera, incluida su presentación […] induce o puede inducir a error a sus destinatarios». Si yo tengo que andar buceando en una información para encontrar todos los datos que me hacen falta la publicidad puede inducir a error porque nunca estaré seguro de haber encontrado todo lo que me haría falta.

Y desde luego es totalmente inadmisible que cualquier empresa se escude en que resulta imposible informar de todos los aspectos que interesan a los clientes y, mucho menos aludiendo a Internet, porque todos sabemos lo ilimitado de sus recursos para ofrecer todo tipo de información en una página web. Si Yoigo duda de esto, es que algo falla en esa empresa.

Artículo de Angel Matilla