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Ley Hadopi. Aprobada una Ley barroca y un culebrón a la francesa

Ley Hadopi. Aprobada una Ley barroca y un culebrón a la francesa


La Asamblea nacional francesa - el equivalente al Congreso de diputados- acaba de aprobar el proyecto de Ley “Creación e Internet” o Ley Hadopi, que penaliza con la suspensión de la conexión de Internet en el caso de las descargas consideradas ilegales, después de un proceso de 3 avisos previos: dos correos electrónicos y una carta postal certificada.

La ley recoge una serie de aspectos técnicos y legales que la van a convertir en un culebrón para su implantación por su impacto. Y considerando que, por el momento, es el referente de la SGAE y del Ministerio de Cultura para España, podemos señalar algunos aspectos curiosos:

Complicará la gestión y las cuentas de los proveedores de servicios de conexión (ISP). En efecto, en el caso de que se le suspenda la conexión a un usuario, éste no tendrá que pagar la cuota de su abono durante el tiempo de suspensión. Para los usuarios con abonos tipo dúos o tríos (Internet+teléfono y televisión), en caso de corte de su conexión, los proveedores de servicios deberán suministrar el precio detallado de cada servicio y los usuarios únicamente deberán abonar los servicios no suspendidos (teléfono y acceso a las cadenas de televisión).

Introduce el “puedo prometer y prometo por mi honor, que no lo haré más”. El tiempo de sanción será de dos meses completos, sanción que se puede reducir a un mes si el usuario “infractor” se compromete moralmente a no descargar y, al mismo tiempo, abstenerse de cualquier recurso contra la sanción. Si el internauta no cumple su palabra, la sanción podrá ampliarse a un año.

El usuario tendrá la opción de autolimitarse. Si un usuario sancionado necesita Internet para su actividad profesional, la ley tiene previsto que, en ciertos casos, el internauta sancionado deberá instalar un software especial para bloquear determinados sitios y software que permite las descargas.
El espíritu G20 impregna la ley y le da un toque barroco. Se permitirá piratear a aquellos autores que residan en paraísos fiscales. Por tanto, antes de descargar, sería recomendable verificar dónde tiene fijada la residencia el autor de la obra.

Poco importará quien descargue, el titular del contrato de acceso a Internet será considerado el responsable. Por tanto, de acuerdo con la ley, los titulares del acceso deberán de contar con el correspondiente software de “seguridad” para poder, en caso descargas ilegales, demostrar su buena fe. Obviamente, la Alta Autoridad para la difusión de las obras y la protección de la creación en Internet (HADOPI; será quien determinará que productos son los válidos. Aspecto que plantea un tema polémico porque deja en una situación de indefensión a los usuarios de software abierto.

En fin, nace una Ley cuestionada técnicamente, diversos estudios técnicos señalan que los dispositivos para el corte de acceso de Internet no estarán operativos antes del 2011, y jurídicamente ya que es probable que el Consejo constitucional considere que la suspensión del abono a Internet, decidido por una alta autoridad administrativa independiente, y privativa de libertad, introduce una ruptura de la igualdad entre ciudadanos. Además, el derecho europeo tiende a considerar Internet como un derecho fundamental que se impone sobre el derecho francés.

Fuentes: Le Monde y Le Figaro

Reproducido de Rizomática




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