Asociación de Internautas

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Nuestra amiga la Sgae

Nuestra amiga la Sgae


Hace mucho tiempo que tenía ganas de dedicar un blog a la Sociedad General de Autores de España, también conocida como “las SGAE”. Hablar mal de la SGAE sería algo bastante fácil y sencillo, basta navegar un poco por la Red;para darse cuenta de la clase de sentimientos que genera la citada institución, pero prefería hacerlo desde un punto de vista objetivo, con mesura y sin dejarme llevar por el apasionamiento… me ha costado casi medio año, pero al fin creo que estoy preparado para ello.

Otro motivo por el que seré muy cuidadoso es que no me apetece la idea de que me demanden, ya que según recoge wikipedia, uno de los responsables de la SGAE, Pedro Farré, declara que se denunciará toda web que albergue contenido difamatorio contra la organización, haya sido incluido o no por el responsable de la página o portal en cuestión, así que me cuidaré muy mucho de difamar a nadie de la SGAE o faltar a la verdad, que no quiero lío alguno con esos estupendos seres humanos…

Para empezar por algún sitio, haremos lo que hace cualquier persona cuando no tiene conocimiento sobre un tema concreto y quiere tenerlo, buscaremos la información en Internet utilizando para ello un buscador; y con el objeto de ser lo más objetivo posible, utilizaremos el que utiliza casi todo el mundo: Google. Ya estamos como siempre, ya tengo al rarito de siempre tocando los tachines y comentándote que él utiliza Bing. Vale, él que utilice Bing, nosotros utilizaremos Google. Abrimos el buscador e introducimos “SGAE” en la caja de texto, pulsamos “Buscar” y este es el resultado que arroja a día de hoy:


  1. En primer lugar aparece, como resulta lógico deducir, la página web de la propia SGAE. No tengo nada que decir al respecto salvo comentaros que tengáis cuidado con esta página y os explico el porqué. Veréis, con el objeto de protegerme algo mejor de los miles de virus informáticos que campan por doquier, además de programas antivirus, antiespía y antimalware, utilizo un plugin para el navegador llamado WOT (http://wot-ie.softonic.com/). Dicho plugin, que es gratuito, cataloga las páginas en función de su peligrosidad, de manera que mediante iconos de colores nos permite conocer la peligrosidad de una página antes de entrar en la misma. Para identificar si una página web es segura o no, WOT utiliza una especie de rosquilla de color; dependiendo el color de esta rosquilla puede saberse si la página web es segura (rosquilla verde), es de seguridad dudosa (rosquilla amarilla) o es muy peligrosa (rosquilla roja). Normalmente las páginas señalizadas en rojo coinciden con páginas web que practican la estafa (pishing), distribuyen programas malintencionados (es decir, programas que pueden dañar nuestros ordenadores), aplicaciones espía o virus informáticos, o que utilizan el spam como medio publicitario. Bien, la página de la SGAE tiene un aviso rojo; es decir, máxima peligrosidad. Poco más puedo comentar a este respecto…

  2. En segundo lugar aparece la wikipedia, nada que añadir salvo que me gusta la wikipedia.

  3. En tercer lugar aparece la URL: http://putasgae.info/ ¿Sabéis? No es fácil aparecer en tercera posición al hacer una búsqueda en Google. Lo que resulta más curioso de todo es que dicha web aparece con una rosquilla verde de WOT, lo que significa que es una dirección segura y confiable, ¿curioso, verdad? Quisiera aprovechar para recalcar que yo no conocía esta web antes de realizar la búsqueda, que no la he visitado jamás y que la Asociación de Internautas fue condenada a pagar una indemnización de 36.000 euros por alojar este site. (¡Glub!) 


    Por cierto, que adjunto una captura de pantalla del resultado de la búsqueda de SGAE en el buscador para demostrar que todo cuanto indico es cierto, que repito que no quiero problema alguno con esa magnífica institución.





    Como anécdota comentaros también que cuando introducimos la palabra “ladrones” en Google, a fecha de 14 de junio de 2.010 aparece el resultado que podéis observar en la siguiente imagen y que a modo de resumen os puedo indicar que en la séptima u octava referencia, según se mire, hace una referencia directa a la página web de la SGAE (con la consabida rosquilla roja). Como añadido y citando de nuevo a wikipedia, Teddy Bautista ha acusado de «fascismo» a Google por este hecho, lo que ignoro es si Google ha demandado a Teddy bautista por difamación…



    Me hubiese metido en la página web de la SGAE para trasladaros parte de su historia, pero dado que ha quedado claro que confío en el criterio de WOT (y hasta ahora me ha ido bastante bien) y que aprecio bastante la integridad de mis datos y de mi ordenador, optaré por buscar la información en fuentes alternativas, remitiéndome a wikipedia una vez más.


    Bien, aunque la institución de la SGAE tiene ya más de cien años de historia, no ha sido hasta hace 20 años cuando ha alcanzado una gran notoriedad a raíz del conflicto que le ha enfrentado a la industria electrónica por la aplicación a los nuevos soportes digitales del llamado "canon compensatorio por copia privada". Los fabricantes sugirieron en su día la introducción de una tasa genérica que compensara a los autores por las copias que realizarán los usuarios con las nuevas grabadoras de casetes y vídeo que se proponían introducir al mercado, pero al solicitar la sociedades de gestión su ampliación a los nuevos formatos, se opusieron a ello, financiando campañas publicitarias y la creación de asociaciones y elementos propagandísticos, como la famosa plataforma "Todos contra el canon", que han hecho mella en la imagen pública de la entidad, que se ha ganado el rechazo de un amplio sector de la sociedad por el cobro del llamado canon digital, cuya recaudación se reparte entre los asociados.

    Cabe citar que la abogada Verica Trstenjak del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que el canon digital impuesto en España por la SGAE es considerado ilegal por realizarse de forma indiscriminada, tanto a empresas como profesionales para fines ajenos a la copia privada.

    Si consultamos la Constitución Española y nos dirigimos al Título I que trata sobre los derechos y deberes fundamentales, encontramos que en la Sección I el artículo 24 recoge lo siguiente:


    1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

    2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.

    Si relacionamos esto con la remuneración compensatoria por copia privada o canon por copia privada, que es una tasa aplicada a diversos medios de grabación y cuya recaudación reciben los autores, editores, productores y artistas, asociados a alguna entidad privada de gestión de derechos de autor, en compensación por las copias que se hacen de sus trabajos en el ámbito privado, observamos que la cosa tiene su miga, porque se carga por completo la presunción de inocencia. En este caso concreto y en contra de lo que recoge la Carta Magna, todos somos culpables mientras no se demuestre lo contrario… ¿Creéis de verdad que esto podría ocurrir en países del primer mundo…? ¿Qué os puedo decir? Resulta cuanto menos cuestionable el hecho de que vaya a comprar un CD para grabar las fotos de la comunión de mi sobrina Merceditas, por ejemplo, y que tenga que pagar un canon por si hago otra cosa con ese CD, de juzgado de guardia... Ya puestos y viendo que esto es Jauja, lo que no entiendo es cómo este tipo de canon no se extiende a otros hábitos de la vida cotidiana. Imaginemos la siguiente escena:



    - Hola, buenos días.

    - Buenos días, ¿en qué puedo ayudarle?

    - Pues verá, necesitaba un par de taburetes para la cocina.


    - ¿Y ha pensado en algún tipo de taburete en concreto?

    - Nada especial, tengo una encimera alta en la cocina y quería dos taburetes para poder desayunar en ella con mi señora. En principio no tenemos pensado nada en concreto aunque nos gustaría que tuviesen ruedas y que fuesen de acero mate, la cocina la tenemos así.

    - Entiendo, en acero mate y con ruedas. Veamos, ¿necesita que tengan respaldo?

    - En realidad no, son solo para desayunar y apenas estaremos en ellas cuatro o cinco minutos.

    - Perfecto, ¿y el asiento? ¿Lo desean acolchado? ¿De plástico? ¿De madera? ¿Anatómico?

    - No, uno normal nos basta, de plástico mismo. Algo baratito y funcional, ya sabe.

    - Muy bien, pues con las características que me indica tendría el modelo “Sevilla” que sale muy bien de precio. Mire, sería este, como ve tiene ruedas de policarbonato altamente resistente, estructura de acero en mate y asiento rígido anatómico, ¿qué le parece?

    - Muy majo, me gusta… ¿Y a cuánto sale?


    - Pues sale en ochenta y tres euros más el canon.

    - ¿Qué canon?

    - El canon “por uso distinto al de taburete”.

    - No entiendo, ¿está de broma?

    - No, en absoluto. Es un nuevo canon con el que se graban desde hace dos meses a todas las compras de taburetes que se hagan y que contempla aquellos usos que puedan hacerse del taburete y que sean distintos al de sentarse.

    - ¿Y para qué coño se puede usar un taburete si no es para sentarse?

    - Se sorprendería si le contase… Lo que puedo decirle es que de momento el canon se deriva hacia tres instituciones diferentes, que son la Sociedad General de Actividades Sexuales No Programadas (SGASNP), la Sociedad General del Bricolaje (SGB) y la Sociedad General de Armas Españolas (SGAES), con ese al final, no hay que confundirlo con la SGAE.

    - Me está vacilando. ¿Qué es? ¿Una cámara oculta…?


    - No señor, en absoluto. Piense un poco. Imagínese que se acaban de levantar y está desayunando con su mujer en el taburete. Ella lleva un camisón muy sexy que deja entrever un poco el pecho y a lo tonto a lo tonto, le entran ganas de… Y dicho y hecho, que se ponen allí mismo a procrear, sobre el propio taburete… y es justamente ahí donde entraría el canon “por uso distinto al del taburete” ya que no se puede decir que lo estuviese usando para sentarse en ese preciso momento…

    - Definitivamente me está vacilando además de no tener ni idea de cómo es mi señora...

    - ¡Que no, que no! Por otra parte, imagínese que el vecino de abajo llama a su puerta y se pone hecho un energúmeno porque juzga que pone la televisión muy alta. Y entre insulto e insulto se va violentado hasta que pierde los papeles e intenta agredirle. Usted intenta evitar la confrontación, pero el vecino se le echa encima y empieza a golpearle. Al final no le queda más remedio que defenderse y para ello engancha lo primero que tiene a mano, ¿y qué es? Efectivamente, el taburete. ¿Ve? Otro uso distinto del previsto...

    - No, si visto así…

    - Y el tercer canon, el de la SGB es bien claro. Quiere clavar un clavo para colgar un cuadro y por más que ha buscado no encuentra el dichoso martillo. Además, permítame que use a su mujer de nuevo, a la que por cierto no conozco de nada, le está volviendo loco con que para una cosa que le pide, que si nunca mueve una paja, que si tal que si Pascual... Al final, harto de la situación coge el taburete y clava el dichoso clavo con él. ¿Ve? Otro uso distinto del taburete… Si al final lo tienen todo pensado.

    - Oiga, y si yo no uso el taburete más que para sentarme, que es para lo que lo quiero, ¿qué sucede…?

    - ¿Me permite que le hable con franqueza…?


    - Sí, claro, por supuesto.

    - Bien, en ese caso se jode, así de sencillo.

    - Pues vaya. ¿Y cuánto es el dichoso canon?

    - El total de los tres canon es de cincuenta euros.

    - ¿Cincuenta euros…? Pero eso es un atraco.

    - Oiga, es lo que hay, yo no he escrito la ley y se rumorea además que van a poner un cuarto canon después del verano, aunque aún es pronto para decir nada.

    - Prefiero no saber para qué es. ¿Y esto es legal…?

    - Pues debe serlo porque es lo que hay.

    - ¿Y no se queja nadie?


    - Sí, se quejan mucho pero al final pagan, esto son lentejas, si quieren un taburete…

    - Pues a mí me parece un abuso, ¿qué quiere que le diga? Mire, gracias por la información, pero de momento voy a pensármelo, cincuenta euros por taburete me parece mucho dinero. Ya me pasaré si eso, muchas gracias.

    - No hay de qué, buenos días señor.

    Pues por surrealista que pueda parecer este ejemplo, pasan cosas mucho más extrañas en la vida real y es que ya sabéis que en muchas ocasiones la realidad supera con creces a la ficción. A modo de ejemplo y citando de nuevo la wikipedia destacar algunos casos como el sucedido en enero de 2006, en el que la organización decidió devolver los 518 euros que había hecho pagar, tras una denuncia, a la compañía de teatro Taller Cultural de Fuentepelayo (Segovia), una organización sin ánimo de lucro que se encuentra formada en su mayor parte por niños discapacitados. Aunque desde la SGAE se aseguró que el proceso fue fruto de un “error”, algunos creen que la marcha atrás fue debida a la campaña de denuncia que se levantó en los meses previos en diversos blogs y portales de internet.

    En abril del 2009, la SGAE amenazó con impedir un concierto benéfico de David Bisbal, cuya recaudación en principio iba a dirigirse íntegramente al tratamiento de un niño de 5 años aquejado del Síndrome de Alexander, si no se le entregaba el 10% de la recaudación. Finalmente, la organización pagó 5.000 € a la SGAE, pero tras aparecer la noticia en diversos medios, y ante la respuesta negativa de la opinión pública, el organismo de gestión devolvió el dinero recaudado en forma de donación.

    La prensa se hizo eco en el verano de 2009 de unas incendiarias declaraciones de políticos locales de Zalamea de la Serena (Badajoz) y Fuente Obejuna (Córdoba) según las cuales, la sociedad reclamaría 24.000 y 30.000 euros respectivamente a cada uno de esos ayuntamientos por las representaciones populares de obras clásicas del teatro español. La primera representación utilizó la adaptación de Francisco Brines, la segunda la de un autor que no es socio de la SGAE. Algo similar se oyó respecto a las fiestas de moros y cristianos de algunos pueblos del Levante.


    En fin, que como dijo Don Quijote, “con la Iglesia hemos dado, Sancho”, para los que tengáis Internet y ganas de ampliar información, hay miles de páginas en Internet que hablan ampliamente sobre el tema; eso sí, instalaros WOT y tened cuidado de no meteros en páginas que puedan resultar peligrosas para la integridad de vuestros datos y discos duros, ya sabéis, las que tengan una rosquilla roja…

    Por mi parte solo quisiera añadir que he pedido permiso a la revista El Jueves para poder publicar como foto del blog una portada suya que versa sobre el asunto (estoy esperando su respuesta) y que en este blog no he difamado, insultado o vilipendiado a ninguna institución ni a ningún miembro de las SGAE, más bien al contrario, la SGAE me parece una respetable institución que vela por los intereses de sus afiliados y socios, personas todas ellas estupendas y respetables, a las que yo admiro y les deseo los mejores parabienes y que Dios les guarde por muchos años. Respecto a la información dada ha sido recogida de wikipedia, sin que yo haya añadido o modificado nada. Una vez salvaguardada mi integridad penal, solo me queda despedirme de todos hasta la semana que viene.

    Por cierto, que quisiera echarme una flor y felicitarme a mí mismo por haber conseguido hablar de la SGAE sin mencionar a ningún cantante (ni siquiera a ese), lo cual creo que es meritorio.

    Un fuerte abrazo para todos y en especial para la noble gente de la SGAE.

    Reproducido de La Alhacena



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