Asociaci贸n de Internautas

Logo 1

El uso del correo electr贸nico en horario laboral enfrenta empresas y sindicatos


El goteo de casos judiciales sobre el uso e inspecci贸n del correo electr贸nico en las empresas espa帽olas evidencia una interpretaci贸n muy distinta del marco jur铆dico por parte de los sindicatos y de las empresas. Al no contemplar las leyes una normativa espec铆fica sobre el correo electr贸nico laboral, las disputas judiciales se basan en apelaciones a art铆culos que, por analog铆a, ser铆an aplicables en este tipo de conflictos.


TOM脌S DELCL脫S.- El n煤cleo de la pol茅mica se centra en dos conceptos. Por un lado, la literatura empresarial sostiene que el trabajador que gestiona una cuenta de correo electr贸nico de la empresa est谩 utilizando una herramienta de la misma que est谩 pensada para usos laborales.

Dado que las leyes contemplan una responsabilidad de las empresas por las conductas de sus trabajadores en las mismas, 茅stas argumentan que necesitan unas m铆nimas facultades de vigilancia sobre tales conductas. Igualmente rechazan que la revisi贸n del correo electr贸nico de un trabajador vulnere el derecho a la intimidad porque se supone que en este correo profesional no hay tr谩fico de datos personales o privados.

Negociaci贸n

Los sindicatos consideran inadmisible que las empresas restrinjan un derecho fundamental de los ciudadanos. El derecho a la intimidad sigue siendo exigible aunque se est茅 en una oficina y ha de prevalecer sobre el derecho que da la propiedad de la herramienta. Ante el vac铆o legal, los sindicatos consideran que la mejor f贸rmula es negociar en las empresas y convenios un protocolo de uso de las nuevas tecnolog铆as por parte de los trabajadores.

La monitorizaci贸n del correo de un trabajador y su apertura por parte de la empresa preocupan a los sindicatos. 脡stos defienden que se aplique el mismo criterio que establece el Estatuto de los Trabajadores para la apertura e inspecci贸n de una taquilla personal. 脡sta s贸lo puede abrirse por parte de la empresa si se sospecha de la conducta de un trabajador concreto y debe hacerse en presencia de una tercera persona, representante de los trabajadores, que testimonie la pulcritud de la inspecci贸n. En el caso del correo electr贸nico el miedo sindical a una inspecci贸n unilateral por parte de la empresa se centra, al margen del derecho que consideran vulnerado, en una posible manipulaci贸n digital de los contenidos. La Asociaci贸n de Internautas y CC OO han pedido la reforma del Estatuto de los Trabajadores.

Seg煤n una encuesta de PwC e IESE entre 91 empresas espa帽olas, una de cada tres grandes compa帽铆as proh铆be el uso privado del correo electr贸nico. Cuatro de cada cinco grandes firmas tienen alguna pol铆tica sobre uso de la Red, pero menos de la mitad aplica c贸digos que la definan. El correo est谩 menos controlado (24%) que la navegaci贸n por Internet. S贸lo el 12% permite usar libremente Internet y un 14% aplica esta pol铆tica al correo digital. Un 17% asegura supervisar a todos sus trabajadores.

Ya en 1998, una empresa catalana de componentes de autom贸vil despidi贸 a dos empelados por remitirse mutuamente correos obscenos sobre una empleada. Fue la propia ofendida quien descubri贸 los mensajes y la empresa bas贸 su decisi贸n en tres conceptos: poner en peligro la reputaci贸n de la firma, usar las instalaciones con fines personales y hacerlo en horario laboral.

En diciembre de 2000, una empresa alicantina tuvo que indemnizar con un mill贸n de pesetas a uno de sus trabajadores, representante sindical, por violar su correo. En 2001, la delegaci贸n madrile帽a de una multinacional tuvo que readmitir a un trabajador, representante sindical porque, desde Estados Unidos, hab铆an pinchado en dos ocasiones su correo para probar su escasa productividad. El juez sostuvo que se hab铆a vulnerado la libertad sindical y el derecho a la intimidad.

El BBVA y los sindicatos del banco tienen un conflicto abierto por el env铆o a los empleados de comunicados sindicales a trav茅s del correo digital de la entidad. La Audiencia Nacional dio la raz贸n a CC OO en su demanda para transmitir noticias de inter茅s sindical a trav茅s del correo. El Tribunal Supremo contradijo esta sentencia, apoyando la tesis del banco en el sentido de que los afiliados tienen derecho a recibir informaci贸n sindical pero ninguna ley establece que la empresa deba facilitar los medios materiales para ello.

El caso est谩 pendiente de un recurso ante el Constitucional.

Autorregulaci贸n

Otro caso notorio fue la imputaci贸n a tres cargos del Deutsche Bank en Espa帽a por interceptar y reproducir 140 correos de un trabajador para respaldar su despido por el uso indebido de una herrameinta de la empresa.

El juzgado laboral hab铆a declarado procedente el despido del trabajador, pero 茅ste se ampar贸 en el c贸digo penal que dentro de los delitos contra la intimidad cita el apoderarse sin consentimiento "de papeles, cartas, mensajes de correo electr贸nico o cualesquiera otros documentos o efectos personales". El trabajador retir贸 la acusaci贸n tras un pacto econ贸mico con la entidad.

Para el catedr谩tico de Derecho Constitucional Marc Carrillo no se debe centrar tanto el debate en el derecho a la intimidad como en la inviolabilidad de las comunicaciones.

"El ciberespacio ha de someterse a las mismas reglas, ni m谩s ni menos, que otros tipos de comunicaciones". Para Carrillo no se puede hacer ni una advocaci贸n indiscriminada a la inviolabilidad ni a la libertad de empresa y los trabajadores han de tener conocimiento de las condiciones de uso de las herramientas empresariales, pero "este conocimiento previo no justifica condiciones abusivas. "La mejor soluci贸n es fijar un c贸digo de buenas pr谩cticas en los convenios a partir del principio de lealtad mutua. En el 谩mbito anglosaj贸n, la autorregulaci贸n es una f贸rmula que ha funcionado" .

Reproducido de CiberPa铆s