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Contexto pol铆tico de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual espa帽ola


El pasado viernes el Gobierno aprob贸 su proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. Esto no quiere decir que la ley haya sido aprobada, puesto que todav铆a queda todo el tr谩mite parlamentario, que puede tardar unos meses.

Por David Maeztu en Alt1040 .- Hay que decir tambi茅n, que el propio gobierno contempla estas medidas como un parche a la espera de una mayor revisi贸n en profundidad de la norma. As铆, la Disposici贸n Final Tercera dice que el Gobierno en el plazo de un a帽o realizar谩 con los sectores interesados una reforma integral para adaptarla plenamente a las necesidades de la sociedad del conocimiento.

Pero para poder entender el contenido y urgencia de la reforma, debemos tener cierto contexto sobre la situaci贸n que provoca la misma y que explica 5 de las grandes decisiones que contiene.

Estas decisiones son:

La modificaci贸n del uso de obras en instituciones de ense帽anza,
La pr谩ctica desaparici贸n de la copia privada.
La posibilidad de perseguir a los usuarios por las infracciones que cometan en la red.
La creaci贸n de un derecho para los editores de medios de comunicaci贸n por el uso de fragmentos de sus art铆culos por agregadores.
La regulaci贸n de supuestos para encajar la actividad de las webs de enlaces.

Pues bien, con la asunci贸n del canon digital por el estado en 2012 se pas贸 de una situaci贸n en la que las entidades de gesti贸n recib铆an sobre los 110 millones de euros a s贸lo 5. Posiblemente la m谩s perjudicada, siendo la segunda m谩s importante tras SGAE, fue CEDRO (entidad de gesti贸n de textos) que pas贸 de recibir casi 19,29 millones de euros en 2011 a 1.024.991 euros en 2012, seg煤n sus propias memorias.1

CEDRO son los autores, pero tambi茅n hay editores, grandes editoriales como Planeta, SM, etc. Ni que decir tiene el poder de las mismas en Espa帽a por el control que tienen sobre grandes conglomerados medi谩ticos. Hasta 2012, casi toda la recaudaci贸n de CEDRO se basaba en lo que pag谩bamos los usuarios por fotocopiadoras, esc谩neres, m贸viles, etc, pero el cambio la dej贸 sin financiaci贸n suficiente.

"El gobierno quiere la menor copia privada posible, porque de esa manera sale el menor dinero posible de los presupuestos generales"

El gobierno quiere la menor copia privada posible, porque de esa manera sale el menor dinero posible de los presupuestos generales. Por eso deja la copia privada 煤nicamente en la aquella que puede hacer quien compra un soporte para su uso personal y quien grabe un programa de la tele en su TDT. El resto de copias, al no estar amparadas por la copia privada son il铆citas. Por lo tanto perseguibles en los juzgados y reclamables indemnizaciones por su realizaci贸n.

Pero hasta ahora la ley no permite perseguir a los usuarios que comparten archivos por internet, ya que los operadores no ten铆an obligaci贸n de identificar al titular de una conexi贸n, no se pod铆a hacer nada.

Para "solucionar" esto se modifica la ley de enjuiciamiento civil y ahora s铆 se puede identificar al usuario tras una IP, pero s贸lo para casos de propiedad intelectual. Se da la paradoja de que lo que ahora se va a permitir para casos civiles no es posible para delitos con penas inferiores a 5 a帽os de prisi贸n. Pero esto segu铆a sin aumentar la recaudaci贸n de las entidades de gesti贸n. As铆 que hay que generar m谩s derechos remuneratorios que se gestionen por estas para que aumente su recaudaci贸n.

Con ese pensamiento se modifica la cita en ense帽anza para hacer que la inclusi贸n de peque帽os fragmentos de obras sea libre, pero cuando no se trate de libros de texto, manuales o similares, en cuyo caso el uso por los profesores deber谩 pagarse, pero ser谩 irrenunciable y de gesti贸n colectiva obligatoria.

Es decir que se pagar谩 a la entidad de gesti贸n, aunque el profesor decida no cobrar para ese uso. Esto facilita los pleitos que actualmente CEDRO tiene con la universidades, puesto que ya no se podr谩 cuestionar su legitimaci贸n para la reclamaci贸n. Representa a todos los autores por ley. Y como esto puede no ser suficiente, y hay que atender a la prensa, se les concede la vieja reivindicaci贸n de un pago de Google (y a muchos otros servicios) por los m铆nimos fragmentos que se incluyen al enlazar una noticia.

Como si la gente por leer dos l铆neas de una noticia dejase de acudir al medio a leerla 铆ntegra, cuando es al contrario, es esa entradilla m谩s el titular lo que te hace ir a ver el total.

Por supuesto se hace un derecho de gesti贸n colectiva obligatoria e irrenunciable para toda web de actualizaci贸n peri贸dica (lo que incluye miles de sitios webs) De esta forma CEDRO no tiene ning煤n problema de legitimaci贸n para reclamar a los agregadores, porque todo lo que se muestre ser谩 representado, en principio, por ella. Aunque publiques bajo Creative Commons, aunque no quieras cobrar por que te enlacen, da igual la entidad de gesti贸n cobrar谩 por t铆 y si no lo reclamas se lo quedar谩 o lo repartir谩 con quienes s铆 est茅n asociados.

As铆 beneficia a CEDRO y a los medios, que ven en esta medida una manera de paliar sus exiguos resultados.

Por 煤ltimo, se concreta el cerco sobre las webs de enlaces, como ha reiterado el Gobierno americano, y la industria audiovisual, pero tambi茅n la editorial con la esperanza del despegue del mercado del libro electr贸nico. Por supuesto, con una definici贸n que obliga a introducir matices para que la actividad de Google como buscador no se vea afectada.

Pero ya hay en marcha una reforma del C贸digo Penal, que por su dureza dif铆cilmente quedar谩n webs de enlaces tras su aprobaci贸n en Espa帽a. Como se ve este es el contexto y las razones para la reforma. Sin duda una reforma que intenta satisfacer a los sectores con capacidad de influencias al gobierno pero sobre la que se pueda dudar que sea buena para los ciudadanos.