Asociaci贸n de Internautas

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La Asociaci贸n de Internautas teme que la reforma legal propicie el espionaje pol铆tico


La futura ley de enjuiciamiento criminal abre la puerta a operaciones de "espionaje pol铆tico" gracias a la opci贸n de interceptar las comunicaciones electr贸nicas o telef贸nicas sin autorizaci贸n judicial previa, ha criticado hoy la Asociaci贸n de Internautas, El anteproyecto de reforma de la ley prev茅 esta posibilidad para una serie supuestos nuevos, diferentes a los que hasta ahora recog铆a la norma.

Madrid,  (EFE).-Adem谩s de los delitos relativos a bandas armadas o elementos terroristas o rebeldes, se ampl铆a la interceptaci贸n de las comunicaciones a la investigaci贸n de delitos que, en virtud de las circunstancias del caso, se consideren de especial gravedad y existan razones fundadas que hagan imprescindible la medida.

"Esta redacci贸n es sumamente peligrosa, por lo indeterminada", afirma la Asociaci贸n de Internautas en un comunicado enviado hoy.

"Si bien en 24 horas se debe comunicar al juez que la interceptaci贸n ordenada por el ministro o el secretario de Estado se ha hecho, y que tiene la obligaci贸n de confirmarla o revocarla en un plazo m谩ximo de 72 horas, lo cierto es que la intervenci贸n de la comunicaci贸n ya se habr铆a hecho, y que el pol铆tico de turno habr铆a accedido a esa informaci贸n, fuera o no relativa a un delito grave".

A juicio de la asociaci贸n, los pol铆ticos "tienen intereses propios en conocer determinadas conversaciones, y as铆 podr谩n acceder a informaciones con las que incluso podr铆an pretender supuestamente manipular el juego democr谩tico, descalificando oponentes...".

"Podr谩n realizar operaciones de lo que se conoce como espionaje pol铆tico, durante cuatro d铆as, y bas谩ndose en algo tan arbitrario e indeterminado como circunstancias que puedan ser consideradas de especial gravedad, consideradas as铆 por ellos", a帽ade.

Despu茅s, un juez estudiar谩 el caso y ver谩 si exist铆an o no razones fundadas que hagan imprescindible la medida.

Si revoca la autorizaci贸n de la intervenci贸n realizada, se cerrar谩 el asunto.

Las conversaciones "no servir谩n como prueba en juicio pero, eso s铆, los datos que con esta operaci贸n se hayan revelado al pol铆tico que lo orden贸, puede que s铆 tengan utilidad, nunca se sabe".

La responsabilidad de quien orden贸 la intervenci贸n de las comunicaciones, si finalmente no se aprecian razones suficientes por el juez, "no se explica en la reforma, pero probablemente pueda quedar diluida si el caso concreto ofrece serias dudas".